Premium  
 

analitica.com


 Caracas, Viernes, 10 de febrero de 2012
 

Síguenos en Facebook Síguenos en Twitter Suscríbete al RSS

  Sección: Bitblioteca

ENVIAR A UN AMIGO  |  ENVIAR AL DIRECTOR  |  ENVIAR AL EDITOR

Ley Escuálida de Símbolos Patrios

Mayo de 2000

aaranguibel
Alberto Aranguibel
ARTÍCULO 1º: Se declara mediante esta Ley a la Bandera Nacional como el símbolo patrio fundamental y más chévere.

ARTÍCULO 2º: Su uso será obligatorio en las marchas que a bien tengan organizar los «5-G» o las demás organizaciones de elevada categoría nacional, así como en las piscinas, clubes y residencias donde la sociedad civil organice sus tradicionales juergas durante los paros antigubernamentales y afines. Igualmente será obligatorio colocar la bandera en todo tipo de vehículo que circule en territorio nacional, siempre y cuando su modelo no sea menor a las tres mil cilindradas cúbicas de potencia, o de edición anterior a los tres años, ni de precio inferior a los sesenta mil dólares americanos.

ARTÍCULO 3º: La colocación de la bandera estará dictaminada por las más avanzadas corrientes de la moda, incluyendo los faldones plisados en amarillos «sol-rey», azules «eléctricos» y rojos «rosa-viejo», con estrellas en pedrerías vibrantes o canutillo bordado que hagan juego con dichos colores patrios. Asimismo, se considerarán colocaciones correctas todas aquellas variantes que puedan hacerse a partir del tricolor nacional en blue jeans pre-manchados, pañoletas, pareos o franelillas de escote lateral, adquiridas preferiblemente en el Sambil.

PARÁGRAFO ÚNICO: Se considerará ofensa a la simbología patria cualquier uso solemne o ceremonioso que se le haga a la bandera, especialmente la muy chavista modalidad de su colocación en un «asta», o como quiera que se le llame a ese palo.

ARTÍCULO 4º: A la Bandera Nacional se le rendirán honores con carácter obligatorio mediante la ingesta profusa de bebidas espirituosas de por lo menos 18 años de maduración, en presencia de familiares y amigos allegados a la causa, así como de hijos y nietos, si es el caso, que puedan apreciar así el patriótico ejemplo de sus mayores.

ARTÍCULO 5»: El Himno Nacional será la canción Gloria al Bravo Pueblo, con letra y música de Antonio José de Salias y Vicente Frómeta (si mal no recordamos), pero la versión cortica que siempre nos supimos y no esa largota y complicada que canta Chávez, y su ejecución estará restringida única y exclusivamente a los actos oficiales a los que asista poquita gente y que no sea transmitido por ningún medio radioeléctrico de difusión masiva, tal como lo exigimos cuando Luis Herrera empezó también con la manía de poner el himno a toda hora.

ARTÍCULO 6: El Escudo Nacional, como no sabemos qué es eso ni para qué sirve, se declara Objeto Patrio de Uso Indefinido y Circunstancial.

Dios y Federación.

Carlos Carmona Ortega Borges Römer.
Presidente Transitorio


Ver Carolina Espada, Entre nalgas


Foros

¿Qué piensa usted de las imágenes difundidas de niños armados en el 23 de enero?

¿Qué opina del último debate de los candidatos de la oposición a las primarias?

¿Cuáles son sus deseos para Venezuela este año 2012 que comienza?

¿Cuál es su percepción del primer debate entre los precandidatos a las Primarias 2012?

Trailers

Trailer: Alvin y las ardillas 3 (Alvin & the Chipmunks 3: Chipwrecked)

Trailer: Misión imposible 4: Protocolo fantasma (Mission Impossible 4: Ghost Protocol)

Trailer: La chica del dragón tatuado (The Girl With the Dragon Tattoo)

Trailer: La piel que habito


 
Publicidad

Buscador Bitblioteca



Publicidad



Juegos Gratis


DragonBall Kart
  Fórmula Racer
 
       
Ben 10 Corredor
  Copa Toon
 
       
Mario Bros
  Sudoku 3D
 






Publicidad

  Mapa del Sitio

Home
Política
Economía
Internacionales
Global y Social
Medicina y Salud
Medio Ambiente
Arte
Entretenimiento
Tecnología
Noti-Tips
Curiosidades
Horoscopia
Deportes
Viajes y Turismo

Opinión
Editorial
Nuestros Columnistas

Síntesis de Noticias
Nacionales
Mundo

Servicios
Clima
Tiempo Libre
Efemérides
Guía Gastronómica

Multimedia
Videos
Audios
Galerías

Bitblioteca
Bitblioteca

Suscríbete a:
Analítica Premium
Boletín de Novedades

Síguenos por:
Twitter
Facebook
RSS
Móvil
Canal YouTube

Participa
Juegos
Foros
Analitica.com
Quiénes Somos
Contáctanos
Análitica como página de inicio
Agregar a favoritos
Ayuda

Cómo anunciar
Paute con nosotros
 
 Copyright © 1996 - 2011 por
Analítica Consulting 1996.
 Reservados todos los derechos. Analítica Consulting 1996 no se hace responsable por el contenido publicado
de fuentes externas.