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La CIDH y violaciones de Derechos Humanos en Nicaragua y Venezuela

Carlos Armando  Figueredo

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos publicó su Informe sobre “Graves Violaciones a los derechos humanos en el marco de las protestas sociales en Nicaragua “. Ese informe es consecuencia de la visita de una Comisión de la CIDH al país centroamericano en el que gobierna la dictadura de Daniel Ortega. La misma Comisión había aprobado el Informe del Panel de Expertos Internacionalessobre la comisión de crímenes de lesa humanidad en Venezuela, informe éste que Luis Almagro, Secretario General de la OEA, remitió a la Corte Penal Internacional (CPI). Los hallazgos de la Comisión que fue a Nicaragua y del referido Comité de Expertos son muy parecidos, pero la salvedad es que Daniel Ortega no puede se llevado a la CPI porque Nicaragua no es parte del Estatuto de Roma de la CPI, mientras que Maduro sí. Lo que sí se observa al leer ambos informes es que hay mucho más crueldad en los crímenes de Nicaragua.

A diferencia de Nicaragua vemos que, en el caso de Venezuela se produjo un informe del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en el que se dice que “existen sólidas razones para considerar una mayor implicación de la Corte Penal Internacional” por la comisión de crímenes de lesa humanidad cometidos por Maduro y su cadena de mando. Tal como se dijo antes, Ortega no puede ser llevado a la CPI.

En el resumen ejecutivo de la Comisión que viajó a Nicaragua, se dice lo siguiente:

“Los hallazgos de la visita de trabajo muestran que la violencia estatal ha estado dirigida a disuadir la participación en las manifestaciones y sofocar esta expresión de disenso político y que siguió un patrón común, caracterizado por: (a) el uso excesivo y arbitrario de la fuerza policial, (b) el uso de grupos parapoliciales o grupos de choque con la aquiescencia y tolerancia de las autoridades estatales, (c) obstáculos en el acceso a la atención médica de urgencia a los heridos, como forma de represalia por su participación en las manifestaciones, (d) un patrón de detenciones arbitrarias de jóvenes y adolescentes que participaban en protestas, (e) la difusión de propaganda y campañas de estigmatización, medidas de censura directa e indirecta, (f) intimidaciones y amenazas contra líderes de movimientos sociales e (g) falta de diligencia en el inicio de las investigaciones respecto de los asesinatos y lesiones ocurridos en el este contexto.”.

Por su parte, el Panel de Expertos Internacionales nombrado por el Secretario General de la OEA para determinar si en Venezuela se han cometido crímenes de lesa humanidad, expone:

“Al término de su evaluación y análisis exhaustivos del conjunto de evidencias, el Panel de Expertos Internacionales Independientes estima que existe fundamento suficiente, que satisfacelos criterios de prueba contemplados en el Artículo 53 del Estatuto de Roma, para considerar quelos actos a los que se ha visto sometida la población civil de Venezuela, que se remontan por lomenos al 12 de febrero de 2014, constituyen crímenes de lesa humanidad, de conformidad con loque establece el artículo 7 del Estatuto de Roma de la CPI.

Esos crímenes son los mismos denunciados por la Comisión de la CIDH en Nicaragua, en el informe antes citado, con la salvedad, tal como antes se ha dicho, que no dan lugar a que se acuse a Daniel Ortega ante la CPI.

Hasta ahora, la presión internacional para castigar a Ortega no ha sido tan sólida como la ejercida contra Maduro, pero todo indica que esa presión aumenta. Se ha pedido la presencia de una Comisión del la ONU en Nicaragua para investigar los delitos que allí están cometiendo Ortega y su cadena de mando, así como, al igual que en Venezuela, por parte de grupos de civiles armados afectos al gobierno. De darse la visita de esa Comisión que, hasta ahora Ortega ha negado, tal vez se produzca un informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos, tal como el referido a Venezuela.

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