Propuestas de Primero Justicia para la Constituyente

Este documento es tan solo un resumen del proyecto de Constitución que la Asociación Civil PRIMERO JUSTICIA llevó ante la Asamblea Nacional Constituyente. Con la convicción de que el proceso Constituyente se debe centrar en la discusión de propuestas concretas para la una nueva Constitución.

Este proyecto es el producto de más de tres años de trabajo, coordinado desde la Cátedra de Honor de la Universidad Católica Andrés Bello y con el apoyo de diversas organizaciones de la Sociedad Civil.

Las propuestas contenidas en este proyecto enmarcan reformas que apuntan hacia la modernización del Estado Venezolano, la profundización de la democracia, la creación de mecanismos concretos de control social sobre todas la instituciones del Estado y la construcción de un sistema de justicia fuerte y accesible que garantice que los derechos, individuales, sociales, económicos y sociales sean una realidad exigible y tangible para todos los venezolanos.

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Contenido

Derechos Humanos *

Sistemas Políticos:
Régimen Federal *
Relaciones entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo: *
Modernización del Poder Legislativo: *
Participación Democrática *

Constitución Económica:
Régimen económico *
Hacienda Pública: Disposiciones Generales *
Hacienda Publica: Principios Tributarios *
Hacienda Publica: Presupuesto Nacional *

Constitución Social:
Régimen social *
Educación *
Seguridad social y salud *
Economía popular *
Servicio social obligatorio *
Protección del trabajo *

Constitución y justicia *

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Derechos Humanos:

  • Ampliar y desarrollar los derechos y garantías de la actual Constitución e incorporar nuevos derechos consagrados a nivel internacional, y establecer mecanismos de protección que hagan realidad en Venezuela la aplicación y justiciabilidad de esos derechos.
  • Consagrar la aplicación preferente de los derechos y garantías establecidos en los tratados internacionales firmados por Venezuela sobre el ordenamiento jurídico interno.
  • Establecer el principio de interpretación de las normas constitucionales sobre derechos y garantías de acuerdo con los tratados de derechos humanos firmados por Venezuela.
  • Adaptar las garantías de inviolabilidad de los derechos de libertad y seguridad personal a los nuevos principios del Código Orgánico Procesal Penal.
  • Consagrar el principio de igualdad de oportunidades entre el hombre y la mujer y prohibir la discriminación por el sexo, religión u orientación sexual.
  • Consagrar el derecho a réplica, es decir, el derecho a contestar en igualdad de oportunidades y a exigir la rectificación a cualquier persona o medio que difunda información falsa sobre nosotros.
  • Consagrar el derecho de toda persona a fundar medios masivos de comunicación.
  • Consagrar el derecho a recibir información oportuna.
  • Consagrar el derecho a la intimidad.
  • Consagrar la Libertad religiosa y la igualdad de los cultos legalmente establecidos.
  • Proteger a las comunidad indígenas mediante la consagración del derecho a preservar su cultura, lengua e identidad propias y sus derechos sobre la tierra que habitan.
  • Consagrar el derecho a un medio ambiente sano y equilibrado apto para que las actividades productivas satisfagan las actividades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras.
  • Agregar el Habeas-data y la protección de los intereses difusos al listado de garantías previstas en la Constitución actual:Habeas data: derecho a acceder a la información de carácter público que sobre nosotros tienen instituciones públicas y privadas.
  • Darle cabida a la doble nacionalidad sobre la base de la reciprocidad.

SISTEMAS POLÍTICOS:

