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Escarrá: TSJ actúa en cuidado de la Constitución con decisión hacia la AN

El abogado constitucionalista, Hermann Escarrá, manifestó este jueves que mediante el artículo 336 del texto fundamental se consagrará la omisión legislativa, en caso de que se produzca por acciones inconstitucionales del Parlamento, que “actualmente se encuentra en desacato”, la nulidad de sus actos, y es por ello que “entonces necesariamente debe suplirse a través del Poder Judicial”.

El abogado rememoró que no es la primera vez que se hace cumplimiento a dicho artículo. «Cuando aquí (en el país) se utiliza la omisión legislativa por primera vez, hace varios años, fue porque la Asamblea Nacional no se ponía de acuerdo para designar al Consejo Nacional Electoral, y ¿al final quién lo designó?. La Sala Constitucional del TSJ tuvo que asumir esa función para que no se creará una inestabilidad institucional o no se creará una situación de vacío en la aplicación de la norma referida, en este caso, en lo que respecta la función que tenía el Parlamento para designar a los rectores del CNE», esto durante una entrevista brindada a Telesur.

Escarrá subrayó que la oposición venezolana ha desconocido reiteradas veces las decisiones tomadas por el TSJ como la orden de suspender la incorporación en plenaria de tres candidatos por el estado Amazonas, cuya proclamación fue suspendida hasta tanto culminaran investigaciones pertinentes por supuesto fraude en las elecciones del pasado 6 de diciembre de 2015.

«Son sentencias de Estado, sentencias constitucionales y quien las emite es el órgano legítimamente competente. En la nueva Constitución de Venezuela al organizar la jurisdicción constitucional creó la Sala Constitucional con la idea de que fuera el que ejerciera la admisión, la tutela, el cuidado de la Constitución, y se convirtiera en un custodio de la constitucionalidad», reiteró el jurista venezolano.

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