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Larga o corta

Pablo Antillano
pabloa@viptel.com

El Nacional, 9 de mayo de 1999

La agitación constituyente ha ido tomando todos los escenarios del debate público. Ocupa miles de centímetros de columnas periodísticas, largas horas de televisión y radio, asambleas vecinales y universitarias, mientras que las instituciones, los grupos de electores y las organizaciones no gubernamentales mantienen ocupados los auditorios de la ciudad. El más desprevenido podría afirmar que aquí, en estos dias, la sociedad se mueve .

En Internet el debate constituyente ocupa espacios de alta calidad y de consulta imprescindible. El mejor de todos lo ofrece sin duda la Revista Venezuela Analítica en su sección especializada de BitBiblioteca: ahí están todos los documentos y propuestas, los artículos de prensa más importantes, los tópicos del debate, los textos constitucionales de todos los países del mundo, los discursos y la historia del proceso. Esta biblioteca virtual que dirige Roberto Hernández Montoya ha cambiado radicalmente los sistemas de trabajo y de acceso a la documentación de los investigadores locales.

En otras direcciones electrónicas se desarrollan foros y debates públicos en el que participan decenas de suscriptores que van agregando sus opiniones durante el día. En algunos de ellos a los que se accede a través de Dataestrategia.com o eGroups.com, en los que Carmen Beatriz Fernández juega un singular rol de animación y coordinación, hemos leído algunas preocupaciones que vale la pena extender.

Algunos de los participantes han estado reflexionando sobre la extensión que debería tener el nuevo texto constitucional, y aunque parece un asunto formal nos remite de inmediato a verdaderos problemas de fondo. Cuando comparan larguísimos documentos latinoamericanos de más de 600 artículos con los breves y contundentes estatutos de las naciones más desarrolladas, reaparecen los temas de la eficiencia pero también de precisión e identidad.

Los textos adjetivos y los derechos fundamentales

En términos de libertad de expresión, por ejemplo, los textos de las constituciones latinoamericanas sucumben a la tentación de ser largos y adjetivos a diferencia de la Constitución Americana o de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Y por los vientos que corren, algunos proponen hoy que la Constituyente le agregue nuevos textos y restricciones.

El artículo uno de la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos ratificado en 1791 y nunca jamás modificado dice simplemente: «El Congreso no hará ley alguna por la adopte una religión como oficial del Estado o se prohiba practicarla libremente, o que coarte la libertad de palabra o de imprenta, o el derecho del pueblo para reunirse pacíficamente y para pedir al gobierno la reparación de agravios».

Sobre estas frases breves y concisas se levantó la nación más poderosa del mundo y se inspiró, junto al legado de la Revolución Francesa, la formación de los estados democráticos de nuestra era. Su espíritu fue recogido por la Declaración de Derechos Humanos después de la II Guerra Mundial en su artículo 19: «Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión».

En cambio, la constitución venezolana de 1961, así como la mayoría de las constituciones de América Latina, están llenas de restricciones y temores en relación al derecho a la expresión: «Artículo 66: Todos tienen el derecho de expresar su pensamiento de viva voz y por escrito y de hacer uso para ello de cualquier medio de difusión, sin que pueda establecerse censura previa; pero quedan sujetas a pena de conformidad con la ley las expresiones que constituyan delito:» (sic: subrayado nuestro).

No se permite el anonimato. Tampoco se permitirá la propaganda de guerra, la que ofenda la moral pública ni la que tenga por objeto provocar la desobediencia de las leyes, sin que por esto pueda coartarse el análisis o la crítica de los preceptos legales» (sic).

Se espantaría el lector si pudiera observar cómo a los largo de los últimos años han ido creciendo las restricciones que los legisladores han colocado para adjetivar la libertad de expresión con conceptos llenos de amenazante subjetividad: moral y buenas costumbres, responsabilidad social, información veraz, plural y (¡oh Cristo!) oportuna.

Una vida ejemplar y productiva

No nos extrañaría que un día adjetiven el Derecho a la Vida, y le coloquen al lado que sólo ejercerán este derecho quienes la lleven de manera «sana, productiva y ejemplar». La más reciente constitución colombiana incluye a lo largo de los artículos 20, 73, 74 y 111, los conceptos de información veraz, derecho a réplica, propiedad de los medios, rectificación, acceso a la información y secreto profesional. La Constitución chilena consagra «un sistema de censura para la exhibición y publicidad de la producción cinematográfica», y establece conceptos de delitos, regulación de medios radioeléctricos, propiedad de los medios y derecho a réplica.

Tal vez con buena intención y con el deseo de limitar el poder de los grandes medios de comunicación algunos aspirantes a la Constituyente de aquí han preparado nuevas, y aún menos sanas adjetivaciones, para el Derecho a la expresión libre. Uno de sus textos que ya ha comenzado a circular dice «Se garantizan el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, así como el secreto de las comunicaciones y especialmente a las telefónicas, salvo decisión de los tribunales. La Ley limitará el uso de tecnologías de comunicación para garantizar el honor, la intimidad y la propia imagen».

Artículos o disposiciones como esa no solamente harán mucho más largo el texto constitucional sino que no están orientados en lo absoluto a defender el Derecho a la expresión sino a coartarlo frente a quienes supone podrían ser sus víctimas inocentes. Creará limitaciones a los periodistas y a los medios y consagrará espacios de sombra invulnerables en torno a personajes que sabrán sacarle provecho.

Los espacios para librar la batalla de las industrias culturales y de los medios de comunicación están abiertos, son de naturaleza económica, tecnológica, política y cultural. No dejan de parecer ilusos quienes piensan que reglamentando la libertad de expresión podrá limitarse el poder de las comunicaciones. Por el contrario, esta ilusión puede revertirse en su peor enemigo.

 


Pablo Antillano en La BitBlioteca



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