
Luis Alberto Machado:
Pérez no puede ser condenado legalmente!
l diario caraqueño EL GLOBO, en su edición
correspondiente al 27 de mayo de 1996, reseñan las declaraciones, dadas por escrito,
por el Dr. Luis Alberto Machado, humanista venezolano reconocido mundialmente por
sus ideas y trabajos en cuanto al potencial de utilización de las facultades de
aprendizaje y razonamiento del ser humano. El método del Dr. Machado para el
desarrollo de la inteligencia se aplica en varios países. Marilyn Ferguson, en su muy
conocida obra "La Conspiración de Acuario", se refiere a Luis Alberto Machado
cuando dice:
"El descubrimiento de que la inteligencia se puede mejorar es un avance
comparable al descubrimiento de la agricultura. Podemos
cultivar la inteligencia como nuestros antepasados
prehistóricos empezaron a cultivar alimentos.
Un ejemplo del cultivo de la inteligencia es un movimiento venezolano
inspirado por la moderna investigación del cerebro. En 1979, un nuevo
ministro de Desarrollo de la Inteligencia Humana, inspirado en el libro
El derecho a ser inteligente, de Luis Alberto Machado, inició
un programa continuado a nivel nacional basado en esa obra. El
programa ha suscitado una multitud de conferencias y la creación de una
red global, y se está emulando en una docena de
países"
Se reproducen a continuación, textualmente, las declaraciones del
Dr. Luis Alberto Machado para Imperio Rodríguez / El Globo
"Es imposible que Carlos Andrés Pérez pueda ser condenado. Ni
Reinaldo Figueredo. Ni Oscar Barreto. Ni Carlos Vera. Porque habría
que condenar también a todos los Presidentes de Venezuela. Porque
sería delito revelar en una sentencia secretos de seguridad del Estado.
Porque la sentencia estaría viciada de nulidad.
A CAP se le juzga por haber gastado en Nicaragua
fondos de la Partida Secreta destinados a la seguridad
del Estado. Por esto y sólo por esto. Por nada más.
Son tres elementos: 1) Nicaragua; 2) la Partida Secreta; 3) la
Seguridad del Estado.
NICARAGUA
Todos los presidentes de Venezuela tienen que haber realizado
gastos de seguridad fuera de las fronteras de Venezuela.
Y el que no lo hubiera hecho habría sido por ignorancia o por
inconsistencia o por irresponsabilidad.
Y todos los del futuro habrán de hacerlo también. Todos.
Y cuanto más crezca la importancia de Venezuela, esto será así
cada vez en mayor medida.
Si "la seguridad de Venezuela no pasa por Managua", tampoco
pasa por Cúcuta, ni por Curazao.
No se podría invertir ni un solo bolívar ni en un solo metro más
allá de nuestra frontera.
Y al primero que habría que condenar es al Presidente Bolívar.
El Presidente Bolívar no sólo invirtió, fuera de Venezuela, dinero de
Venezuela. Invirtió también sangre de Venezuela.
Y no lo hizo también en Nicaragua y en Cuba y en Puerto Rico,
no porque no quiso, sino porque no pudo.
Hasta España quiso llegar.
Porque para el Presidente Bolívar la seguridad de Venezuela sí
pasaba por Managua y por Madrid.
Condenar hoy al ex Presidente Pérez por haber usado la Partida
Secreta para fortalecer la democracia en Centroamérica, sería como si
la Suprema Corte de los Estados Unidos condenara al Presidente Clinton
por invertir las partidas secretas de su país en Rusia, con el argumento
de que la seguridad de los Estados Unidos no pasa por Moscú.
Tan absurdo como eso. Es igual.
En "El Nacional" del último 19 de mayo, Wilfer Pulgarín le
pregunta a José Guillermo Andueza lo siguiente: "¿Esos gastos [los
gastos de seguridad del Estado] van más allá de nuestra frontera?"
