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¿Por qué pagar impuestos?

Pedro J. Palacios Rhode *

Cuando las personas deciden reunirse en sociedad su objetivo principal es establecer una organización (denominada Estado o Gobierno) que se encargue de asegurar y satisfacer una serie de necesidades comunes, tales como el mantenimiento del orden, de la seguridad pública y la prestación de determinados servicios básicos entre otras, lo cual se efectúa mediante la creación de ciertas normas de cumplimiento obligatorio para las personas que lo conforman (estos son, los ciudadanos); asimismo, el Estado se encarga de la organización y control de los órganos que velan por el correcto cumplimiento de estas normas (tales como los entes jurisdiccionales para la resolución de conflictos y los entes policiales para el control y salvaguarda de los derechos de los individuos). Por lo tanto, se puede decir que el Estado es un empleado de sus ciudadanos sólo que, por las actividades que debe cumplir, se encuentra dotado de cierto poder coercitivo sobre sus patronos.

Para el cumplimiento de sus obligaciones, los ciudadanos deben dotar al Estado de los recursos necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones. Estos fondos se proveen básicamente por dos vías: por el uso de los recursos de que es dotado el Estado (tales como los ingresos petroleros) y de las cantidades que por concepto de tributos le entreguen sus súbditos. Estas exacciones, a su vez, han sido establecidas por el Estado por vía legislativa en representación de los mismos ciudadanos a quienes se les imponen, y los cuales en caso de encontrarse en desacuerdo no lo deben manifestar mediante la negativa del pago de los mismos, sino mediante su voto al momento de la reelección de estos representantes.

Una excusa muy común del ciudadano para negarse al pago de los impuestos es que el Estado no presta los servicios que se espera recibir a cambio del pago de los mismos, sin percatarse de que esta actitud puede generar un círculo vicioso, ya que la falta de los fondos requeridos para este fin imposibilitaría la prestación de los servicios, por lo que se perpetuaría el problema. Por supuesto, existen otras razones por las cuales los recursos no se destinan o no resultan suficientes para la prestación de los servicios; entre estas se encuentra la corrupción, la mala administración o el despilfarro; pero igual que en el supuesto anterior, su castigo no debe ser la negativa al pago de los tributos (lo cual se equipararía a la desobediencia civil) sino la pena debe ser, más bien, la misma que se le impondría a un mal administrador en el campo privado: su despido, lo cual se efectuaría por vía electoral. Equiparando esta misma situación nuevamente al campo privado, un administrador que no ha resultado del agrado de su patrono resulta despedido y no pudiendo éste abstenerse del pago de su sueldo y de la liquidación que le corresponda.

¿Cómo puede una persona exigirle a otra el cumplimiento de sus obligaciones si ésta no cumple las suyas? ¿Cómo puedo yo exigirle al Estado que me preste servicios si no lo doto de los recursos que requiere para ello? Resulta estéril discutir que la situación actual es ocasionada por la mala administración anterior, lo cual sólo nos conduce a perpetuar el círculo vicioso a que hiciéramos referencia anteriormente.

Si vemos esta situación desde un punto de vista estrictamente particular (y hasta egoísta), a todo comerciante le debe interesar cumplir cabalmente con sus obligaciones tributarias, ya que su incumplimiento -además de las sanciones pecuniarias que establecen las leyes de la materia- le puede afectar en sus operaciones futuras, ya que carecería de "existencia tributaria", término que nuestra Administración Tributaria intenta poner de moda. Como muestra podemos mencionar que las declaraciones de Impuesto Sobre la Renta son exigidas por la mayoría de las instituciones financieras para el otorgamiento de créditos; asimismo, son requeridas para solicitar permisos de diversa índole, como en el caso de las actividades de importación. Todo comerciante sabe que desde el punto de vista financiero, el mantener sus relaciones tributarias en forma correcta puede beneficiar a una empresa, por ser un indicio de una situación financiera depurada y de una contabilidad seria y verás.

Para finalizar, se debe destacar que la falta de cumplimiento de una obligación impositiva puede conllevarle consecuencias negativas al contribuyente en otras áreas, ya que la Administración Tributaria ejerce un control tributario "cruzado"; por ejemplo, al cancelar el arancel de importación para una mercancía, el contribuyente podría ser incluido en registros que se pueden destinar para el control del Impuesto Sobre la Renta o del Impuesto al Consumo Suntuario y Ventas al Mayor (este es, el IVA) y al comprobar una infracción, podría generar la imposición de sanciones y multas al contribuyente.

Los contribuyentes deben acostumbrarse a que el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, además de una obligación, es un mecanismo de defensa y hasta una útil herramienta, cuando se realiza correctamente.


*Abogado Especialista en Derecho Tributario
E-mail: pslaw@telcel.net.ve

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