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«Sentencia del TSJ autoriza al Presidente a gobernar por decreto»

Héctor Medina, concejal de Los Salias por Copei, expresó que el principio de jerarquía de las normas jurídicas «queda supeditado a lo que interprete la Sala Constitucional del TSJ. La Carta Magna en su artículo 7 es muy clara al señalar que ‘la Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta».

Aseguró que la sentencia en cuestión desconoce las funciones de la AN de discutir y aprobar el presupuesto nacional y la Ley Especial de Endeudamiento Anual que deben ser presentadas al Poder Legislativo Nacional.

El presidente de la Comisión de Política y Legislación de la Cámara de Los Salias manifestó que es «una obligación para el Ejecutivo presentar al Parlamento, para su sanción legal, un marco plurianual para la formulación presupuestaria que establezca los límites máximos de gasto y endeudamiento que hayan de contemplarse”.

Recordó que en su artículo 313 la Constitución establece que la administración económica y financiera del Estado «se regirá por un presupuesto aprobado anualmente por ley. Si el Poder Ejecutivo, por cualquier causa, no hubiese presentado a la AN el proyecto de Ley de Presupuesto dentro del plazo establecido legalmente, o el mismo fuere rechazado por esta, seguirá vigente el presupuesto del ejercicio fiscal en curso«.

Además, señaló que los diputados representan los intereses y conocen las necesidades de cada estado en el país, «por eso son los más indicados para conocer y aprobar el presupuesto nacional».

El también abogado resaltó que los ciudadanos «no elegimos a ningún magistrado, pero sí a los diputados, por eso cuestionamos la función que se autoatribuyen los magistrados para aprobar el presupuesto del año 2017”.

“Los organismos internacionales a los cuales pertenecemos y las naciones hermanas deben pronunciarse ante este Golpe de Estado a la Constitución que pretende la aludida sentencia”, afirmó.

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