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Sección: Bitblioteca
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La pregunta por la técnica Tecnologías de reproducción, un asunto de órganos privados El Nacional, viernes 5 de noviembre de 1999 El culo es un órgano privatizado. En la historia de la humanidad, sus funciones fueron tempranamente excluidas del dominio público y pertenecen hoy a la esfera más intima y privada de cada individuo. La vida social comienza con la escolaridad, cuando el niño logra reprimir sus esfínteres y controlar el producto de sus órganos de excreta, retirándolos de la mirada y la intervención pública. El útero, en cambio, es un órgano público. La sociedad entera tiene injerencia en su funcionamiento y el Estado potestades sobre él. El cuerpo de la mujer le pertenece a ella, exceptuando por supuesto, los «órganos de la vida». No hay liberación sin apropiación del cuerpo. Eso lo saben claramente quienes han entendido que la ampliación de las posibilidades profesionales de las mujeres debe un tributo a las tecnologías de planificación familiar y control anticonceptivo, que permitieron a las parejas, y en particular a la mujer, empezar a decidir en qué condiciones y momento tener un hijo, si es que en realidad querían tenerlo. Por supuesto, eso significó el fin de la relación necesaria entre sexo y reproducción, y la posibilidad de que la mujer empezara a explorar y adueñarse de las capacidades de placer anidadas en su fisiología. Y ha sido una lucha larga y constante la que ha permitido a la mujer ganar tiempo para sí, sus ambiciones y deseos, junto con el control y la privatización de estas funciones de su cuerpo. A la luz de las tecnologías de control anticonceptivo y de los nuevos roles que las mujeres juegan en la sociedad, tener un hijo hoy, y tenerlo en las condiciones que la mujer considere adecuadas, debería ser un derecho y una decisión de ella y no un deber impuesto por la sociedad, el Estado o la Iglesia. Las tecnologías de reproducción in vitro (IVF) abren un nuevo capítulo a favor de la apropiación del cuerpo por la mujer y la privatización del útero, por supuesto, con todos los efectos ambiguos que implican las prácticas humanas. Estas tecnologías fundamentalmente son: la fecundación en el interior de la trompa de Falopio de un óvulo perteneciente a la paciente que desea embarazarse, con un espermatozoide seleccionado especialmente para el proceso (transferencia de gametos o GIFT); y la transferencia a las trompas de Falopio de un embrión producido fuera del cuerpo de la mujer, con sus propios óvulos y espermatozoides seleccionados (transferencia de cigoto o ZIFT). El especialista que trata a una mujer con el ZIFT intenta siempre la producción de varios embriones dada la naturaleza esquiva de la fecundación. Normalmente esto conduce a la existencia de más de un embrión con posibilidades de ser transferido y llevado a término. Como el útero continúa siendo un órgano público, es fácil imaginar la existencia de una norma constitucional que consagre «el derecho a la vida desde su concepción», pretendiendo su protección al margen de todas las condiciones socio-económicas en que ésta surge, sin importar que el individuo por nacer no haya sido deseado, ocasione infelicidad y frustraciones a la madre o venga al mundo a llevar una vida garantizada de penurias. Una regulación constitucional como esta le da la espalda a los procesos tecnológicos actuales y al derecho de la mujer a apropiarse y decidir sobre su cuerpo. La mujer que se somete a una transferencia ZIFT estará obligada por esta norma a llevar a término todos los embriones producidos en el laboratorio de su médico, sin importar la cantidad o condición física de los cigotos, haciendo imposible en la práctica la aplicación del recurso tecnológico. Todos los sectores sociales del país tienen derecho a defender sus creencias, pero un Estado laico tiene el deber de proteger y estimular los derechos civiles al margen de los valores morales de un individuo o grupo de ellos. Privilegiar la privatización del útero implica garantizar el derecho a la apropiación del cuerpo por la mujer misma, y abrir una plataforma en la que coexistan todas las posibilidades y recursos para que sea ella quien elija cómo y bajo qué condiciones quiere tener un hijo, atendiendo entonces a su esfera privada de creencias y valores.
El debate sobre el aborto en la Asamblea Nacional Constituyente María Eugenia Esté: abogado graduada en la Universidad Central de Venezuela, candidata a doctor en el postgrado de FACES, UCV con un trabajo de tesis en torno al tema de la construcción de subjetividad y la tecnología. Es profesora de «Sociología de la Técnica y la Tecnología» en la Escuela de Sociología de la UCV e imparte un seminario en el postgrado de Comunicación Social de la Universidad Católica Andrés Bello, titulado «Dispositivos Tecnológicos».
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