Régimen Federal

  • Mantener la división político-territorial actual.
  • Establecer que el Estado venezolano se organiza bajo la forma federal, de acuerdo con los principios de corresponsabilidad, unidad de mercado, subsidiariedad, coordinación, corresponsabilidad fiscal y solidaridad interterritorial.
  • Definir claramente las competencias del Poder Nacional, de los Estados y de los Municipios, atribuyendo a cada nivel de gobierno aquello que puede hacer mejor:
  • Concentrar el Poder Nacional en la formulación de políticas, en la legislación básica y en las tareas administrativas que no pueden ser llevadas a cabo por los Estados y Municipios.
  • Atribuir a los Estados la prestación de los servicios sociales básicos (educación, salud y nutrición, asistencia social y programas sociales, deporte y recreación, defensa civil, protección de la familia, del menor y del anciano); la administración de las cárceles; la construcción de las vías de comunicación y otras obras de interés estadal; y la legislación de desarrollo de la legislación básica.
  • Mantener la responsabilidad de los Municipios sobre los servicios y competencias propiamente urbanos y prever la transferencia concertada de servicios de los Estados a los Municipios.
  • Establecer un plazo máximo para transferir a los Estados los servicios que actualmente presta el Poder Nacional y que el proyecto atribuye a los Estados:
  • Atribuir a los Estados la fase minorista del IVA y el impuesto al consumo de la gasolina, una vez que se haga efectiva la transferencia de los servicios sociales; y los impuestos sobre la renta a las personas naturales y sobre las sucesiones y donaciones, una vez que se haga efectiva la transferencia de los demás servicios.
  • Otorgarle rango constitucional al FIDES como mecanismo de compensación de las desigualdades económicas entre los distintos Estados y como instancia de coordinación entre los tres niveles de gobierno. Fijar entre 15 y 20% el porcentaje de recaudación del IVA que recibirá anualmente el Fondo.
  • Otorgar a los Municipios competencia para crear el impuesto territorial rural y transferirles el Situado Constitucional directamente (sin pasar por la alcabala de los Estados).
  • Flexibilizar la estructura organizativa de los municipios de acuerdo a la realidad socio económica y territorial.
  • Establecer requisitos de viabilidad histórica y económica para la creación de Municipios
  • Reafirmar la autonomía de los Estados y Municipios para establecer la escala de remuneraciones del personal a su servicio.
  • Establecer que el Poder Nacional puede intervenir en los Estados para restablecer el orden público, ejecutar una ley nacional o una orden judicial, asegurar la forma democrática de gobierno, los derechos individuales o la autonomía municipal.

Relaciones entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo:

  • Crear una mecanismos institucionales que propicien el dialogo, y la concertación entre los poderes legislativo y ejecutivo y que le otorguen al electorado el poder para decidir un eventual conflicto de poderes.
  • Crear la figura del Primer Ministro, postulado por el Presidente de la República entre los miembros del Congreso Nacional y elegido por las dos terceras partes del Congreso Nacional.
  • El primer ministro tendrá entre otras funciones Colaborar con el Presidente de la República en la orientación política del gobierno y en la coordinación de la administración pública y presidir la Comisión Legislativa del Congreso Nacional.
  • Establecer la remoción del gabinete ejecutivo en su totalidad por el voto de censura al Primer Ministro.

Modernización del Poder Legislativo:

  • Mantener la estructura bicameral del Congreso Nacional.
  • Establecer el voto de conciencia para senadores y diputados.
  • Establecer que el candidato a presidente que haya obtenido la segunda votación sea designado automáticamente senador.
  • Permitir a los venezolanos por naturalización ser postulados para el cargo de diputado.
  • Extender el periodo de las sesiones ordinarias de las cámaras.
  • Ampliar la iniciativa legislativa al Fiscal general, al Contralor General y al Procurador General de la República.
  • Establecer el procedimiento de urgencia constitucional cuando la iniciativa corresponda a instituciones y ciudadanos con iniciativa legislativa.
  • Establecer procedimientos mas expeditos para la aprobación y discusión de las leyes, tal como la sanción automática por el transcurso del tiempo.
  • Establecer que la Comisión Legislativa será presidida por el Primer Ministro.
  • Establecer la sanción por parte de la Comisión Legislativa de los proyectos de leyes que ella apruebe sin la necesidad de la aprobación por las Cámaras.

Participación Democrática

  • Establecer mecanismos efectivos de participación ciudadana en la priorización, ejecución y supervisión de los servicios públicos y la inversión social.
  • Establecer el referéndum consultivo para consultar al pueblo sobre las decisiones de trascendencia nacional, estadal o municipal.
  • Establecer el referéndum revocatorio para evaluar la gestión del presidente, los gobernadores y los alcaldes una vez transcurrida la mitad de su periodo con la posibilidad de la revocatoria del mandato.
  • Establecer el referéndum aprobatorio para someter a aprobación popular aquellos proyectos de ley que sean de interés nacional.
  • Establecer el referéndum abrogatorio: para derogar leyes cuando así lo solicite un porcentaje de los electores inscritos en el registro electoral o el Presidente de la república.
  • Establecer el referéndum aprobatorio de tratados internacionales.
  • Establecer mecanismos de participación democrática diferentes a los partidos políticos y proteger todas las formas de participación que la sociedad civil ha venido desarrollando durante los últimos tiempos.
  • Establecer que el funcionamiento de los partidos políticos se sujetará a principios democráticos y que sus dirigentes y candidatos serán electos por la base.
  • Acortar el periodo presidencial a cuatro años y permitir la reelección presidencial inmediata por una sola vez.
  • Establecer la elección por nombre y apellido para los cuerpos representativos (Congreso, Asambleas Legislativas y Consejos Municipales), respetando la representación proporcional de la minorías.

