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Revista Electrónica Bilingüe       Nº 13     Marzo 1997
Esta Semana
Boletín semanal de VenEconomía
A continuación, un breve extracto de algunos de los artículos aparecidos en el numero de VenEconomía Semanal, en su edición del 18 de marzo de 1997:

¡La botaron!

El lunes a última hora de la tarde, representantes de los sectores empresarial, sindical y oficial se anotaron un jonrón al firmar un acuerdo histórico para reestructurar el colapsado sistema de seguridad social de Venezuela. Entre otros aspectos, el acuerdo contempla la recapitalización del quebrado IVSS y de los fondos de pensiones y de seguro de paro forzoso, así como la transferencia de la responsabilidad de la gerencia futura de dichos sistemas a una entidad tripartita permanente. La responsabilidad de la gerencia de los hospitales y clínicas del IVSS será asignada a otras entidades del sector público o al sector privado, lo que permitirá al IVSS funcionar como una entidad de seguro de hospitalización.

El acuerdo también contempla el reemplazo del desactualizado e inviable sistema de prestaciones sociales con una combinación de prestaciones y pensiones que es más o menos razonable. La fórmula incluye tres elementos: pagos mensuales por antigüedad, un pago reducido global a la terminación de la relación laboral y una compensación especial por transferencia, además de las prestaciones acumuladas (sencillas) a la fecha de entrada en vigencia del nuevo sistema.

Se espera que el Congreso apruebe la legislación que dé cuerpo a este acuerdo en cuestión de semanas (ciertamente antes de que termine mayo), posiblemente por la vía del mecanismo de comisión legislativa que contemple su aprobación en una sola lectura en sesión conjunta de ambas cámaras legislativas.

Antigüedad: Los pagos por este concepto serán efectuados anualmente, calculados sobre la base de las ganancias del año correspondiente, en lugar de efectuarse al término de la relación laboral. Los trabajadores de mayor antigüedad recibirán hasta un mes y medio más que aquellos con menos tiempo de servicio (es decir, una retroactividad mucho menor). De esta manera, los trabajadores que tengan entre 6 y 12 meses en nómina recibirán el equivalente de 45 días de salario al final del duodécimo mes. Aquellos que tengan entre 1 y 2 años de antigüedad recibirán 60 días de salario. Quienes tengan más de dos años en nómina recibirán dos días adicionales por cada año de servicio, hasta un máximo de 30 días adicionales.

Liquidación: Este pago será reducido mas no eliminado. Si un despido es injustificado (la mayoría lo son), el trabajador recibirá un mes de salario (a su salario efectivo para ese entonces) por cada año trabajado (hasta un máximo de cinco meses), más 45 días de preaviso (que no deberá exceder del equivalente de diez veces el salario mínimo urbano).

Pago especial de transferencia: En la antesala de la entrada en vigencia del nuevo sistema, los trabajadores se harán acreedores de sus prestaciones acumuladas (cálculo sencillo) más una compensación especial por transferencia. Las prestaciones acumuladas serán calculadas sobre la base del salario actual (es decir, sin incluir los bonos). El pago especial debe ser calculado de la misma forma que las prestaciones sencillas (en base al salario del trabajador al 31 de diciembre de 1996), pero con un techo doble; basado en los años de servicio y según el salario devengado. El techo según los años de servicio ha sido fijado en siete años para los trabajadores del sector privado y en once años para los del sector público.

El techo según el salario devengado fue fijado en Bs.75.000/mes para las compañías "pequeñas" y en Bs.200.000/mes para las compañías "grandes", mientras que los techos para quienes tienen salarios entre ambos montos fueron fijados entre Bs.105.000/mes y Bs.150.000/mes De manera que el pago máximo adicional (por encima de la indemnización sencilla) que una compañía pequeña tendría que pagarle a un trabajador será de Bs.525.000 (siete veces Bs.75.000), mientras que el máximo para una compañía grande será de Bs.1,4 millones. Los techos para los trabajadores gubernamentales son de Bs.825.000 y Bs.2,2 millones. Las compañías "pequeñas" ("Tope 1") se definen como aquellas que tienen menos de 21 trabajadores. Los criterios para la clasificación de las empresas mayores como pequeñas-medianas ("Tope 2"), medianas-grandes ("Tope 3") y grandes ("Tope 4") aún no han sido anunciados.

Se espera que los empleadores del sector privado paguen a sus trabajadores 12,5% de sus prestaciones acumuladas (indemnización sencilla) más 12,5% del pago especial dentro de un plazo de 90 días, pagándose otro 12,5% durante los 90 días siguientes. El pago del 75% restante podrá ser espaciado a lo largo de los cuatro y medio años siguientes. Los pagos deberán ser en efectivo y los trabajadores tendrán la opción de depositar la totalidad o parte de dicho dinero en una cuenta de un fondo de pensiones. Los trabajadores del sector público recibirán Bs.50.000 en efectivo más Bs.100.000 en bonos este año, pagándose el saldo (bonos y efectivo) a lo largo de los siguientes cuatro años y medio.

Los intereses por la parte no pagada serán generados a una tasa equivalente a la media del diferencial entre las tasas pasiva y activa de la banca comercial. Si un empleador se rezaga en sus pagos a los trabajadores, los montos en mora generarán intereses a la tasa activa de la banca comercial.

