Opinión Nacional

La Ley para La prohibición de videojuegos bélicos y juguetes bélicos o como aburrirle la vida a un adulto en 14 Pasos.

Como muchos se habrán enterado por la prensa, acaba de entrar en vigencia la Ley Para La Prohibición De Videojuegos Bélicos Y Juguetes Bélicos (LPVJB), ley bastante particular y por qué no decirlo, que raya en lo absurdo.

El espíritu del Legislador, que una vez mas evidencia que es un desalmado, quedo resumido en catorce (14) artículos, plasmando el por qué de la norma en su artículo 4º, donde señala una serie de principios que buscan la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la protección y desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes para la construcción de esa sociedad justa.

A los fines de garantizar los principios antes señalados, la ley establece lo siguiente:

“Articulo 1º – Objeto de la ley – Esta Ley tiene por objeto prohibir la fabricación, importación, distribución, compra, venta, alquiler y uso de videojuegos bélicos y juguetes bélicos.”

“Artículo 3 º -Definiciones – A los efectos de la presente Ley se entenderá por:

1. Videojuegos, bélicos: aquellos videojuegos o programas usables en computadoras personales, sistemas arcade, videocónsolas, dispositivos portátiles o teléfonos móviles y cualquier otro dispositivo electrónico o telemático, que contengan informaciones o simbolicen imágenes que promuevan o inciten a la violencia o al uso de armas.

2. Juguetes bélicos: aquellos objetos o instrumentos que por su forma, imitan cualquier clase de arma a las utilizadas por la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, las que figuran como armamento de guerra de otras naciones, las de los órganos de seguridad ciudadana o cuerpos de seguridad del Estado u otras armas; así como aquéllos que, aun sin promover una situación de guerra, establecen un medio de juego que estimula la agresividad o la violencia.”

Visto lo antes transcripto, las personas que tienen el habito de coleccionar replicas de armas de guerra, deben inmediatamente abandonar dicha actividad, ya que estas califican de juguetes bélicos.  En este punto estoy de acuerdo en la prohibición de venta de dichas replicas, no por considerarlas peligrosas en el desarrollo del individuo en la sociedad, sino porque con ellas nos atracan en la calle a diario. Las clásicas pistolitas de plástico que se les colocaba una cinta que simulaba la detonación de una bala quedan prohibidas con la promulgación de la ley, así como esos queridos kits de sheriff que todos queríamos cuando éramos niños. Ahora bien, ¿qué juego aun sin promover una situación de guerra, establecen un medio de juego que estimula la agresividad o la violencia?, en mi criterio podría ser un bate de beisbol, una raqueta de tenis, una pelota de futbol, bombas y pistolas de agua, etc., en conclusión, todo lo que el niño le pueda pegar a alguien por la cabeza podría señalarse como un objeto que promueve la violencia, basta ir un día a un jardín de infancia y ver a los niños pelear por un juguete.

Con lo que respecta a los videojuegos, habría que agregar el ordinal 4º del artículo 4 de a LPVJB, el cual dice:

“Artículo 4 – Principios fundamentales – Son principios fundamentales de esta Ley:

(…omissis…)

4. Todo videojuego y juguete debe promover el respeto a la vida, la creatividad, el sano entretenimiento, el compañerismo, la lealtad, el trabajo en equipo, el respeto a la ley, la comprensión, la tolerancia, el entendimiento entre las personas y el espíritu de paz y la fraternidad.

(…omissis…)”

Esto es muy subjetivo, ya que por ejemplo Super Mario Bros. podría quedar como un juego de patanes genocidas, que sistemáticamente buscan acabar con un grupo determinado -los honguitos y las tortuguitas- con el solo y único objeto de rescatar a un miembro de la nobleza, mientras que Call of Duty, juego ambientado en la Segunda Guerra Mundial, podría quedar como el digno ejemplo de un ciudadano integro y a dedicación de la patria, o acaso ¿los combatientes no demostraron compañerismo, lealtad, trabajo en equipo, respeto a la ley, comprensión, tolerancia, entendimiento y fraternidad con el único objetivo de restaurar la paz en el Mundo? ¿No son estos los mismos principios que rigen a las fuerzas armadas de un Estado soberano?

Considero que es noble que se busque garantizar un ambiente de paz y se trate de salvaguardar a los niños a niveles exagerados de violencia, pero la prohibición absoluta de importación y venta me parece en realidad un punto extremo. En mi caso soy fanático a juegos de estrategia (simulaciones de combates a gran escala) y de ciencia ficción (Star Wars: Lightsaber que pican a gente por la mitad) y estos no están exentos a niveles altos de violencia, pero a diferencia de otros yo no tengo hijos, ni sobrinos ni menores de edad que puedan ser víctimas de estos nuevos tipos de delitos, ¿entonces por qué se me priva de mi libre albedrío aun cuando soy un ciudadano mayor de edad? ¿No puedo comprar videojuegos clasificados como violentos pero si pornografía, sex toys y  verdaderas armas letales en compañías del mismo Estado (Ej. CAVIM)?

El otro aspecto que me parece totalmente incongruente, es que el legislador debió haberse documentado un poco más en lo que es el negocio de importación, distribución y venta de videojuegos en nuestro país. Es de conocimiento público que en Venezuela la gran mayoría de las importaciones de video juegos se hacen de manera digital, es decir, se bajan de internet. La distribución y venta de los mismos se hacen en la calle, específicamente en los comerciantes informales conocidos como Buhoneros, por lo tanto si la eficacia de esta ley se va a comparar a la eficacia de la ley de Derechos de Autor no se esta haciendo nada. Igualmente, cuando las autoridades verifiquen la venta de videojuegos bélicos en los stands de los Buhoneros tendrían inmediatamente por flagrancia que procesar al vendedor por evasión de impuestos, no emisión de factura legal, conspiración, toma ilegal de electricidad, violación de derechos de autor y hurto digital, todas actividades sancionadas por las leyes Venezolanas.

Con respecto a las sanciones, también se puede evidenciar una desproporción en la pena a quienes importen, fabriquen, vendan, alquilen o distribuyan videojuegos bélicos o juguetes bélicos, de 3 a 5 años de prisión, la misma pena por porte ilícito de armas (de verdad, no de plástico). Esto mismo aplica para cualquier ciudadano que traiga en su maleta de viaje un videojuego o un juguete considerado por la ley como bélico. Un dato curioso es que los sancionados con prisión por porte ilícito de armas son muy pocos y por lo general se les condena a un régimen de presentación cuando no poseen antecedentes penales.

Sin lugar a dudas el legislador no reflexiono bien la naturaleza jurídica y social de esta ley, pues lo correcto, si su verdadera intención era proteger la integridad del menor y de la familia en general, era aplicar reglas impuestas ya en otros países, como es el caso de la clasificación de los videojuegos. En Estados Unidos, Europa y Japón, existen igual que en la industria del cine, una clasificación según el nivel de violencia y la edad del consumidor final de estos productos, liberando así de responsabilidad al comerciante y transfiriéndola al mismo tiempo a los representantes legales del menor.

En conclusión debo admitir que la intención de la norma es noble, pues nadie puede negar la necesidad de proveer a la familia venezolana y al menor de unos esquemas morales y de conducta libres de violencia irracional, pero creo que deberíamos empezar por mejorar la seguridad en las calles, inseguridad al que el niño y su núcleo familiar se encuentran expuestos día a día y que es más real que cualquier personaje de ficción y aun mas cuando el niño expuesto vive en estado de indigencia y es verdaderamente maltratado por la sociedad y el Estado que se jacta de protegerlo. Nos vemos en PONG!

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