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Sistema Carcelario:
¿Donde está el problema?
Rocio Concha y Miguel Angel Santos

La siguiente ponencia es un esfuerzo por describir la difícil situación que atraviesa el sistema carcelario venezolano y presentar algunas propuestas. No pretende ser un estudio riguroso, ni busca proponer soluciones definitivas de carácter general. Se ha propuesto un esquema sencillo de análisis del problema, que identifica algunas de las causas principales y permite formular planteamientos concretos para cada una. Sin embargo, las propuestas realizadas deben ser objeto de estudios más completos y rigurosos antes de ser tomados como soluciones reales al problema.

n la Memoria y Cuenta del Ministerio de Justicia correspondiente a 1994, última disponible hasta la fecha en publicaciones oficiales, el ministro Creixems incorporó un párrafo introductorio que resume la impotencia de la dependencia pública para tratar con los problemas del sistema carcelario venezolano. Luego de reconocer que es imprescindible que las cárceles "no se conviertan en depósitos de seres humanos, sino en centros para la rehabilitación y reinserción social de quienes han delinquido", el ministro termina reconociendo que los esfuerzos realizados por la entidad y los recursos invertidos en el sistema no han sido suficientes para solucionar "problemas acumulados durante muchos años, entre ellos el hacinamiento, la carencia de instalaciones físicas adecuadas y la ausencia y desidia en su mantenimiento".

Para la fecha, Venezuela cuenta con 31 instalaciones penitenciarias, con una capacidad estimada de 15.500 reclusos y población superior a los 25.000. El Retén de Catia, con una sobrepoblación superior al 185 % y porcentajes de presos efectivamente condenados que durante el período 1991-1993 no superaron el 1.2% del total de reclusos, se cuenta entre las peores. En esta instalación y en el resto de los penales que conforman nuestro sistema carcelario, los colchones son un artículo de lujo que debe ser adquirido en los mercados internos, los sanitarios y las duchas están rotos y en algunos pabellones se pueden encontrar hasta tres docenas de presos compartiendo una sola celda. En general, durante 1995 murieron aproximadamente 196 reclusos como consecuencia de la violencia en las cárceles, lo que representa una cifra cercana al 1% de la población penitenciaria. Miembros del Proyecto Human Rights Watch de Nueva York han declarado que el nuestro "es uno de los peores sistemas carcelarios de toda la América Latina, y una de las peores violaciones a los derechos humanos ..." luego de su reciente visita a Venezuela.

Todos estos indicadores pueden ayudar a reconocer las dimensiones del problema del sistema carcelario en Venezuela. La carencia de instalaciones con capacidad acorde a las tasas de delincuencia del país se ha traducido en un deterioro acelerado en los niveles de vida de la población reclusa como consecuencia del hacinamiento. Esta ausencia de infraestructura y el deterioro de las instalaciones existentes son problemas que pueden ser atribuidos a la carencia de recursos. Solo por considerar una cifra, mientras en Estados Unidos el promedio del gasto diario por recluso llega a 92$ y en Colombia supera los 10$, en Venezuela no alcanza los 2$. Más concretamente, en lo que se refiere al gasto en alimentación por preso en Venezuela, durante 1994 el Ministerio de Justicia presupuestó Bs. 65 diarios, aumentando en 1995 a Bs. 195 diarios y Bs. 303 para 1996.

Adicionalmente, los programas de rehabilitación y educación están prácticamente ausentes, por lo que la ociosidad ocupa la mayor parte del tiempo del recluso. Las cárceles han perdido su objetivo de ser centros de reorientación y transformación de delincuentes en personas útiles para la sociedad. Esta situación contrasta con el Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF), cárcel de mujeres, ubicada en los Teques. En esta cárcel trabajan y estudian 175 mujeres y 22 niños. Las reclusas tienen oportunidad de recuperar y mejorar su educación con cursos de primero a sexto grado, talleres de contabilidad y secretariales, "No me deprimo, no hay tiempo para ello", afirmó una mujer colombiana de 59 años, que ha cumplido cinco de quince años de su condena. Los programas educativos se complementan con programas de trabajo en los que todas las reclusas participan, bien sea con trabajos de apoyo a la cárcel , talleres de costura, arreglos florales, etc., por lo que reciben un sueldo. El caso del INOF evidencia que programas de este tipo son factibles y benefician a todos: cárceles, reclusos y sociedad.

