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¿La información en computadores de las FARC como prueba de complicidad en delito de lesa humanidad?

Carlos Armando Figueredo Planchart

Lunes, 31 de marzo de 2008

Con motivo de la muerte del comandante Devia, alias Raúl Reyes, en la acción del ejército colombiano en la zona de Putumayo, en campamento de las FARC en Ecuador, los cuerpos de inteligencia de Colombia recuperaron computadores con información sumamente valiosa para determinar las acciones de los terroristas y sus contactos con el extranjero.

A raíz del reclamo del reclamo del presidente Correa por la violación de la soberanía ecuatoriana sobre su territorio, de la ruptura de relaciones con Colombia por parte de Ecuador, Venezuela y Nicaragua, parecía que el presidente Uribe y el gobierno colombiano se hallaban en una situación muy difícil frente a los países miembros de la OEA y la comunidad internacional. Pero, al igual de lo que sucedió con el operativo liberación de Consuelo González, Clara Rojas y su hijo Emmanuel, Uribe tenía una carta bajo la manga.

Antes de la reunión del Grupo de Río en Santo Domingo, evento éste del que, según se pensaba, Uribe iba a salir muy mal parado, el gobierno colombiano jugó otra carta que tenía reservada: el contenido de los discos duros de los computadores de alias Raúl Reyes. Se reveló que allí había información sobre los nexos de las FARC con los gobiernos de Venezuela y Ecuador. Se decía que Hugo Chávez había recibido dinero de las FARC cuando se hallaba detenido por la rebelión de febrero de 2002; que Chávez se había comprometido a entregarle $300 millones a la narcoguerrilla colombiana; que las FARC habían financiado la campaña electoral de Correa en Ecuador. Uribe dijo que pensaba en una acusación en contra de Chávez, ante el Tribunal Penal internacional, por complicidad en delito de lesa humanidad. El desarrollo de la reunión del Grupo de Rio en Santo Domingo, de la que se dijo que había eliminado el peligro de confrontación bélica y que habría el camino para el entendimiento, tuvo como consecuencia que Uribe declaraba que no iba a insistir en la acusación ante el Tribunal Penal Internacional.

Ahora bien, uno se pregunta si una acusación como la que se había insinuado tiene asidero jurídico y posibilidades de prosperar. Para responder, veamos lo que dice el Estatuto de Roma, cuando tipifica el delito de lesa humanidad:

Artículo 7. Crímenes de Lesa Humanidad.-

1. A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por "crimen de lesa humanidad" cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque:

a) Asesinato;

b) Exterminio;

c) Esclavitud;

d) Deportación o traslado forzoso de población;

e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional;

f) Tortura;

g) Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada u otros abusos sexuales de gravedad comparable;

h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género definido en el párrafo 3, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el presente párrafo o con cualquier crimen de la competencia de la Corte;

i) Desaparición forzada de personas;

j) El crimen de apartheid;

k) Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.

Es indudable que no se le puede imputar al presidente Chávez la comisión del crimen de lesa humanidad a título de autor ya que no lo ha cometido, bajo ninguno de los supuestos arriba citados. Pero uno se pregunta si no se le puede imputar el crimen a título de complicidad. Veamos lo que dice el Estatuto de Roma:

Artículo 25

Responsabilidad penal individual

1. De conformidad con el presente Estatuto, la Corte tendrá competencia respecto de las personas naturales.

2. Quien cometa un crimen de la competencia de la Corte será responsable individualmente y podrá ser penado de conformidad con el presente Estatuto.

