Economía

Bono vacacional y utilidades deben incluirse en la declaración del ISLR

La totalidad de las remuneraciones vinculadas directamente al salario de los trabajadores y efectivamente cobradas en 2016, deben ser declaradas para el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), cuyo plazo vence el 31 de marzo.

El superintendente, José David Cabello, reiteró que dentro de estas remuneraciones se incluyen las bonificaciones regulares o estipuladas en los contratos colectivos, que son proporcionales al año laborado, como el bono vacacional y las utilidades.

Asimismo, deben contemplarse los denominados bonos eventuales, que son aquellos que obtiene el trabajador por desempeño, aportes o invención u otras actividades destacadas.

Las horas extras, contempladas en el artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta bajo el concepto de emolumentos o estipendios, también deben ser incluidas dentro del balance para la declaración definitiva de rentas ante el organismo recaudador, así como otras remuneraciones devengadas por el trabajador en forma permanente.

Quedan expresamente excluidos viáticos y bono de alimentación, de conformidad con lo previsto en el artículo 31 de la Ley de Impuesto sobre la Renta.

Según el artículo 104 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores, quedan excluidos del salario normal las percepciones de carácter accidental; al igual que las derivadas de la prestación de antigüedad; así como servicios de los centros de educación inicial, los reintegros de gastos médicos, farmacéuticos y odontológicos, las provisiones de ropa de trabajo, útiles escolares y de juguetes, el otorgamiento de becas o pago de cupos de capacitación, formación o de especialización y el pago de gastos funerarios.

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