Salario mínimo: Continuará siendo ajustado por el presidente. La comisión tripartita se transformará en un cuerpo permanente con la misión principal de reunirse una vez al año en enero para redactar recomendaciones para el presidente en cuanto al salario mínimo. Sin embargo, dichas recomendaciones no serán de obligatorio seguimiento para el presidente. Por ahora, la comisión tripartita ha recomendado que el salario mínimo sea de al menos Bs.62.800/mes, pero no más de Bs.90.000/mes.

Fondos de pensión: El sistema actual de solidaridad intergeneracional del IVSS continuará en vigencia, y se espera que el mismo asegure a los trabajadores elegibles (al igual que a sus familias) una pensión mínima por jubilación. El acuerdo también contempla la creación de cuentas de pensión capitalizadas individualmente (similares a las de Chile). Según se informa, los trabajadores y/o patronos estarán obligados a depositar un monto equivalente a aproximadamente 10% del salario en tales cuentas, las cuales serán creadas dentro de poco.

Bonos actuales: Serán convertidos en salario a partir de la fecha de contratación (trabajadores del sector privado) y a lo largo de varios meses (sector público).

Impacto: El impacto inflacionario de este acuerdo marco debería ser modesto. Por un lado, los aumentos de salario que facilita este acuerdo no compensan completamente la inflación de los últimos dos años. Además, actualmente la economía cuenta con suficiente capacidad ociosa. Por otro lado, los salarios habrían sido ajustados de cualquier manera. Lo que sí hace el acuerdo es asegurar que el proceso sea ordenado y relativamente libre de distorsiones. Más aún, el pago de las prestaciones acumuladas antes de la fecha de la decisión serán espaciados a lo largo de cinco años, lo que amortiguará su impacto inflacionario.

Las bondades del acuerdo no se limitan a los salarios y las pensiones. El simple hecho de que las empresas, los sindicatos y el gobierno hayan podido llegar a un acuerdo sobre estos espinosos temas por la vía de negociaciones cara a cara constituye un buen augurio para otras reformas. Y lo más importante de todo es que con ello se ha sentado la base para que las empresas y los trabajadores puedan establecer relaciones mutuamente satisfactorias y duraderas.

FINANZAS

* LAS PROCESADORAS NACIONALES DE ALUMINIO convinieron en abandonar su campaña por el derecho de comprar una participación accionaria del complejo del aluminio de la CVG a cambio de la promesa de acceso al metal (a un precio determinado por el mercado). La Mediación de Pedro Carmona Estanga, de Conindustria, representó un papel clave en las discusiones. A pesar del acuerdo, la mayoría de los observadores consideran ahora que el sector del aluminio no será privatizado este año (según se informa, AD se opone) pero que la privatización de Sidor sí podrá ir adelante.

INDUSTRIA

* LA NUEVA CESTA DE TARIFAS TELEFONICAS en vigencia a partir del 14 de abril, incluye cargos mayores para llamadas de larga distancia internacional (14-19%), la renta básica mensual (10-15% para suscriptores residenciales y 6,5% para suscriptores no residenciales), larga distancia nacional (6,6%) y llamadas locales (6,5%).

PETROLEO

* OTRO ENCALLAMIENTO: Un nuevo buque cisterna petrolero encalló en el canal de navegación entre el Lago de Maracaibo y el Golfo de Venezuela. La nave, Olympic Sponsor, con una carga de 477.000 barriles de crudo mediano camino a Rotterdam por cuenta de Ruhr Oel, encalló en el mismo sector que el Nissos Amorgos que tras encallar derramó más de 25.000 barriles de crudo pesado diez días antes. El Olympic Sponsor no sufrió fugas y fue puesto nuevamente a flote tras la remoción de sus cisternas de 50.000 barriles de crudo. El petróleo fue cargado nuevamente una vez que la nave se ubicó nuevamente en el canal principal de navegación. Según Reuters, las autoridades han impuesto una restricción de calado de 36 pies a los buques cisterna que transiten por el canal, una disminución con respecto al límite estándar de 39,6 pies, aunque PDVSA ha manifestado que las restricciones normales aún continúan en vigencia.

POLITICA

* LA LIBERTAD DE PRENSA EN VENEZUELA fue duramente cuestionada por los participantes en la reunión de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) de esta semana. Uno de los aspectos importantes discutidos es la incapacidad a la fecha por parte de la Corte Suprema de Justicia de anular la Ley de Ejercicio del Periodismo de 1994, a todas luces inconstitucional. Otro se refiere a una serie de desaguisadas circulares enviadas por José Luis Avilez de Conatel a las emisoras de radio y televisión del país, presumiblemente en respuesta al clamor que generó el manejo irregular por parte de Conatel de un contrato de telefonía rural. Las rudas circulares "recordaron" a los destinatarios que el gobierno tiene el poder para suspender o vetar programas que sean "contrarios a" (los fines de la Ley).

VenEconomía es una empresa dedicada al estudio, análisis y edición de revistas especializadas sobre temas económicos, políticos y sociales en Venezuela. Entre las publicaciones que distribuye VenEconomía se encuentran, el boletín VenEconomía Semanal, la revista VenEconomía Mensual y Perspectivas Económicas, Políticas y Sociales de Venezuela, un análisis anual por escenarios a cinco años de las tendencias claves. Otras publicaciones del grupo incluyen Informe Legal (editado por Baker & McKenzie), InvestAnálisis Guía Bursátil (análisis del mercado de valores) e InvestAnálisis Renta Fija (mercado de renta fija), editada por Alex Dalmady y Daniel Lahoud, y PERCEPCION 21 (análisis y tendencias de la opinión pública con respecto a temas económicos, políticos y sociales) elaborado por Consultores 21.

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