En los últimos dos años se han tomado algunas medidas para tratar de solucionar el problema, tales como la firma de acuerdos con 15 gobernaciones para que sean los estados quienes asuman la administración de las cárceles dentro de su jurisdicción, la inversión por parte del Ministerio de Justicia de mil millones de bolívares en mejoras de infraestructura y la adquisición de 15 nuevos autobuses para el traslado de los reclusos a tribunales, entre otras. Sin embargo, el sistema padece de males estructurales que harían insuficiente en el corto plazo cualquier asignación presupuestaria.

Básicamente, el problema se centra en que la tasa de incorporación o ingreso de reclusos procesados al sistema penitenciario supera ampliamente a la capacidad del sistema para "egresar", producir o reincorporar individuos a la sociedad. Tal como se presenta en el cuadro 1, aproximadamente tres de cada diez del total de la población realmente están cumpliendo condena para los últimos dos años. Cabe decir que el resto de la población penal puede considerarse técnicamente inocente.


Situación de la población reclusa 1992/1995
Año TOTAL Procesada Condenada Condenada (%)
1991 31086 19129 11957 38.46 (%)
1992 28870 17297 11573 40.09 (%)
1993 26129 16029 10100 38.65 (%)
1994 24352 16456 7896 32.49 (%)
1995 25000 17000 8000 32.00 (%)
Fuente: Memoria y Cuenta del Ministerio de Justicia.

Una buena parte del problema se puede atribuir a ineficiencias en la Gerencia del Sistema, responsable tanto de los mecanismos legales que desembocan en el encarcelamiento de un delincuente como de los dispositivos que permiten su reinserción en la sociedad.

Gerencia del Sistema

El sistema carcelario nacional puede verse como una caja negra que recibe insumos (entradas) y genera productos (salidas). La falta de coordinación que ha existido en la relación histórica entre ambas variables ha provocado el sobrecongestionamiento de esta caja negra. Para estudiar el desenvolvimiento del sistema es necesario realizar un análisis de sus mecanismos de alimentación (congestión) y producción (descongestión).

Factores de Congestión (Insumos): Contemplan a los mecanismos legales comunes que conducen a la detención y el encarcelamiento del individuo y a otros factores incorporados al ordenamiento legal venezolano más recientemente, que están contribuyendo notablemente con la sobrepoblación carcelaria. Los de mayor incidencia son: Ley de Vagos y Maleantes: Esta Ley está insertada dentro del sistema de justicia penal en lo que se conoce como el sistema paralelo. A diferencia del sistema primero, éste último no requiere de la ocurrencia del delito para proceder a la detención, encarcelamiento y procesamiento legal; hechos estos que pueden ocurrir con el único requisito de percepción de "peligrosidad" en la conducta de determinada persona. Específicamente esta ley habilita a la Policía Técnica Judicial a ejecutar arrestos sólo sobre la base en la sospecha o percepción de intención de incurrencia en delito. Los detenidos a través de este procedimiento pueden ser encarcelados hasta por cinco años, aún cuando no hayan infringido efectivamente el ordenamiento legal. Esta regulación ha recibido serios cuestionamientos por inconstitucionalidad, pero mientras la Corte Suprema de Justicia no se pronuncie al respecto, continuará actuando como elemento de congestión del sistema carcelario.
Ley de Sustancias Psicotrópicas y Estupefacientes: Esta Ley busca despenalizar el consumo y castigar el tráfico. Sin embargo, tipifica el delito de tenencia de forma muy amplia, considerándola como la posesión de "cualquier cantidad" de sustancias psicotrópicas o estupefacientes. Bajo esta definición, en la práctica, se está castigando más fuertemente al consumo. Para tener una idea de la incidencia que ha tenido esta Ley como factor congestionante del sistema penitenciario, es importante destacar que para 1989 el número de detenciones por este concepto fue de 8.603, mientras que para 1993, posterior a la sanción y entrada en vigencia de la Ley, esta cifra se incrementó a 15.970, lo que significa un aumento porcentual de un 85.6%. Aunque no se tiene la información suficiente para afirmar que la mayoría de estos detenidos sean personas a quienes se les han incautado pequeñas cantidades de droga, llama la atención que sea precisamente después de entrada en vigencia la ley, cuando la cifra de detenidos por esta causal se incrementó de esta manera. No obstante, sería recomendable entonces buscar más información al respecto.
Tribunales: El procedimiento penal puede dividirse en dos etapas: sumario y plenario. En lo que se refiere a la primera, no fue posible obtener información suficiente como para evidenciar la existencia de problemas. Es en la segunda etapa en donde se han encontrado mayores obstáculos al funcionamiento eficiente del sistema. Un trabajo realizado recientemente por un grupo de la Universidad Simón Bolívar da cuenta de un déficit agudo de infraestructura dentro del sector tribunales. Instalaciones equipadas a nivel básico, máquinas de escribir y archivadores, en donde en ocasiones hasta el papel para escribir es aportado por los empleados. Dadas estas condiciones, no resulta extraño la existencia de demoras y desórdenes en los procesos penales, hasta el punto de producirse pérdidas de expedientes que dan lugar a los presos olvidados, reclusos que permanecen bajo prisión indefinidamente, sin recibir sentencia, ya que el sistema no sabe de su existencia

