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¿Política del odio u odio en la política?

La tozudez de la ANC, busca aprestarse al hecho pírrico de actuar con base en
suposiciones que tienden a generar ambientes de sectarismo,
aversión y conflicto.

La pretensión revolucionaria con la cual el alto gobierno venezolano ha buscado someter al ciudadano de pensamiento libre, está erigida sobre criterios irracionales. Particularmente, al advertir que dicho problema, dada su contrariedad, provoca el insensato criterio de presumir la capacidad de graduar y evaluar sentimientos. Estos gobernantes de ocasión no comprenden que los sentimientos expresan emociones que vivencian la conciencia reguladora del estado anímico del ser humano. Y eso los hace imposible de evaluar o medir.

En medio de tan conspirativo absurdo, el gobierno central, valiéndose del carácter subordinado de la dolosa ANC, viene desmontando el texto constitucional al rebatir directa e indirectamente principios y valores que pautan algunos preceptos. Sobre todo, aquellos contenidos en el título dedicado a exaltar y promover los “derechos humanos, garantías constitucionales y deberes”.

Ahora, el régimen, lejos de asentir la condición de “Estado democrático y social de Derecho y de Justicia”, prescrita constitucionalmente al exhortar mecanismos de defensa y desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad que comprometen la “construcción de una sociedad justa y amante de la paz”, presume de una extraña facultad para calcular y sancionar impulsos de sensibilidad hacia aquello imaginado como positivo o negativo.

De todo ello, pareciera que el régimen ha sumado otro propósito a la lista de objetivos supremos que configuran su “Plan de la Patria”. La lucha por entender el bien y el mal, ha ocupado el tiempo de los constituyentistas cuyo “poder plenipotenciario y soberano” les permitió demostrar la mágica potestad de actuar sobre el profundamente humano sentimiento de “odio”.

El concepto de “Estado de justicia” que plantea la consolidación de los valores de la libertad, de la paz, la solidaridad o el bien común, y que asegura la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna, así expuesto en el preámbulo de la Carta Magna todavía vigente, queda reducido a consideraciones vacías. A una escueta disposición sin mayor sentido. Todo, a consecuencia de haber sancionado la ilegítima ANC una ley aducida contra el odio, por la convivencia pacífica y la tolerancia. Craso modo de animar la concordia y la condescendencia. Absolutamente contraindicado e írrito.

Tan ortodoxo criterio establecido sin fundamento alguno por la ANC, no evidencia otra cuestión diferente de una decisión política que remeda equivocadamente lo contrario a lo que establece la psicología social cuando trata problemas de revanchismo entre facciones que detentan poder de la manera más arbitraria posible. Es posible que los “constituyentistas” de quien dependió la susodicha imposición, no han leído el libro: Los Cuatro Acuerdos, del médico e investigador Miguel Ruíz. De haber leído mensaje implícito en el segundo y tercer acuerdo, habrían comprendido que cuando se acusa de odio a una persona, es porque ese odio calumniado y aludido en otro, pone al descubierto el sentimiento de odio de quien presume de acusador. Así es, luego de reconocer que lo que no forma parte de la conducta, no molesta por cuanto la persona no conoce sus implicaciones.

Dicho con otras palabras: acusar a otro de cualquier conducta denigrante, es referir el defecto o problema de conducta a modo propio. Todo así sucede, pues el inconveniente aducido está contenido en las creencias, conceptos u opiniones de quien inculpa. Y que a decir de la cuestionada ley, es quien se arroga el poder de sancionar al presumir que otro venezolano está expresando odio. Como si tan complejo sentimiento pudiera evaluarse cuantitativamente para así tener las pruebas suficientes para aplicar las sanciones que la ley dispone.

Estos personajes de marras, desde la tozudez de la ANC, buscan aprestarse al hecho pírrico de actuar con base en suposiciones que tienden a generar ambientes de sectarismo, aversión y conflicto. No han advertido que ejercer el poder con leyes de tan controvertida inconsistencia jurídica, es suponer el odio como conducta política. Más, por lo que significa la aplicación de una ley cuya incongruencia funcional permite no sólo el abuso apoyado en la fuerza y violencia política. También, en el equívoco criterio de ver y oír lo que políticamente se quiere a fin de evitar posturas y acciones que contravengan imposiciones gubernamentales. Por eso, dicha ley pretende actuar haciendo suposiciones sobre suposiciones por cuanto ello constituye una manera de arrasar a contramarcha lo que al régimen le impide enquistarse en el poder sin más razones que la arbitrariedad y la mentira.

El peligro que implica aplicar tan absurda normativa, es patente. Sobre todo, en tiempos en que confundir y dividir se convirtió en recurso de poder político. Porque como asevera un aforismo que, no por anónimo, está envuelto en una gran verdad: “cuando todos los odios han salido a la luz, todas las reconciliaciones son falsas”. O fue que la humanidad se vino abajo desde el momento en que el interés por la unidad política se alcanza, cuando se comparten los mismos odios antes que compartir un mismo amor. O acaso el país quedó atrapado en el escarceo entre una ¿política del odio u odio en la política?

“Cuando la tiranía no consigue imponer su ideología con base en abusos convertidos en leyes, acendra la intriga mediante el odio sembrado en sus adversarios pues en ello consigue la forma más cruel de reducirlos a la nada»

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