Sistema Carcelario:
¿Donde está el problema?
Rocio Concha y Miguel Angel
Santos
La siguiente ponencia es un esfuerzo por describir la difícil situación que atraviesa el
sistema carcelario venezolano y presentar algunas propuestas. No pretende ser un
estudio riguroso, ni busca proponer soluciones definitivas de carácter general. Se ha
propuesto un esquema sencillo de análisis del problema, que identifica algunas de las
causas principales y permite formular planteamientos concretos para cada una. Sin
embargo, las propuestas realizadas deben ser objeto de estudios más completos y
rigurosos antes de ser tomados como soluciones reales al
problema.
n la Memoria y Cuenta del Ministerio de Justicia
correspondiente a 1994, última disponible hasta la fecha en publicaciones oficiales, el
ministro Creixems incorporó un párrafo introductorio que resume la impotencia de la
dependencia pública para tratar con los problemas del sistema carcelario venezolano.
Luego de reconocer que es imprescindible que las cárceles "no se conviertan en
depósitos de seres humanos, sino en centros para la rehabilitación y reinserción social
de quienes han delinquido", el ministro termina reconociendo que los esfuerzos
realizados por la entidad y los recursos invertidos en el sistema no han sido suficientes
para solucionar "problemas acumulados durante muchos años, entre ellos el
hacinamiento, la carencia de instalaciones físicas adecuadas y la ausencia y desidia en
su mantenimiento".
Para la fecha, Venezuela cuenta con 31 instalaciones penitenciarias, con una
capacidad estimada de 15.500 reclusos y población superior a los 25.000. El Retén de
Catia, con una sobrepoblación superior al 185 % y porcentajes de presos efectivamente
condenados que durante el período 1991-1993 no superaron el 1.2% del total de
reclusos, se cuenta entre las peores. En esta instalación y en el resto de los penales que
conforman nuestro sistema carcelario, los colchones son un artículo de lujo que debe
ser adquirido en los mercados internos, los sanitarios y las duchas están rotos y en
algunos pabellones se pueden encontrar hasta tres docenas de presos compartiendo una
sola celda. En general, durante 1995 murieron aproximadamente 196 reclusos como
consecuencia de la violencia en las cárceles, lo que representa una cifra cercana al 1%
de la población penitenciaria. Miembros del Proyecto Human Rights Watch de Nueva
York han declarado que el nuestro "es uno de los peores sistemas carcelarios de toda
la América Latina, y una de las peores violaciones a los derechos humanos ..." luego de
su reciente visita a Venezuela.
Todos estos indicadores pueden ayudar a reconocer las dimensiones del
problema del sistema carcelario en Venezuela. La carencia de instalaciones con
capacidad acorde a las tasas de delincuencia del país se ha traducido en un deterioro
acelerado en los niveles de vida de la población reclusa como consecuencia del
hacinamiento. Esta ausencia de infraestructura y el deterioro de las instalaciones
existentes son problemas que pueden ser atribuidos a la carencia de recursos. Solo por
considerar una cifra, mientras en Estados Unidos el promedio del gasto diario por
recluso llega a 92$ y en Colombia supera los 10$, en Venezuela no alcanza los 2$. Más
concretamente, en lo que se refiere al gasto en alimentación por preso en Venezuela,
durante 1994 el Ministerio de Justicia presupuestó Bs. 65 diarios, aumentando en 1995
a Bs. 195 diarios y Bs. 303 para 1996.
Adicionalmente, los programas de rehabilitación y educación están
prácticamente ausentes, por lo que la ociosidad ocupa la mayor parte del tiempo del
recluso. Las cárceles han perdido su objetivo de ser centros de reorientación y
transformación de delincuentes en personas útiles para la sociedad. Esta situación
contrasta con el Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF), cárcel de
mujeres, ubicada en los Teques. En esta cárcel trabajan y estudian 175 mujeres y 22
niños. Las reclusas tienen oportunidad de recuperar y mejorar su educación con cursos
de primero a sexto grado, talleres de contabilidad y secretariales, "No me deprimo, no
hay tiempo para ello", afirmó una mujer colombiana de 59 años, que ha cumplido
cinco de quince años de su condena. Los programas educativos se complementan con
programas de trabajo en los que todas las reclusas participan, bien sea con trabajos de
apoyo a la cárcel , talleres de costura, arreglos florales, etc., por lo que reciben un
sueldo. El caso del INOF evidencia que programas de este tipo son factibles y
benefician a todos: cárceles, reclusos y sociedad.
