Opinión Nacional

Excluídos, rechazados y arrepentidos

El Consejo Nacional Electoral (CNE), en franca violación a los derechos ciudadanos, resolvió excluir y rechazar un importante número de firmas (por encima de las trescientas mil) de ciudadanos que solicitaron el Referéndum Revocatorio presidencial. Sin dar explicación alguna, y lo que es peor, negándose de manera arrogante a exponer las razones por que se excluyen o se rechazan estas firmas, el rector Rodríguez, dijo que en estos casos ya no había regreso y que aquellos que firmaron en los sitios designados,
estando inscritos en Registro Electoral, hoy no existen o no están en condiciones de condiciones de ejercer el derecho que consagra el Artículo 72 de la Constitución, sólo por que lo dice el rector Rodríguez (Rodríguez dixit). Lo cierto del caso es que todo ciudadano que recurre a cualquier organismo del estado, a presentar cualquier tipo de solicitud, tiene derecho a obtener de dicho organismo “una oportuna y adecuada respuesta”; es el derecho de petición que consagra el Artículo 51 del texto constitucional.

Para los ciudadanos “excluidos y rechazados”, este derecho parece que no existe y faltando escasos días para dar inicio a este proceso de reparos, estos ciudadanos se quedaran si poder ejercer su derecho y sin saber porqueno lo pueden ejercer.Lo lógico y lo natural hubiera sido que el CNE hubiere publicado los listados de TODAS las personas que firmaron, y quien se sintiere “víctima de fraude”, por aparecer en las listas sin haber estampado su rúbrica, hubiere acudido al reparo, para exigir que se le excluyera; para esto es que estaban previstos los reparos en la normativa electoral. Pero no, como había que cumplir la “orden” de eliminar dos millones de firmas, había entonces que inventar engorrosos y costosos mecanismos de reparo, que dificultaran al ciudadano el ejercicio de sus derechos, comenzando con una decisión inconstitucional de rechazar y excluir sin ningún motivo, un lote de firmas bien representativo.

Otra historia es la que ocurre con los “arrepentidos”. En reiteradas ocasiones se ha dicho que personas que firmaron solicitando el Referéndum Revocatorio presidencial, pueden ahora acudir a retirar su firma, sin importar el motivo de esta decisión. Nada más falso que esto. La previsión de la normativa electoral en estos casos, es para aquellas personas que aparecen como firmantes, no habiéndolo hecho. Quien sometido a las presiones que ya sabemos existen en los organismos públicos, acuda a retirar su firma habiendo firmado, debe saber que puede incurrir en el delito de falsa atestación, contenido en el Artículo 321 del Código Penal, para el cual se prevé pena de prisión de tres a nueve meses. De tal manera,es conveniente pensar bien lo que se vaya a hacer y que estemos claros que la impunidad con la que juegan los funcionarios del régimen, no es
eterna,como eterno no es el régimen.

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