Otro elemento relacionado a este punto y que llama la atención es la disminución del número de tribunales por habitante, lo cual contrasta con un incremento del número de abogados (cuadro 2).


Tribunales vs Abogados
1981 1990 1995
Num de tribunales / 10^5hab 6.48 5.23 5.97
Abogados / 10^5hab 110.5 158.9 228.9

Fuente: Políticas Judiciales en Venezuela, Pérez Perdomo. 1995

Utilizando la variación de la cifra de abogados como una medida del aumento de personas que pueden hacer reclamos en su nombre y en el de los demás, y sumando a esto el hecho de que en Colombia existe un juez por cada 6.250 habitantes, en Costa Rica uno por cada 8.104 habitantes, y en Venezuela uno por cada 19.120 habitantes, se puede concluir que existe un problema de congestionamiento.

Otro factor que retrasa los procesos es el incumplimiento de los lapsos por parte de los jueces. Sin embargo, aunque esto es una opinión generalizada, no fue posible obtener cifras estadísticas para analizar este aspecto. A pesar de ser esta una variable que el Concejo de la Judicatura estableció para la evaluación de los jueces, estos datos no se llevan desde 1969, lo cual es una prueba adicional del deterioro del sistema.

4. Defensores públicos: Aún cuando este aspecto está relacionado con el punto anterior, su incidencia obliga a considerarlo por separado. Un alto porcentaje de la población de presos proviene de estratos con bajo nivel adquisitivo, por lo que se ven obligados a utilizar defensores públicos.

Los defensores públicos reciben un salario fijo, sin ningún tipo de bono por casos resueltos exitosamente. Adicionalmente, poseen una sobrecarga de trabajo. Mientras que un abogado penal se considera muy ocupado cuando tiene 20 o 30 expedientes, los defensores públicos tienen asignados en promedio 179 casos. Por otro lado, no existe un procedimiento de reclutamiento y selección de este tipo de personal, con lo cual el prestigio dentro del sector es bajo. A pesar de esta cifra, el cargo de defensor público está asociado dentro de la administración de justicia a una posición relajada, de poco movimiento, a donde están siendo enviados jueces que sufran afecciones cardíacas ocasionadas por el stress u otros problemas de salud menores, que requieren trabajos más descansados. Para Rogelio Pérez Perdomo, quien ha dedicado buena parte de su vida al estudio del sistema judicial en Latinoamérica, existe la percepción de culpabilidad del preso que no posee un defensor privado y por ende, de que es poco lo que el defensor público puede hacer en su favor.