En los últimos dos años se han tomado algunas medidas para tratar de
solucionar el problema, tales como la firma de acuerdos con 15 gobernaciones para que
sean los estados quienes asuman la administración de las cárceles dentro de su
jurisdicción, la inversión por parte del Ministerio de Justicia de mil millones de
bolívares en mejoras de infraestructura y la adquisición de 15 nuevos autobuses para
el traslado de los reclusos a tribunales, entre otras. Sin embargo, el sistema padece de
males estructurales que harían insuficiente en el corto plazo cualquier asignación
presupuestaria.
Básicamente, el problema se centra en que la tasa de incorporación o ingreso
de
reclusos procesados al sistema penitenciario supera ampliamente a la capacidad del
sistema
para "egresar", producir o reincorporar individuos a la sociedad. Tal como se presenta
en el
cuadro 1, aproximadamente tres de cada diez del total de la población realmente están
cumpliendo condena para los últimos dos años. Cabe decir que el resto de la población
penal
puede considerarse técnicamente inocente.
Situación de la población reclusa
1992/1995
| Año |
TOTAL |
Procesada |
Condenada |
Condenada (%) |
| 1991 |
31086 |
19129 |
11957 |
38.46 (%) |
| 1992 |
28870 |
17297 |
11573 |
40.09 (%) |
| 1993 |
26129 |
16029 |
10100 |
38.65 (%) |
| 1994 |
24352 |
16456 |
7896 |
32.49 (%) |
| 1995 |
25000 |
17000 |
8000 |
32.00 (%) |
Fuente: Memoria y Cuenta del Ministerio de Justicia.
Una buena parte del problema se puede atribuir a ineficiencias en la Gerencia
del
Sistema, responsable tanto de los mecanismos legales que desembocan en el
encarcelamiento
de un delincuente como de los dispositivos que permiten su reinserción en la
sociedad.
Gerencia del Sistema
El sistema carcelario nacional puede verse como una caja negra que recibe
insumos (entradas) y genera productos (salidas). La falta de coordinación que ha
existido en
la relación histórica entre ambas variables ha provocado el sobrecongestionamiento
de esta
caja negra. Para estudiar el desenvolvimiento del sistema es necesario realizar un
análisis de
sus mecanismos de alimentación (congestión) y producción (descongestión).
Factores de Congestión (Insumos): Contemplan a los mecanismos legales
comunes
que conducen a la detención y el encarcelamiento del individuo y a otros factores
incorporados al ordenamiento legal venezolano más recientemente, que están
contribuyendo notablemente con la sobrepoblación carcelaria. Los de mayor
incidencia
son:
Ley de Vagos y Maleantes: Esta Ley está insertada dentro del sistema de
justicia penal en lo que se conoce como el sistema paralelo. A diferencia
del sistema primero, éste último no requiere de la ocurrencia del delito para
proceder a la detención, encarcelamiento y procesamiento legal; hechos estos que
pueden ocurrir con el único requisito de percepción de "peligrosidad" en la
conducta de determinada persona. Específicamente esta ley habilita a la Policía
Técnica Judicial a ejecutar arrestos sólo sobre la base en la sospecha o percepción
de intención de incurrencia en delito. Los detenidos a través de este procedimiento
pueden ser encarcelados hasta por cinco años, aún cuando no hayan infringido
efectivamente el ordenamiento legal. Esta regulación ha recibido serios
cuestionamientos por inconstitucionalidad, pero mientras la Corte Suprema de
Justicia no se pronuncie al respecto, continuará actuando como elemento de
congestión del sistema carcelario.