Y un hombre de la inteligencia, de la pulcritud moral y
profundidad jurídica de José Guillermo Andueza le contesta lo
siguiente: "Pudieran llegar, porque Venezuela tiene, como todo país del
mundo, una seguridad interna y otra externa. Aquí tienen Partida
Secreta, además del MRI y del Ministerio de la Defensa, la Cancillería,
Hacienda y Justicia".
Al defender al Presidente Pérez yo estoy defendiendo a todos los
Presidentes de Venezuela. A los del pasado, al Presidente Caldera. A
todos los Presidentes del futuro.
Y estoy seguro de que para el Presidente Pérez sería un mayor
honor ser condenado por haber ayudado a la Presidenta Chamorro, que
ser absuelto por no haberlo hecho.
LA PARTIDA SECRETA
Ni el Presidente de la República, ni sus ministros, ni ningún otro
funcionario pueden revelar en qué se gastan los fondos de la Partida
Secreta.
Es un mandato de la ley. Es un delito tipificado en la Ley
En la misma entrevista, nuestro actual Ministro de Relaciones
Interiores, refiriéndose a los gastos de la Partida Secreta dice: "Lo que
tenemos nosotros para administrar en casos de emergencia es una
cantidad que no puedo decir, porque es secreta".
No lo puede decir él, ni lo puede decir nadie.
Ni el Poder Ejecutivo, ni el Poder Judicial.
Todos los Organos del Poder Público tienen que colaborar entre
si "para la realización de los fines del Estado", como lo establece el
artículo 118 de la Constitución.
Por tanto, en una sentencia de la Corte Suprema de Justicia, que
es un documento público, no se puede revelar cuál ha sido el destino de
unos gastos de la Partida Secreta por el Jefe del Estado.
Por mandato expreso de la Constitución.
Esa sentencia constituiría un delito.
Si el Presidente no puede decirlo, si el Ministro no puede decirlo,
los Magistrados de la Corte tampoco pueden decirlo.
Si es un delito en el Presidente y es un delito en el Ministro,
también sería un delito en los magistrados de la Corte.
Y si el Presidente de la república y el Ministro pueden ser
condenados por ese delito, también podrían ser los Magistrados de la
Corte condenados por el mismo delito.
LA SEGURIDAD DEL ESTADO
"Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones
propias", dice el mismo artículo 118 de la Constitución.
Y la función de calificar, de determinar, la seguridad del Estado
es una función exclusiva del Presidente de la república.
No es en absoluto de la competencia de la Corte Suprema de
Justicia la de determinar qué y qué no es seguridad del Estado y en este
asunto está en juego la esencia misma de nuestra constitución como
República.
La División de Poderes. Montesquieu. La República
¿Qué pasaría si la Corte Suprema de Justicia dictara un decreto
que nombrara al Ministro de Educación, o convocara al Congreso a
sesiones extraordinarias o concediera indultos? ¿Qué pasaría?
Esos actos no serían apelables.
Esos actos serían nulos. Nulos de toda nulidad.
Constituirían una usurpación de poder.
Y "Toda autoridad usurpada es ineficaz, y sus actos son nulos"
(artículo 119 de la Constitución de la república).
Y tan privativas del Presidente de la república son esas funciones,
como lo son las atinentes a la seguridad del Estado.
Y una sentencia que condenara a Carlos Andrés Pérez por haber
invertido en Nicaragua, como Presidente de la república, fondos
destinados a la seguridad del Estado, esa sentencia tendría que ser
declarada nula por violar la Constitución.
Tengo la certeza de que la inteligencia de los Magistrados los
habrá llevado a las mismas conclusiones a las que me ha llevado la
mía.
La sentencia que se va a dictar es una sentencia para la
historia.
Estoy seguro de que, al juzgar, los Magistrados de la Corte
tendrán en cada momento presente, en su inteligencia y en su
honestidad, el juicio de la historia".
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