Economía

Reservas internacionales hoy

En Marzo del 2006, José Guerra, Jesús Rojas D., Oscar García M. y yo emprendimos una acción por inconstitucionalidad contra la reforma a Ley del BCV ante el TSJ; tuvo una decisión adversa en enero 2011. Sobre el uso de las reservas internacionales (RI) dimos argumentos que hoy son de aún mayor interés nacional. Los resumo:

1)    1) Las autoridades monetarias puedan mantener reservas para preservar la confianza en la moneda y en la economía, o para satisfacer requerimientos legales propios del país. Según estén disponibles para su uso, estas son líquidas o negociables (por ejemplo, oro).

2)   2)  La literatura económica y las experiencias internacional han puesto en evidencia que la principal función de las RI es la de servir de respaldo a la circulación interna. Así ha quedado recogido en la Ley del Banco Central de Venezuela cuando señala que: “el Banco Central de Venezuela sólo podrá poner en circulación billetes y monedas metálicas a través de la compra de oro, divisas y la realización de las demás operaciones autorizadas por la presente ley” (artículo 101); y: “las monedas y billetes que regresen al banco por la venta de oro, de divisas o de otros activos o en pago de créditos, quedarán retirados de la circulación y no podrán volver a ella sino en virtud de nuevas operaciones especificadas en el artículo anterior” (artículo 102).

3)    3) Mantener las RI lejos de usos fiscales es la manera como se le impone una sana regla a la creación de dinero, a fin de proteger la economía contra las empobrecedoras consecuencias de la pérdida de valor de la moneda y de la inflación sobre el salario real del trabajador. La inflación también alimenta la incertidumbre sobre la estabilidad económica nacional y tiende a reducir las inversiones y la generación de empleos.

4)    4) Las RI buscan limitar la vulnerabilidad externa; la que puede surgir como consecuencia del colapso en los términos de intercambio, por la volatilidad de los precios del petróleo, o como resultado de crisis financieras internacionales que restringe el financiamiento internacional. 

El presidente Chávez busca un uso distinto de las RI en oro, como posible medio de “protección” ante sanciones de la comunidad internacional, sin explicar el por qué; y aspira a colocar las RI líquidas como garantía a los gobiernos de grandes países acreedores. Nada más distinto al uso que las naciones le dan a las RI.

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