Ley de Sustancias Psicotrópicas y Estupefacientes: Esta Ley busca
despenalizar el consumo y castigar el tráfico. Sin embargo, tipifica el delito de
tenencia de forma muy amplia, considerándola como la posesión de "cualquier
cantidad" de sustancias psicotrópicas o estupefacientes. Bajo esta definición, en la
práctica, se está castigando más fuertemente al consumo. Para tener una idea de la
incidencia que ha tenido esta Ley como factor congestionante del sistema
penitenciario, es importante destacar que para 1989 el número de detenciones
por este concepto fue de 8.603, mientras que para 1993, posterior a la sanción
y entrada en vigencia de la Ley, esta cifra se incrementó a 15.970, lo que significa
un aumento porcentual de un 85.6%. Aunque no se tiene la información suficiente
para afirmar que la mayoría de estos detenidos sean personas a quienes se les han
incautado pequeñas cantidades de droga, llama la atención que sea precisamente
después de entrada en vigencia la ley, cuando la cifra de detenidos por esta causal
se incrementó de esta manera. No obstante, sería recomendable entonces buscar
más información al respecto.
Tribunales: El procedimiento penal puede dividirse en dos etapas: sumario
y plenario. En
lo que se refiere a la primera, no fue posible obtener información suficiente como
para evidenciar la existencia de problemas. Es en la segunda etapa en donde se han
encontrado mayores obstáculos al funcionamiento eficiente del sistema.
Un trabajo realizado recientemente por un grupo de la Universidad Simón
Bolívar da cuenta de un déficit agudo de infraestructura dentro del sector
tribunales. Instalaciones equipadas a nivel básico, máquinas de escribir y
archivadores, en donde en ocasiones hasta el papel para escribir es aportado por los
empleados. Dadas estas condiciones, no resulta extraño la existencia de demoras
y desórdenes en los procesos penales, hasta el punto de producirse pérdidas de
expedientes que dan lugar a los presos olvidados, reclusos que
permanecen bajo prisión indefinidamente, sin recibir sentencia, ya que el sistema
no sabe de su existencia
Otro elemento relacionado a este punto y que llama la atención es la disminución
del número de tribunales por habitante, lo cual contrasta con un incremento del
número de abogados (cuadro 2).
Tribunales vs Abogados
|
1981 |
1990 |
1995 |
| Num de tribunales / 10^5hab |
6.48 |
5.23 |
5.97 |
| Abogados / 10^5hab |
110.5 |
158.9 |
228.9 |
Fuente: Políticas Judiciales en Venezuela, Pérez Perdomo. 1995
Utilizando la variación de la cifra de abogados como una medida del aumento
de personas que pueden hacer reclamos en su nombre y en el de los demás, y
sumando a esto el hecho de que en Colombia existe un juez por cada 6.250
habitantes, en Costa Rica uno por cada 8.104 habitantes, y en Venezuela uno por
cada 19.120 habitantes, se puede concluir que existe un problema de
congestionamiento.
Otro factor que retrasa los procesos es el incumplimiento de los lapsos por
parte de los jueces. Sin embargo, aunque esto es una opinión generalizada, no fue
posible obtener cifras estadísticas para analizar este aspecto. A pesar de
ser esta una variable que el Concejo de la Judicatura estableció para la evaluación
de los jueces, estos datos no se llevan desde 1969, lo cual es una prueba adicional del
deterioro del sistema.
4. Defensores públicos: Aún cuando este aspecto está relacionado con el
punto anterior, su incidencia obliga a considerarlo por separado. Un alto porcentaje
de la población de presos proviene de estratos con bajo nivel adquisitivo, por lo que
se ven obligados a utilizar defensores públicos.
Los defensores públicos reciben un salario fijo, sin ningún tipo de bono por
casos resueltos exitosamente. Adicionalmente, poseen una sobrecarga de trabajo.
Mientras que un abogado penal se considera muy ocupado cuando tiene 20 o 30
expedientes, los defensores públicos tienen asignados en promedio 179 casos. Por
otro lado, no existe un procedimiento de reclutamiento y selección de este tipo de
personal, con lo cual el prestigio dentro del sector es bajo. A pesar de esta cifra, el
cargo de defensor público está asociado dentro de la administración de justicia a
una posición relajada, de poco movimiento, a donde están siendo enviados jueces
que sufran afecciones cardíacas ocasionadas por el stress u otros
problemas de salud menores, que requieren trabajos más descansados. Para
Rogelio Pérez Perdomo, quien ha dedicado buena parte de su vida al estudio del
sistema judicial en Latinoamérica, existe la percepción de culpabilidad del preso
que no posee un defensor privado y por ende, de que es poco lo que el defensor
público puede hacer en su favor.