3. De conformidad con el presente Estatuto, será penalmente responsable y podrá ser penado por la comisión de un crimen de la competencia de la Corte quien:

a) Cometa ese crimen por sí solo, con otro o por conducto de otro, sea éste o no penalmente responsable;

b) Ordene, proponga o induzca la comisión de ese crimen, ya sea consumado o en grado de tentativa;

c) Con el propósito de facilitar la comisión de ese crimen, sea cómplice o encubridor o colabore de algún modo en la comisión o la tentativa de comisión del crimen, incluso suministrando los medios para su comisión ;

d) Contribuya de algún otro modo en la comisión o tentativa de comisión del crimen por un grupo de personas que tengan una finalidad común. La contribución deberá ser intencional y se hará :

i) Con el propósito de llevar a cabo la actividad o propósito delictivo del grupo, cuando una u otro entrañe la comisión de un crimen de la competencia de la Corte; o

ii) A sabiendas de que el grupo tiene la intención de cometer el crimen ;

e) Respecto del crimen de genocidio, haga una instigación directa y pública a que se cometa;

f) Intente cometer ese crimen mediante actos que supongan un paso importante para su ejecución, aunque el crimen no se consume debido a circunstancias ajenas a su voluntad. Sin embargo, quien desista de la comisión del crimen o impida de otra forma que se consuma no podrá ser penado de conformidad con el presente Estatuto por la tentativa si renunciare íntegra y voluntariamente al propósito delictivo.

4. Nada de lo dispuesto en el presente Estatuto respecto de la responsabilidad penal de las personas naturales afectará a la responsabilidad del Estado conforme al derecho internacional.

(Énfasis añadido).

Para poder pretender que Chávez es responsable a título de cómplice por los crímenes de lesa humanidad supuestamente cometidos por miembros de las FARC, habría que determinar si está incurso en uno de los supuestos de las modalidades c y d arriba resaltadas. Para ello no basta con lo que aparezca en los discos duros de las computadoras sino que hay que adminicularlo a otras pruebas y no atenerse únicamente a lo que puedan decir los comandantes de las FARC.

Hay otro detalle de importancia: Venezuela, si bien ratificó el Estatuto de Roma, no tiene tipificado el delito de lesa humanidad en su legislación penal. Los tribunales venezolanos no tiene jurisdicción para juzgarlo por ese delito. Otra cosa es que se pueda denunciar en un país que, habiendo ratificado el Estatuto de Roma, pueda tener legitimación activa para acusar al Presidente Chávez y, llegado el caso, según opinión del Fiscal ante el Tribunal Penal Internacional, pueda ser juzgado en La Haya.

Con lo que se cuenta hasta ahora, extraído de los computadores, estamos lejos de contar con elementos jurídicamente sostenibles para poder acusar al Presidente Chávez. Lo que si no puede negarse es que todo lo que viene saliendo de los discos duros de esos computadores es algo que seguramente preocupa tanto a Chávez como a Correa. Es algo así como una espada de Damocles que pende sobre sus cabezas, algo que los deja muy mal parados ante una comunidad internacional que condena radicalmente al terrorismo y el narcotráfico y a todas las personas que lo favorecen directa o indirectamente. Se dice funcionarios colombianos que están investigando el contenido de los computadores han entregado copias de más de 20 archivos, entre ellos algunos que indican que las FARC contribuyeron financieramente a la campaña electoral de Correa. Se dice igualmente que en esos archivos hay información que supuestamente vincula a los gobiernos de Ecuador y Venezuela con los guerrilleros narcoterroristas de Colombia.

A estas alturas no es serio aventurarse a decir que estamos ante pruebas irrefutables. Hay que esperar a que los técnicos de INTERPOL que está revisando los discos duros determinen que no ha habido forjamiento de los mismos por parte de los organismos de inteligencia colombianos. Luego habrá que probar si lo que dicen los guerrilleros es cierto. En todo caso, hay que tener presente que ya se ha corroborado que parte de la información revelada es genuina, tal como se desprende del hallazgo de una fuerte suma de dólares de las FARC en Costa Rica, realizado con base en la información contenida en los computadores. Cabe decir los mismo respecto del ruso traficante de armas, proveedor de las FAR, arrestado en Tailandia gracias a información contenida en uno de los computadores de alias Raúl Reyes.

cafigueredo@cantv.net