Opinión Nacional

La regulación de márgenes genera distorsiones en costos e inversiones

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Los controles de rentabilidad suelen generar distorsiones en los incentivos de inversión, en la asignación de recursos, en la contratación de factores productivos y en los costos incurridos. La literatura económica, tanto la teoría económica de la de regulación como los trabajos empíricos sobre la instrumentación de regulación de rentabilidades a lo largo de la primera mitad del siglo XX documenta, suficientemente, este problema de la regulación de rentabilidades.

La regulación de márgenes adolece de tener que determinar, generalmente Ad Hoc, de forma arbitraria o política, cuál es la base sobre la que se reconocerá la rentabilidad. Asimismo, requiere determinar cuál es el nivel de rentabilidad que debería garantizarse para que se desarrolle la actividad económica, trátese de producción, importación, transporte, distribución y comercialización final. Respecto a esta determinación ya hemos insistido que encuentra justificación sólo posteriormente a la determinación de la existencia de un monopolio natural, caso por caso y nunca de forma irrestricta sobre todos los agentes económicos porque constituiría una sanción previa. Luego, debería determinarse cuál es el nivel de precios que garantiza realizar una rentabilidad sobre el capital invertido que cuando menos remunere el capital (WACC).

Sin embargo, en este artículo queremos prestar especial atención al potencial distorsionador de las regulaciones de rentabilidades, hecho que condenó a este mecanismo de regulación al desuso a nivel mundial. La fuente de distorsión provendría del problema de asimetría de información, especialmente de selección adversa, antes de fijar los “precios justos”, por medio de la selección de la base de remuneración, en un esquema de cost-plus –la estructura de costos-, como lo asoma la doctrina de la SUNDECOP y la redacción de la Ley Orgánica de Precios Justos (Artículos 29 y 32).

En la medida que el consumidor no sea uno de los drivers respecto a los insumos y factores a contratar –por medio de sus gustos, preferencias y disponibilidades de pago- y no sea la regla de la relación de productividad marginal por unidad monetaria invertida en los factores, los determinantes fundamentales de la contratación de factores e insumos; se podría generar una contratación de factores y una estructura de costos ineficientes económica y socialmente.

En la medida que el regulador, arbitrariamente, vía reconocimiento o no de los distintos conceptos de costos en su ejercicio de cost-plus, sea quien determine la estructura de costos; cambiará los esquemas de incentivos hacia la contratación de factores, insumos, recursos e incluso la diferenciación de los productos que realizan las empresas con la intención de atender a los consumidores. Lo anterior siempre y cuando no se pincen márgenes, viole la restricción de participación de los oferentes, o se desconozca insumos, costos o gastos fundamentales que pudieran condenar al producto y a su oferta.

Así las cosas, las distorsiones generadas por regulaciones de rentabilidad lesionan el interés público, primero, por lesionar la eficiencia económica y segundo por lesionar, la soberanía del consumidor. Lo anterior resulta suficiente como para que organizaciones de asociacionismos de consumidores, entre otras, exijan cambios en esta política regulatoria.

Para imprimir microfundamentos a lo expuesto anteriormente, presentamos una explicación del efecto Averch-Johnson, que consiste en el efecto negativo y la ineficiencia que genera la regulación de rentabilidades en la contratación de factores productivos.

Efecto Averch-Johnson o Sobre Capitalización de las Empresas Reguladas:

Una empresa que tiene que cumplir un nivel de oferta, producción o que tiene que proveer un nivel de servicios y se le deja actuar a favor de sus objetivos (maximizar sus ganancias por medio de la reducción de los costes) posee la siguiente función objetivo:

 

Max    r K + w L

 

s.a     F(K,L) = q

 

El lagrangeano es: ℓ = r K + w L + λ (F(K,L) – q )

 

∂ℓ = r + λ ∂F = 0 ;  ∂ℓ = w + λ ∂F = 0                  C.P.O.

∂K            ∂K         ∂L              ∂L

 

Despejando λ, tenemos:

 

λ = – r / (∂F/∂K)  ;  λ = – w / (∂F/∂L)

 

∂F/∂K = Fk = Productividad Marginal del Capital

 

∂F/∂L = Fl = Productividad Marginal del Trabajo

 

– r / (∂F/∂K)  = – w / (∂F/∂L)                   – r / Fk  = – w / Fl

 

Fk / Fl = r / w

 

Este sería el resultado de equilibrio si a las empresas las dejaran simplemente minimizar los costes a la hora de cumplir con un nivel de oferta determinada. La condición que minimiza el coste de proveer la cantidad de bienes establecida en la restricción resulta ser la relación de las productividades marginales de los factores igualada a la relación de precios de los mismos.

Sin embargo, cuando al proveedor del servicio se le impone una tasa de rentabilidad, por ejemplo, sobre el capital invertido en la actividad económica, se envían incentivos que distorsionan las decisiones de las empresas.

Ahora veremos un caso extremo de un monopolista regulado, al que el regulador le permite una tasa de rentabilidad específica sobre el capital, s, mayor que r, donde r es la tasa de rentabilidad sobre el capital:

 

Max ∏ = F(K,L) P [F(K,L)] – wL – rK

 

Sujeto a: P[F(K,L) F(K,L) – wL = s = La tasa de rentabilidad Máxima Regulada

                                K

 

El lagrangeano queda: ℓ = F(K,L)P[F(K,L)] – wL – rK – λ[P[F(K,L) F(K,L) – wL – sK]

 

∂ℓ/∂K = ∂P  ∂F  F + P ∂F – r – λ (∂P ∂F F + ∂F P – s ) = 0                     C.P.O

                ∂F  ∂K           ∂K               ∂F ∂K       ∂K

 

∂ℓ/∂L = ∂P  ∂F  F + P ∂F – w – λ (∂P ∂F F + ∂F P – w ) = 0                    C.P.O

                ∂F  ∂L           ∂L                   ∂F ∂L       ∂L

 

Simplificando al sacar factor común:

 

∂F/∂K [∂P/∂F F + P – λ ∂P/∂F F – λ P] = r – λ s

 

∂F/∂L [∂P/∂F F + P – λ ∂P/∂F F – λ P] = w – λ w

 

Dividiendo ambas expresiones se obtiene:

 

(∂F/∂K)/( ∂F/∂L) = (r – λ s)/(w – λ w)

La expresión anterior constituye la condición de equilibrio del monopolista regulado por medio de una tasa de rendimiento. La idea sería compararla con la condición de equilibrio minimizador de costes del monopolista sin ningún tipo de regulación de rentabilidad (calculada anteriormente como Fk/Fl=r/w).

[r (1 – λ) + λr – λs ]/[w (1 – λ)] = r/w – [λ/(1 – λ)][(s – r)/w]

 

 


Fk/Fl = r/w – (λ/(1 – λ)) (s – r)/w < r/w

 

Este tipo de regulación de rentabilidades distorsiona la escogencia de factores, ya que la relación de precios que minimiza los costes es r/w. De hecho se estaría sobre-capitalizando al sector:

Fk/Fl < r/w

 

Fk/r < Fl/w

 

Director de Centro de Estudios y Análisis de Políticas Públicas y Regulatorias www.ceapre.com

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