Estos elementos generan desmotivación en los defensores públicos, lo que
se refleja en una baja calidad del trabajo. Una cifra que refuerza esta afirmación es
el porcentaje de casos con informes elaborados por defensores públicos y privados.
Mientras el 100% de los casos manejados por defensores privados cuentan con
informes elaborados, en el caso de los procedimientos llevados por los defensores
públicos solo el 12.3% posee informe.
5. Corrupción dentro de las cárceles: Un tribunal no puede dictar
sentencia si la persona juzgada no está presente. En Venezuela, el traslado de los
presos a los tribunales se ha convertido en un elemento muy apetecible para la
corrupción No sorprende que uno de los servicios mejor cotizados en los mercados
negros del sistema carcelario sea el traslado a los tribunales.
Factores de Descongestión: Se refiere a aquellos mecanismos diseñados para
procesar
y liberar a los reos. Además de los mecanismos tradicionales de procesamiento penal,
sentencia y cumplimiento de condena, se han diseñado otros destinados a
descongestionar
los penales por vías más expeditas.
Por ejemplo, en 1982 se inició una Reforma de la Ley de Sometimiento a Juicio, en
donde
se estipula la posibilidad de fianzas, y que en ciertos delitos el procesado no tenga que
permanecer en prisión hasta dictarse la sentencia.
Existen lo que se conocen como medidas especiales: suspensión condicional de la pena,
establecimiento abierto, sumisión a la vigilancia de la autoridad, libertad bajo fianza.
Sin
embargo, para 1981 el porcentaje de la población de reclusos realmente condenada era
de aproximadamente un 23%, con lo cual el que actualmente este porcentaje alcance
un
32% no parece ser signo de mucha mejoría.
Algunas propuestas
Como se ha visto, la solución del problema involucra diferentes y muy
complejos
aspectos. Sin embargo, es posible hacer algunas propuestas para mejorar la capacidad
del
sistema de reincorporar individuos a la sociedad. En este sentido, es importante señalar
que
si bien el número de presos ha disminuido en los últimos años, el porcentaje de
crímenes ha
aumentado. El objetivo que se planteó en el enfoque del problema fue incrementar las
tasas
de procesamiento o "egresos" del sistema. Sin embargo, estas salidas deben ser de
individuos
reformados que no reincidan en la delincuencia y que por lo tanto no signifiquen un
peligro
para la sociedad. Es importante entonces, recuperar el objetivo de las cárceles, ser
centros de
reeducación. Siguiendo la experiencia del INOF, las cárceles pueden convertirse en
fuente
de mano de obra para algunas industrias y los presos podrían recibir una
remuneración por
su trabajo, parte de la cual sería administrada por la cárcel. Adicionalmente, proveer
cursos
educativos debe ser una prioridad dentro del sistema. En definitiva, el preso debe
invertir su
tiempo en actividades productivas, que le permitan adquirir destrezas para luego
incorporarse
a la sociedad.
En relación al factor congestionante de los defensores públicos, podría ser un
buen
aporte el que las universidades exigieran a sus estudiantes de derecho cursar una
materia en
la que se asignarían a los estudiantes procesos legales de los reclusos de menores
recursos.
Los estudiantes redactarían los informes, mientras que el profesor de la cátedra se
encargaría de firmarlos, otorgándoles la legalidad. Para asegurar la calidad de estos
informes,
deben ser utilizados como material de evaluación de los estudiantes. Algunas de estas
actividades ya están siendo desarrolladas en la Escuela de Derecho de la Universidad
Central
de Venezuela dentro de la Cátedra "Clínica Jurídica".
Otra salida posible al congestionamiento del sistema consiste en el
establecimiento de
un período mínimo de servicio público para los egresados de las escuelas públicas de
derecho
a nivel nacional. Este sistema busca que el egresado retribuya a través de su servicio
profesional los gastos en que el Estado ha incurrido para brindarle una educación
adecuada.
Este período sería equivalente al "Período Rural" que está actualmente contemplado
en
universidades públicas para la carrera de Medicina. Sin embargo, es necesario diseñar
un
esquema de incentivos que promueva la eficiencia dentro de la gestión jurídica,
porque de
lo contrario, se apoderaría de los noveles jueces la desmotivación y desidia de la que
hoy
adolece todo el sistema de defensa pública del país. Paralela a esta reforma se debería
hacer
un censo nacional de presos, para conocer el estado actual de sus procesos
legales.
