El EditorialOpinión

Los golpes de estado judiciales

Bajo el gobierno de Nicolás Maduro, en Venezuela se está practicando una nueva modalidad de golpe de estado al utilizar al TSJ como el instrumento para «derrocar» a la Constitución, aboliendo las facultades de la Asamblea Nacional, maximo órgano de expresión de la voluntad popular; para tratar de destituir a la Fiscal General de la República, al convalidar una convocatoria ilegítima e inconstitucional a una Asamblea Constituyente corporativista; para permitir que el Presidente de la República gobierne de facto mediante de la renovación contínua de estados de emergencias que tienen su tipificación muy clara en la Constitución.

Ahora el golpe de estado no es el clásico contra el presidente y su gobierno, como ya intentaron contra el de Carlos Andrés Pérez, ahora atentan contra la voluntad popular y contra el orden democrático consagrado en nuestra Carta Magna.

Afortunadamente, la Constitución de 1999 establece su propio mecanismo de protección para impedir su derogación mediante actos ilegítimos y, como bien lo señaló la Fiscal General de la República, está consagrado en el art 333 que reza así : «Está Constitución no perderá su vigencia si dejara de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella.En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia.»

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