CONSTITUCION ECONÓMICA

Régimen económico

  • Fundamentar el régimen económico de la República en los principios de iniciativa y propiedad privada, en la libre competencia e intercambio y en el trabajo productivo y la innovación como medios de acceder a la riqueza.
  • La participación del Estado en la economía estará dirigida única y exclusivamente a asegurar el funcionamiento normal del mercado, y a proteger la salud y buena fe de los consumidores y productores, asegurando principios de equidad y eficiencia, y garantizando la igualdad de oportunidades.
  • El Estado será responsable de la regulación de aquellas actividades económicas que requieran de su actuación, con el objeto de mejorar los niveles de competencia y productividad de diversos sectores de la economía.
  • Solo autorizado por ley puede el Estado y sus organismos realizar actividades empresariales. En caso que se permita esta actividad, esas actividades se llevaran adelante en concurrencia con el sector privado y estarán sujetas al mismo régimen legal. El Estado no podrá discriminar arbitrariamente en materia económica.
  • Concentrar la acción del Estado en garantizar la adecuada provisión de servicios sociales básicos tales como educación, salud, administración de justicia, seguridad e infraestructura.
  • Consagrar la democratización del capital como un objetivo básico de la política de privatización.
  • Otorgar igualdad de tratamiento a la inversión nacional y extranjera.
  • Establecer que las entidades del Estado dedicadas a velar y a promover un sano y próspero desempeño de la economía gozarán de autonomía técnica y funcional.
  • Estas entidades tendrán como principio rector de su actividad la obtención y el mantenimiento de la estabilidad económica, y la transparencia de su gestión.
  • Favorecer la integración económica en beneficio de los intereses del país, otorgándole eficacia inmediata a las normas y decisiones comunitarias.
  • Establecer la propiedad pública del subsuelo y del aspecto radioeléctrico.

Hacienda Pública: Disposiciones Generales

  • Establecer la eficiencia económica y la transparencia fiscal como principios rectores de la Hacienda Pública.
  • El manejo de la hacienda pública se deberá garantizar la coordinación entre las políticas relacionadas al ingreso, con la orientación del gasto.

Hacienda Publica: Principios Tributarios

  • El sistema tributario procurará una justa distribución de las cargas, según la capacidad del contribuyente y manteniendo el principio de eficiencia económica.
  • Con la finalidad de evitar situaciones de anarquía tributaria que generen ineficiencia económica e impidan la generación de riqueza, se le otorga al Poder Nacional la facultad de coordinar la aplicación de los tributos en los distintos niveles de gobierno.
  • Se establece la obligación de servicio comunitario por incumplimiento de obligaciones tributarias.
  • Fomentar de una manera efectiva la participación de privados en el financiamiento de actividades primarias, como la salud y la educación, mediante incentivos fiscales.

Hacienda Publica: Presupuesto Nacional

  • Establecer la orientación del gasto público como el principal instrumento para la distribución de ingresos. El gasto público deberá atender las necesidades prioritarias de la sociedad.
  • Crear el Consejo de Coordinación de la Política Económica, integrado por el Presidente del BCV, por el Ministro responsable del presupuesto, por el Presidente del Comisión de Finanzas del Congreso y por dos (2) miembros propuestos por el Presidente y aprobados por el Senado, el cual tiene como función aprobar los supuestos macroeconómicos implícitos en el presupuesto y establecer los límites de endeudamiento teniendo en cuenta la sostenibilidad del presupuesto a largo plazo.
  • Garantizar la transparencia en la preparación, evaluación, ejecución y evaluación del presupuesto.
  • Separar la discusión del monto, atado a metas macroeconómicas ,de la discusión sobre la distribución sectorial del presupuesto, previendo la posibilidad de asignaciones presupuestarias bianuales.
  • Establecer el situado constitucional a un nivel no menor del 20%, permitiendo variaciones en función de las transferencias del poder central a las regiones.
  • Con la finalidad de separar la definición de las políticas monetarias y cambiaras de las políticas fiscales e industriales se le otorgará rango constitucional a la autonomía, y al objeto del Banco Central de Venezuela. La misión de este organismo será la estabilidad de precios (contención de la inflación) en la economía.
  • Otorgarle rango constitucional al Fondo de Estabilización Macroeconómica, con el objeto será procurar que las fluctuaciones del ingreso petrolero no afecten el equilibrio fiscal, monetario y cambiario de la economía nacional. Las modificaciones a la reglamentación del fondo deberán contemplar el cumplimiento del objeto del mismo, y estar ampliamente sustentadas con una evaluación económica.

