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Desobediencia (350) y rebelión (333)

La MUD dio un paso muy importante al anunciar el 20 de este mes la aplicación de los artículos 350 y 333 de la Constitución en la lucha contra la dictadura de Nicolás Maduro.

Esos dos artículos son formas de expresión del derecho de resistencia contra la opresión y los gobernantes ilegítimos. El derecho de resistencia tiene un gran abolengo que brilló de nuevo en la Ilustración e influyó, no sólo en las revoluciones norteamericana y francesa, sino también en la independencia de Venezuela. El artículo 191 de la Constitución de 1811 dijo que cuando un Gobierno es “incapaz” de garantizar la felicidad y la seguridad del pueblo, “la mayoría de la nación tiene indubitablemente el derecho inajenable e imprescriptible de abolirlo, cambiarlo o reformarlo del modo que juzgue más propio para procurar el bien público”. Esa voz de los fundadores de la patria resuena en la Venezuela de hoy.

El artículo 350 constitucional consagra la desobediencia civil al disponer que el pueblo venezolano “desconocerá cualquier régimen, legislación a autoridad” que contraríe los principios democráticos o menoscabe los derechos humanos; y el artículo 333 ejusdem establece el deber-derecho a la rebelión cuando dispone que, ante la eventualidad de que la Constitución fuere derogada por un medio distinto al previsto en ella, “todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia”. Tales artículos son, respectivamente, la forma pasiva y la forma activa del derecho de resistencia.

Nadie duda, dentro o fuera del país, que bajo la dictadura de Maduro y su camarilla, con la deshonrosa complicidad del TSJ y el CNE, se ha dado un golpe de Estado a la Constitución y se pretende avanzar hacia la dictadura totalitaria con la fraudulenta convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente que aprobaría una Constitución de corte fascista-comunal. Sería, de llegarse a ese extremo, la muerte de la libertad y la democracia.

Para impedir eso es que la MUD decidió la activación de los artículos 350 y 333 de la Constitución. Su aplicación conjunta se materializa en la hoja de ruta ya anunciada, que contempla, entre otros puntos, el no reconocimiento de la autoridad y decisiones del actual régimen, mantener la protesta nacional permanente hasta lograr la restitución del orden constitucional, el nombramiento de nuevos Poderes Públicos y convocatoria a elegir un nuevo gobierno, rechazo del fraude constituyente en marcha que culminaría el próximo 30 de julio, organización en todo el país de comités del rescate de la democracia (CRD), no permitir el uso de escuelas y centros comunitarios para la violación de la Constitución, alcanzar un acuerdo nacional entre los actores políticos y los diversos sectores de la sociedad para la gobernabilidad y el establecimiento de los lineamientos de la Venezuela que viene, y el llamado a la Fuerza Armada Nacional a contribuir a la superación de la crisis que vivimos con el cumplimiento de su deber constitucional.

La historia nos espera.

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