Opinión Nacional

Justicia Internacional, cooperación y legitimidad

Con el establecimiento de un novedoso orden jurídico mundial los distintos países han buscado la manera de hacer prevalecer la justicia dentro la sociedad en su conjunto, mas específicamente en el caso de los Derechos Humanos, es así que nace el Derecho Internacional, y con éste, un grupo de sistemas que se establecen en los distintos bloques continentales, a fin de cubrir y hacer cumplir los parámetros legales que las naciones por si solas no pueden solucionar, dando paso a un innovador pero ingenioso ordenamiento jurídico internacional, basado principalmente en la defensa y protección de los derechos y deberes del hombre, representados tanto por el Estado como por el individuo.

Es así que organismos judiciales supranacionales como La Corte Penal Internacional, La Corte Interamericana de Derechos Humanos, La Corte Internacional de Justicia, El Tribunal de Justicia Europeo, entre otros, son espacios que dentro de su campo de desarrollo y especialidad, vienen a realizar una de las labores de aplicación admirable de la justicia equitativa, mas allá de lo que pudieran alcanzar los sistemas nacionales, en un mundo visiblemente afectado por los desmanes y atrocidades de algunos individuos que ostentan el poder, y de gobiernos que se encuentran en franca amenaza a la paz que requiere la sociedad mundial. La cual es primordial y necesaria, aun por encima de cualquier soberanía que pueda tornarse problemática. Por ello, existen derechos fundamentales del hombre, que deben ser respetados y susceptibles de castigo a quien ose perturbarlos (Karadzic, Milosevic, Taylor) en cualquier escenario de nuestra esfera global.

Es de considerar, que no es comprensible que con la creación de estos órganos, existan países que no acepten la competencia de dichas instituciones, y por el contrario decidan alejarse del sistema de protección de derechos humanos, creando con mucha ilógica, muros burocráticos que deberán ser saltados, para que la sociedad global conozca que sí existe un mecanismo efectivo de protección y promoción de los derechos humanos, sea cual sea el ejemplo a utilizar, pues todos somos parte e impulsores para cumplir con su finalidad efectiva, y por ello, se requiere de nuestro esfuerzo continuo para consolidarlos y difundirlos, hasta el grado en que estos organismos de protección, adquieran la solidez suficiente, para que ningún gobierno tenga la capacidad de zafarse de su fuerza obligatoria, dejando de lado cualquier pensamiento desafiante y desconocedor de su autoridad.

Aunque el logro de la justicia internacional es una conquista arrancada a lo largo de los años con sangre, sudor y lágrimas por la ciudadanía, frente a la celosa soberanía de los Estados, paradójicamente la finalidad de la justicia internacional es el ideal de no utilizarle de lleno a mediano y largo plazo. Pero la necesidad de su creación fue especialmente imperiosa, ya que su desarrollo vertiginoso se produce desde el final de la segunda guerra mundial hasta el inicio del nuevo milenio, y es que especialmente el siglo XX se convirtió en un espacio violatorio de todo tipo de garantías fundamentales, por lo que desde la óptica de los derechos del hombre, se erigen los órganos de justicia supranacional como nuevos protagonistas de las dinámicas nacionales e internacionales. La globalización y sus elementos también han influido en la extensión de una lenta pero al fin y al cabo, global justicia.

Una vez admitida su innegable y agradable existencia, sería deseable que se invoque lo menos posible, pero siempre acertando en la oportunidad de sus beneficios, ya que durante el ciclo de su legitimidad puede servir de ejemplo e insignia, para que las justicias nacionales actúen a carta cabal. El principio de jurisdicción universal no existiría si los gobiernos y los jueces de cada nación cumplieran con sus obligaciones, en la persecución de delitos y de tolerancia cero a la impunidad, los tribunales regionales de derechos humanos no tendrían razón de ser si las violaciones fueran reparadas íntegramente, y los responsables castigados en la esfera nacional, los países no serían declarados como internacionalmente responsables de violaciones cometidas por sus servidores públicos, si contaran con un eficaz sistema de depuración de responsabilidades a través de tribunales independientes. En fin, el mundo ha querido involucrarse en el proceso de cooperación y legitimación continua de la ley, por tal motivo, se celebra la existencia de la justicia internacional en sus diferentes presentaciones, transformándose en factor de orden y armonía en la diversidad de sus sociedades, y quizás, en algunos casos resulta la única forma de hacer valer aquella vieja frase de Montesquieu: La ley debe ser como la muerte, que no exceptúa a nadie.”

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