Opinión Nacional

El Copycat de la SGAE: SACVEN

Hace unos días me entero por Twitter que la Sociedad de Autores y Compositores de Venezuela (SACVEN), estuvo visitando ciertos locales comerciales en la ciudad de Caracas, notificando a los propietarios e inquilinos que al poseer un radio (AM/FM) en el respectivo local, estarían violando derechos de autor por divulgación no autorizada de material protegido, por lo que debían afiliarse a la sociedad.

Esto no es extraño y desde hace algún tiempo se predecía que en Venezuela comenzarían de manera sutil con esta actitud. En la SACVEN no son precisamente intelectuales ni eruditos, hablando en términos jurídicos y logísticos, sencillamente pareciera que están tomando, una posición tipo Copycat de la gran empresa española SGAE.

Ya en diversos artículos he comentado sobre la SGAE y sus prácticas violatorias a los derechos humanos y a los preceptos básicos del derecho. Por ejemplo la violación de la presunción de inocencia al establecer un canon legal (pero violatorio) sobre cualquier dispositivo que almacene y/o reproduzca (cd/dvd, cd/dvd rom y player, mp3, celulares, impresoras, tintas, etc.); introducir espías en bautizos, quince años, bodas, conciertos benéficos y otros, con el fin de cancelarlos si existen violaciones a los derechos de autor; repartir exorbitantes cantidades de dinero que les ingresa por el canon bajo criterios sumamente extraños e ilógicos; entre otras muchas cosas.

Ahora bien, pareciera que este “wanna be” de la SGAE quisiera comenzar a introducir determinadas conductas en Venezuela de carácter ambiguo, prueba de ello la supuesta fiscalización de dichos locales.

Todas las emisoras de radio en Venezuela cancelan un pago por los derechos de transmisión de la música que conforma su catalogo, aunque en la mayoría de las veces son los mismos artistas quienes ceden estos derechos para lograr los rankings y la publicidad. En los derechos que las emisoras de radio cancelan se incluye el derecho de radiodifusión, por lo que cualquier persona que tenga un radio receptor puede sin mayor problema escuchar dicha señal y lo que en ella se transmita. Al venir la SACVEN a pretender alertar a los propietarios e inquilinos sobre el uso de radios en su interior y así coaccionarlos a la afiliación, se estaría imputando falsamente a dichos propietarios de un acto no penado. ¿Que pasaría entonces si estoy en mi carro con música a todo volumen? ¿Me tengo que suscribir a SACVEN?.

Cito –y respondo- las preguntas que una de las personas afectadas se hizo frente a esta irregular situación:
¿Afiliarse para qué exactamente, si la tienda no está ligada al ramo artístico-musical?; ¿Deben pagar derechos por la música que la emisora de radio transmite/difunde (énfasis aquí), aunque esta no esté relacionada con la tienda?.

Para nada, puesto que la tienda está utilizando el espectro radioeléctrico de la emisora de radio, quien previamente ha cancelado un 0,30% sobre el 60% de la facturación bruta anual declarada por ella ante CONATEL a la SACVEN. (siempre y cuando no haya negociado privadamente y directamente con el artista o su representante los derechos de radiodifusión). También puede ocurrir que la emisora cedió la representación de sus derechos a SACVEN, pero ahí entramos en un plano distinto, pues la emisora debió hacer público su contrato de uso y así dejarle la opción al usuario de si la escucha o no y verificar si los derechos que le fueron cedidos le permite restringirlos al mismo tiempo. A todo esto, ¿cuál es el catalogo oficial de SACVEN o acaso están cobrando por escuchar canciones de The Beatles sin darle su taja a Yoko Ono?.

¿Eso también incluye la música (CDs o mp3) que las encargadas de la tienda coloquen dentro del local -adquirida legalmente- aunque no se lucren por ello?
En este punto la situación es diferente, puesto que los cd y/o mp3 u otro formato se encuentran protegidos por los derechos de autor y copyright. Ahora bien, la única persona que puede alegar las violaciones a los derechos de autor son el mismo autor o un representante y así debe indicarse para poder sancionar a alguna tienda. En caso de música bajo licencia Creative Commons nadie puede prohibir su reproducción. (ahora habría que ver si SACVEN sabe que es CC.)
¿Si la tienda tiene una cuña en la radio y la quieren monitorear (y aprovechar que los eventuales clientes la escuchen), cómo hacen?.

Fácil, SACVEN hace un Jedi Mind Trick.

Bajo ningún concepto estamos justificando las violaciones de los derechos de autor en este breve artículo, sino reiterando que hay determinadas conductas, mal amparadas por diversas leyes, que buscando la protección de un derecho perjudican al colectivo a largo plazo. La filosofía de la colaboración ha demostrado frutos en un corto plazo, prueba de ello es la Internet, que no sería lo que hoy en día es sin el aporte de sus usuarios. También debemos recordar los recientes casos de artistas que han demostrado ganar mayor numero de fans (e ingresos en muchos de ellos) cediendo los derechos de difusión de sus obras.

Esto nos debe llamar a la reflexión de manera inmediata, pues el hecho de que estén dando este paso inicial, podría hacernos presumir que luego tomarían medidas con los proveedores de internet y los p2p y por ultimo una posible implementación de un canon ilegal.

¿No sería conveniente que la SACVEN hiciera público los pagos de los partidos políticos con ocasión al uso de música en los mítines y marchas?
Para finalizar, si la SACVEN pretende realizar una verdadera y legitima lucha en pro de los derechos de autor, les recomiendo que antes de atacar al ciudadano por actos que la costumbre podría justificar, comiencen en defender a los artistas nacionales, que en muchos casos son víctimas de contratos de adhesión totalmente perjudiciales para sus carreras y después de ello vayan y erradiquen el fenómeno de los buhoneros; esas son las verdaderas conductas violatorias de los derechos de autor, no sancionar a quien escucha en una panadería a Simón Díaz.

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