Dado que un alto porcentaje de la población de las cárceles venezolanas es
extranjera,
ingresada al país en forma ilegal, sería conveniente plantear el establecimiento de
convenios
con el exterior para la repatriación de reclusos venezolanos y extradición de presos
extranjeros a sus respectivos países. Cabe aclarar que la extradición y el intercambio
de
presos involucra sólo a reclusos sentenciados. De acuerdo con los principios que hasta
ahora
han regido algunos acuerdos celebrados entre el Ministerio de Justicia venezolano y su
similar
en otros países (España), se conviene en el procesamiento y sentencia del preso en el
país
donde ha delinquido y posteriormente se le envía a su país de origen a cumplir la
sentencia
de acuerdo a los principios establecidos en el ordenamiento penal del país de origen.
Lamentablemente, para la fecha de elaboración de este informe no se pudo precisar
el
porcentaje de la población reclusa extranjera en Venezuela.
Otro elemento que ha contribuido al desorden dentro del sistema carcelario es
la
inexistencia de un organismo que se ocupe de la supervisión de las cárceles.
Actualmente,
esta responsabilidad no está claramente asignada. Algunas de estas competencias
corresponden al Ministerio de Justicia, pero también tienen competencia otros
organismos
como el Concejo de la Judicatura y el Ministerio de Relaciones Interiores. En este
sentido,
la descentralización del sistema hacia los estados sería una solución al problema. El
principio básico es que nada de lo que puede gerenciarse a nivel regional debe ser
controlado
por el gobierno central. Al descentralizar se reduce el área de control y se permite un
mayor
acercamiento entre los niveles de decisión pública y las comunidades, haciendo posible
una
mayor correspondencia entre las características de las cárceles y las necesidades y
características del área.
Para llevar a cabo la descentralización, las gobernaciones, los municipios y el
gobierno
central, con ayuda de organismos multilaterales, deben intervenir e identificar las
necesidades
de cada una de los centros existentes. Invertir los recursos necesarios para su
rehabilitación
y construir nuevos centros penitenciarios en las entidades federales que carezcan de
ellos. El
gobierno central debe transferir las competencias relacionadas con la administración
de los
centros penales y los recursos necesarios hacia las gobernaciones. De esta manera se
crea un
vínculo concreto entre la situación de cada uno de los establecimientos y la gestión
del
gobierno regional.
Finalmente, se recomienda estudiar la conveniencia de establecer subdivisiones
internas en cada uno de los centros penitenciarios del país, para separar los reclusos
sentenciados y los procesados, y dentro de los primeros diferenciar por gravedad de
delito
cometido. Esta pequeña sugerencia podría aportar en el corto plazo alguna mejora en
la
situación de los derechos humanos dentro de las cárceles.
Adicionalmente se sugiere realizar nuevos estudios para analizar mecanismos que
permitan superar el problema de la violación de los derechos humanos que hoy en día
afecta
nuestras cárceles.
Edicto Ortega, de 50 años, no recuerda con precisión a cuántas personas
ha asesinado, pero afirma que perdió la cuenta desde que fue
encarcelado.
Durante una reciente tarde dominguera, Warner Plaza conversaba
con su madre cuando ésta lo fue a visitar al Retén de Catia. Ante el horror
de ella, otro preso acuchilló y asesinó a su hijo de 27 años.
Hace un par de semanas, una balacera entre los reclusos de la Torre Norte
y los
de la Torre Sur del Retén de Catia irrumpió en medio de la piñata que se celebraba
a uno
de los hijos de los reclusos, causando varios heridos.
Raúl Pérez, a sus ochenta y un años, acaba de ser declarado inocente del
delito
de homicidio luego de permanecer en prisión por más de treinta años.
Hay 25.500 personas en nuestro sistema carcelario que todos los días padecen
estas
circunstancias. Están a la espera de un equipo de gente preparada y capaz que se atreva
a
aceptar con decisión e ingenio el reto de gerenciar el Sistema . Para 1997, el 1% de
ellos ya
no lo requerirá.
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