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TSJ examinará recurso de la ULA contra uso de armas del MinDefensa

La polémica resolución 008610 del Ministerio de la Defensa, la cual permite a la Fuerza Armada Nacional utilizar armas para controlar manifestantes que degeneren en hechos violentos, le sigue dando trabajo al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), organismo que anunció que revisará una demanda que en marzo de 2015 interpusieron las autoridades de la Universidad de Los Andes (ULA) contra el instrumento.

La decisión la adoptó el Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa, en su decisión 317, en la cual consideró que la acción cumplía los requisitos legales para tramitarla y por lo tanto notificó a la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz; al procurador encargado Reinaldo Múñoz y al ministro de la Defensa, general Vladimir Padrino López, para que expongan sus argumentos a favor o en contra del instrumento.

Asimismo la instancia anunció que revisará el pedimento de las autoridades universitarias para suspender temporalmente los efectos de la resolución, la cual contiene las Normas sobre la actuación de la Fuerza Armada Nacional en funciones de control del orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones.

Sin embargo, visto que ya el 29 de julio pasado rechazó tal solicitud, al anunciar que revisaría una demanda que la diputada Delsa Solórzano interpuso contra el texto, es más que probable que esto ocurra nuevamente en esta ocasión.

Esta semana la Sala Constitucional rechazó un recurso de interpretación, el cual perseguía aclarar si el Ministro de la Defensa tenía potestad para regular un derecho constitucional como lo es el de la manifestación mediante una resolución o si eso era tarea de la Asamblea Nacional.

Otra petición

Pero los representantes de la ULA no solo pidieron al TSJ dejar sin efecto la resolución, sino también que le solicite a la Sala Constitucional que anule el artículo 4 de la Ley Orgánica de la FAN, por considerar que el mismo es contrario al espíritu y letra de la Carta Magna,

La norma impugnada establece las funciones de la institución armada, entre las cuales están «asegurar la soberanía plena y jurisdicción de la República» en los espacios continentales, áreas marinas y submarinas, insulares; el espacio aéreo continental, insular y marítimo; «defender los puntos estratégicos que garantizan el desenvolvimiento de las actividades de los diferentes ámbitos: social, político, cultural, geográfico, ambiental militar y económico y tomar las previsiones para evitar su uso por cualquier potencial invasor»; así como «preparar y organizar al pueblo para la Defensa Integral con el propósito de coadyuvar a la independencia, soberanía e integridad del espacio geográfico de la Nación», hasta «ejercer las actividades de policía administrativa y de investigación penal de conformidad con la ley», reseñó El Universal.

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