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Con la lengua

Cuestión de semántica

El Nacional, 12 de setiembre de 1999

Con frecuencia, sobre todo en ciertas actividades como la política, oímos o leemos la expresión «Eso es mera cuestión de semántica». Con esta frase se pretende restarle importancia a algo —un documento, una declaración pública de algún funcionario importante, un cambio propuesto o realizado, etcétera—, haciendo ver que se trata de una simple cuestión de forma, una mera cuestión de palabras que se queda en lo superficial, sin ir al fondo de lo que se trate.

Se dice, por ejemplo, que cuando se propone cambiar el nombre del Congreso Nacional por el de Asamblea o el de la Corte Suprema de Justicia por el de Tribunal Supremo, o cuando se promueve la integración de la Fiscalía, la Procuraduría y la Contraloría, organismos ya existentes, en un nuevo poder, llamado poder moral, se trata de una mera «cuestión de semántica». Lo que se quiere decir con eso es que no son cambios o reformas importantes, de fondo, trascendentes, sino mera modificación de nombre, y para minimizar más tales hechos se recurre a la manida calificación de «gatopardianos», indicando que son simples mudanzas de fachada, habilidosamente adoptadas para que todo siga igual.

En esos casos la expresión «cuestión de semántica» está mal empleada. Esta, por supuesto, se refiere al lenguaje, pero su significado es opuesto al que comúnmente se le pretende dar. Un simple cambio de nombre, que no afecte el fondo de las cosas, es una «cuestión de léxico», pero no «de semántica». Si el Congreso deja de llamarse Congreso, y pasa a llamarse Asamblea, y la Corte Suprema de Justicia deja de llamarse así, y pasa a llamarse Tribunal Supremo, pero en ambos casos su estructura y sus funciones siguen siendo más o menos iguales, lo que se habrá hecho es una cuestión de léxico, pero no de semántica.

Quienes usan de ese modo equivocado la expresión «cuestión de semántica» seguramente ignoran el significado de la palabra «semántica». Esta es, en efecto, la ciencia lingüística que se ocupa de estudiar el significado de los signos lingüísticos, entre ellos las palabras, y la manera como se combinan en las funciones del habla. De modo que un «cambio semántico» no es un simple cambio de los nombres de las cosas, sino más bien un cambio en su significado. «Léxico», a su vez, es el «Vocabulario, conjunto de palabras de un idioma» (DRAE). El simple cambio de los nombres, que no produce modificaciones en el contenido, es, pues, una «cuestión de léxico». Esta se queda en la superficie, en lo meramente formal; lo «semántico», por lo contrario, va al fondo, a lo profundo.

El rábano por las hojas

Mi artículo sobre la propuesta de definir, en la nueva Constitución, la sociedad y la cultura venezolanas como mestizas, y no, según otros han sugerido, como una sociedad «multiétnica» y «pluricultural», originó diversas reacciones. En la mayoría de los mensajes recibidos los lectores se manifiestan de acuerdo; pero hubo uno, llegado por el correo electrónico y luego publicado como carta en El Nacional, en que su autora no sólo expresa su desacuerdo, lo cual es absolutamente respetable, sino que además insinúa contra mí una acusación de racista. Ella insiste en que se nos debe definir como una sociedad multiétnica, pero no abunda en razones para sostenerlo.

En efecto, la remitente rechaza mi observación sobre la existencia de etnias de diferentes niveles de desarrollo, porque, según ella, de ser así «estaríamos poniéndonos de espalda al principio y al derecho de igualdad y no discriminación que tienen todas las culturas y pueblos del mundo». Ella sugiere también que mi idea de que las etnias minoritarias existentes en Venezuela deben ser motivo de protección en el texto constitucional supone «una concepción de las culturas autóctonas como sociedades estíticas incapaces de generar respuestas a sus realidades actuales», lo cual, si no lo es, se parece mucho a una acusación de racismo.

Confieso no entender ambas afirmaciones. Pero aun en el supuesto negado de que ella tuviese razón queda en pie el razonamiento esencial de mi artículo, de que siendo absolutamente mayoritario el carácter mestizo de nuestra sociedad, mal puede calificársela de «multiétnica» y «pluricultural». De ahí que resulte por lo menos extraño que esta amable lectora, de sus desacuerdos —que, repito, no tocan para nada el fondo de mi propuesta— deduzca que en la nueva Constitución «deberá declararse el carácter multicultural y multiétnico de nuestra nación».

Otro lector difiere también de mi propuesta porque considera que el problema no es una cuestión de lenguaje, que, según él, es la dimensión en que yo lo planteo. Obviamente, no es «sólo» una cuestión de lenguaje, pues se trata de un problema con muchas implicaciones. Una de ellas es conceptual, de fondo, atinente a la definición del carácter étnico de nuestra sociedad, que es lo primero que debe establecerse. Pero una vez establecido, el asunto se plantea en el plano lingüístico, pues hay que determinar cuál es el vocablo que exprese con toda o la mayor exactitud aquella definición conceptual.

Para mí no hay dudas. Nuestra sociedad no está formada por un conjunto de étnias autónomas, de un nivel de desarrollo más o menos uniforme, como ocurre en Suiza, España, México, Guatemala, Perú o Bolivia, sino por una inmensa mayoría que es producto de una abigarrada mezcla o cruzamiento biológico de etnias, mezcla o cruzamiento que, además, determina el carácter específico de nuestra cultura. Y para definir ese tipo de sociedad y de cultura hay un solo vocablo en castellano: «mestizo». Y así debe registrarlo la Constitución.

Ahora bien, como en el seno de nuestra sociedad mestiza conviven algunas otras étnicas minoritarias, pero importantes, la Constitución debe también registrar ese hecho, y pautar el respeto que se debe a ellas, la necesidad de que se garanticen sus derechos sociales e individuales y se asegure y facilite su desarrollo social y cultural en paz, dentro de sus propios valores, incluso los de tipo religioso.


Alexis Márquez en La BitBlioteca
E-Mail: alemar@telcel.net.ve

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