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  Sección: Editorial

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Otro zarpazo a la Constitución

Editorial

Sábado, 25 de julio de 2009

El proyecto de Ley Electoral que se discute en la Asamblea Nacional y que el Presidente Chávez ha exigido se apruebe antes del 15 de agosto, es un ejemplo más del poco respeto que tiene el régimen por la Constitución de 1999. El artículo 63 de la Constitución vigente indica claramente que la ley garantizará la representación proporcional; pero el proyecto pretende sustituirlo, no sólo con la convalidación del espurio método de las morochas, sino que va más allá al establecer mecanismos para modificar las actuales circunscripciones y crear espacios electorales a la medida del régimen en el poder. Además se delega la capacidad reglamentaria de la ley a un CNE que responde fielmente a los deseos y designios del ejecutivo.

Es evidente que el gobierno ahora le teme a las elecciones porque sabe que viene, como se dice, de capa caída. Los últimos sondeos de opinión así lo confirman, pero lo más significativo es que las protestas públicas que surgen cada día en los cuatros puntos cardinales de nuestra geografía son generadas por partidarios del gobierno. Hasta ahora, muchos de los males que ocurrían en el país eran atribuidos al gobierno, mientras que el Presidente era exonerado de toda responsabilidad. Ese muro de salvaguarda se está empezando a resquebrajar y ya la gente empieza a atribuirle responsabilidad principal al mal manejo, por parte de Chávez, de la política interna.

Por eso el apuro del gobierno en atornillar, lo antes posible, una Ley Electoral prêt-à- porter, violatoria de los principios garantizados por la Constitución, y así preparar un mejor escenario para las elecciones parlamentarias del año que viene porque están conscientes de que si no lo hacen podrán perder la mayoría en la Asamblea.

Los órganos del Estado que convaliden este nuevo zarpazo a nuestra Constitución parecieran olvidar lo dispuesto en el artículo 25 de la Carta Magna en el que se establece de manera taxativa lo siguiente:

Artículo 25: Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo, y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que le sirvan de excusa órdenes superiores.

El que quiera oír que oiga, el que quiera ver que vea, pero que piense que la permanencia en el poder no es eterna y que la responsabilidad por la comisión de estos delitos no prescribe porque atentan contra los valores humanos fundamentales de todos los venezolanos.


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