Estos elementos generan desmotivación en los defensores públicos, lo que se refleja en una baja calidad del trabajo. Una cifra que refuerza esta afirmación es el porcentaje de casos con informes elaborados por defensores públicos y privados. Mientras el 100% de los casos manejados por defensores privados cuentan con informes elaborados, en el caso de los procedimientos llevados por los defensores públicos solo el 12.3% posee informe.

5. Corrupción dentro de las cárceles: Un tribunal no puede dictar sentencia si la persona juzgada no está presente. En Venezuela, el traslado de los presos a los tribunales se ha convertido en un elemento muy apetecible para la corrupción No sorprende que uno de los servicios mejor cotizados en los mercados negros del sistema carcelario sea el traslado a los tribunales. Factores de Descongestión: Se refiere a aquellos mecanismos diseñados para procesar y liberar a los reos. Además de los mecanismos tradicionales de procesamiento penal, sentencia y cumplimiento de condena, se han diseñado otros destinados a descongestionar los penales por vías más expeditas.

Por ejemplo, en 1982 se inició una Reforma de la Ley de Sometimiento a Juicio, en donde se estipula la posibilidad de fianzas, y que en ciertos delitos el procesado no tenga que permanecer en prisión hasta dictarse la sentencia.
Existen lo que se conocen como medidas especiales: suspensión condicional de la pena, establecimiento abierto, sumisión a la vigilancia de la autoridad, libertad bajo fianza. Sin embargo, para 1981 el porcentaje de la población de reclusos realmente condenada era de aproximadamente un 23%, con lo cual el que actualmente este porcentaje alcance un 32% no parece ser signo de mucha mejoría.

Algunas propuestas

Como se ha visto, la solución del problema involucra diferentes y muy complejos aspectos. Sin embargo, es posible hacer algunas propuestas para mejorar la capacidad del sistema de reincorporar individuos a la sociedad. En este sentido, es importante señalar que si bien el número de presos ha disminuido en los últimos años, el porcentaje de crímenes ha aumentado. El objetivo que se planteó en el enfoque del problema fue incrementar las tasas de procesamiento o "egresos" del sistema. Sin embargo, estas salidas deben ser de individuos reformados que no reincidan en la delincuencia y que por lo tanto no signifiquen un peligro para la sociedad. Es importante entonces, recuperar el objetivo de las cárceles, ser centros de reeducación. Siguiendo la experiencia del INOF, las cárceles pueden convertirse en fuente de mano de obra para algunas industrias y los presos podrían recibir una remuneración por su trabajo, parte de la cual sería administrada por la cárcel. Adicionalmente, proveer cursos educativos debe ser una prioridad dentro del sistema. En definitiva, el preso debe invertir su tiempo en actividades productivas, que le permitan adquirir destrezas para luego incorporarse a la sociedad.

En relación al factor congestionante de los defensores públicos, podría ser un buen aporte el que las universidades exigieran a sus estudiantes de derecho cursar una materia en la que se asignarían a los estudiantes procesos legales de los reclusos de menores recursos. Los estudiantes redactarían los informes, mientras que el profesor de la cátedra se encargaría de firmarlos, otorgándoles la legalidad. Para asegurar la calidad de estos informes, deben ser utilizados como material de evaluación de los estudiantes. Algunas de estas actividades ya están siendo desarrolladas en la Escuela de Derecho de la Universidad Central de Venezuela dentro de la Cátedra "Clínica Jurídica".

Otra salida posible al congestionamiento del sistema consiste en el establecimiento de un período mínimo de servicio público para los egresados de las escuelas públicas de derecho a nivel nacional. Este sistema busca que el egresado retribuya a través de su servicio profesional los gastos en que el Estado ha incurrido para brindarle una educación adecuada. Este período sería equivalente al "Período Rural" que está actualmente contemplado en universidades públicas para la carrera de Medicina. Sin embargo, es necesario diseñar un esquema de incentivos que promueva la eficiencia dentro de la gestión jurídica, porque de lo contrario, se apoderaría de los noveles jueces la desmotivación y desidia de la que hoy adolece todo el sistema de defensa pública del país. Paralela a esta reforma se debería hacer un censo nacional de presos, para conocer el estado actual de sus procesos legales.