CONSTITUCION SOCIAL

Régimen social

  • Prever que los subsidios sociales estarán orientados a aquellas personas que, por sus propios medios, no puedan satisfacer sus necesidades básicas (subsidios directos y selectivos).
  • Prever que los servicios y programas sociales serán prestados en la forma más próxima posible a los usuarios y beneficiarios.

Educación

  • Establecer que la educación es una responsabilidad compartida de la sociedad, del Estado y de la familia.
  • Incluir la formación de ciudadanos productivos como una de las finalidades del sistema educativo.
  • Establecer la gratuidad de la educación superior oficial para quienes no puedan sufragarla y mantengan además un rendimiento satisfactorio, sin perjuicio de reembolsar los costos al Estado una vez que ingresen al mercado de trabajo.
  • Consagrar el derecho de los padres a escoger la escuela de sus hijos y la obligación de participar en la dirección de las mismas.
  • Establecer el derecho a fundar y dirigir establecimientos educativos bajo la rectoría del Estado.
  • Otorgarle prioridad a la educación básica y preescolar en la distribución del presupuesto educativo.
  • Prever que el Estado contribuirá con el subsidio de la educación privada y comunitaria a favor de quienes no puedan sufragarla; y que la empresa privada contribuirá al financiamiento de la educación superior y técnica orientada a la producción.

Seguridad social y salud

  • Establecer que tanto los servicios de seguridad social como los servicios de salud podrán ser gestionadas por entidades oficiales, privadas o mixtas.
  • Establecer que el Estado garantizará en todo caso una atención básica de salud y una pensión mínima.

Economía popular

  • Fomentar la organización de cooperativas, mecanismos crediticios y demás instituciones destinadas a mejorar la economía popular.
  • Atención de los desprotegidos y ancianos
  • Favorecer la integración a la colectividad de las personas discapacitadas.
  • Establecer que la atención y protección de las personas de la tercera edad es una obligación de la familia, de la sociedad y del Estado.

Servicio social obligatorio

  • Establecer la posibilidad del servicio social obligatorio como condición para el ejercicio de determinadas profesiones o como sustitución del servicio militar.

Protección del trabajo

  • Orientar la legislación laboral al logro de los siguientes objetivos: aumentar la oferta de trabajo, a garantizar una salario acorde con la productividad, a garantizar el descanso obligatorio, a garantizar un salario mínimo, a promover la participación de los trabajadores en los beneficios de la empresa, a proteger el salario y las prestaciones.
  • Favorecer la negociación colectiva en el seno de las empresas.
  • Garantizar la libertad y autonomía de los sindicatos y organizaciones gremiales y establecer que el funcionamiento de estos se sujeta a principios democráticos (sus autoridades se designarán por votación directa y en ningún caso serán vitalicias.)

Constitución y Justicia

  • Fortalecer el papel de la Corte Suprema de Justicia como cabeza dirigente del Poder Judicial y eliminar la dualidad que existe actualmente entre nuestro máximo Tribunal y el Consejo de la Judicatura.
  • Crear un Tribunal Disciplinado Judicial cuyos magistrados sean designados por la Corte Suprema de Justicia y cuyas decisiones sean inapelables.
  • Atribuir a un Comité de Postulaciones Judiciales con representación de la sociedad civil organizada la función de postular a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, al Fiscal General y al Defensor del Pueblo mediante listas cerradas para su elección final por el Congreso Nacional. Este Comité estaría integrado por representantes de las Universidades Públicas y Privadas con Facultades de Derecho; de las Academias; de las iglesias; de los medios de comunicación social; de los empresarios y trabajadores y de las organizaciones no gubernamentales.
  • Crea la Sala Constitucional dentro de la Corte Suprema de Justicia con las máximas competencias de control constitucional.
  • Destinar un porcentaje mínimo de los ingresos nacionales al sistema de justicia.
  • Darle autonomía al sistema de justicia en la elaboración y ejecución de su presupuesto.
  • Otorgarle rango constitucional a los mecanismos alternativos de resolución de conflictos, tales como la justicia de paz y al arbitraje comercial.
  • Establecer la responsabilidad del Estado por error judicial.
  • Crear la figura del Defensor del Pueblo y redefinir las atribuciones de la Fiscalía como parte acusadora en los procesos penales.
  • Fortalecer el sistema de defensoría pública de presos para lograr un equilibrio procesal dentro del nuevo sistema acusatorio

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