Dado que un alto porcentaje de la población de las cárceles venezolanas es extranjera, ingresada al país en forma ilegal, sería conveniente plantear el establecimiento de convenios con el exterior para la repatriación de reclusos venezolanos y extradición de presos extranjeros a sus respectivos países. Cabe aclarar que la extradición y el intercambio de presos involucra sólo a reclusos sentenciados. De acuerdo con los principios que hasta ahora han regido algunos acuerdos celebrados entre el Ministerio de Justicia venezolano y su similar en otros países (España), se conviene en el procesamiento y sentencia del preso en el país donde ha delinquido y posteriormente se le envía a su país de origen a cumplir la sentencia de acuerdo a los principios establecidos en el ordenamiento penal del país de origen. Lamentablemente, para la fecha de elaboración de este informe no se pudo precisar el porcentaje de la población reclusa extranjera en Venezuela.

Otro elemento que ha contribuido al desorden dentro del sistema carcelario es la inexistencia de un organismo que se ocupe de la supervisión de las cárceles. Actualmente, esta responsabilidad no está claramente asignada. Algunas de estas competencias corresponden al Ministerio de Justicia, pero también tienen competencia otros organismos como el Concejo de la Judicatura y el Ministerio de Relaciones Interiores. En este sentido, la descentralización del sistema hacia los estados sería una solución al problema. El principio básico es que nada de lo que puede gerenciarse a nivel regional debe ser controlado por el gobierno central. Al descentralizar se reduce el área de control y se permite un mayor acercamiento entre los niveles de decisión pública y las comunidades, haciendo posible una mayor correspondencia entre las características de las cárceles y las necesidades y características del área.

Para llevar a cabo la descentralización, las gobernaciones, los municipios y el gobierno central, con ayuda de organismos multilaterales, deben intervenir e identificar las necesidades de cada una de los centros existentes. Invertir los recursos necesarios para su rehabilitación y construir nuevos centros penitenciarios en las entidades federales que carezcan de ellos. El gobierno central debe transferir las competencias relacionadas con la administración de los centros penales y los recursos necesarios hacia las gobernaciones. De esta manera se crea un vínculo concreto entre la situación de cada uno de los establecimientos y la gestión del gobierno regional.

Finalmente, se recomienda estudiar la conveniencia de establecer subdivisiones internas en cada uno de los centros penitenciarios del país, para separar los reclusos sentenciados y los procesados, y dentro de los primeros diferenciar por gravedad de delito cometido. Esta pequeña sugerencia podría aportar en el corto plazo alguna mejora en la situación de los derechos humanos dentro de las cárceles.

Adicionalmente se sugiere realizar nuevos estudios para analizar mecanismos que permitan superar el problema de la violación de los derechos humanos que hoy en día afecta nuestras cárceles.

Edicto Ortega, de 50 años, no recuerda con precisión a cuántas personas ha asesinado, pero afirma que perdió la cuenta desde que fue encarcelado.

Durante una reciente tarde dominguera, Warner Plaza conversaba con su madre cuando ésta lo fue a visitar al Retén de Catia. Ante el horror de ella, otro preso acuchilló y asesinó a su hijo de 27 años.

Hace un par de semanas, una balacera entre los reclusos de la Torre Norte y los de la Torre Sur del Retén de Catia irrumpió en medio de la piñata que se celebraba a uno de los hijos de los reclusos, causando varios heridos.

Raúl Pérez, a sus ochenta y un años, acaba de ser declarado inocente del delito de homicidio luego de permanecer en prisión por más de treinta años.

Hay 25.500 personas en nuestro sistema carcelario que todos los días padecen estas circunstancias. Están a la espera de un equipo de gente preparada y capaz que se atreva a aceptar con decisión e ingenio el reto de gerenciar el Sistema . Para 1997, el 1% de ellos ya no lo requerirá.



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