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Resumen del caso del periodista José Rafael Ramírez
Lunes, 26 de octubre de 2009

 ¿Quién es José Rafael Ramírez?

José Rafael Ramírez es un periodista de dilatada experiencia profesional, con 33 años de ejercicio profesional. Ha laborado, entre otros medios, en El Universal, El Nacional, El Mundo, El Estrado, Reporte de la Economía (Caracas), Ultima Hora (Acarigua, Portuguesa) El Informador (Barquisimeto, Lara), Panorama (Maracaibo, Zulia), Frontera, Ondas Panamericanas (El Vigía, Mérida) El Carabobeño, Noti Tarde (Valencia, Carabobo), El Aragüeño, TVS, El Periodiquito, El Siglo (Maracay, Aragua), ejerciendo desde el reporterismo, hasta cargos de dirección.

A lo largo de su carrera profesional ha ejercido un periodismo de investigación, confrontación, y controversial estilo. Nada complaciente pero enmarcado en el rigor ético y moral de la profesión. Defensor comprometido de los valores institucionales de una sociedad democrática, de la libertad de expresión  y pensamiento conforme a los criterios que privan en una democracia liberal.

En los últimos años mantuvo una columna diaria, donde desarrolló incontables campañas en defensa de la idoneidad y transparencia que deben caracterizar al poder judicial. Ha sido un crítico censor de las desviaciones en que incurren jueces y abogados litigantes, razón que le generó una irritante relación con el poder judicial del país.

Desde los mas altos niveles del poder político actual, Tribunal Supremo de Justicia, del Ministerio de Interior y Justicia (despacho con competencia en la actividad policial), Asamblea Nacional y los medios oficiales de comunicación,  se desarrolló una campaña de hostigamiento en su contra, con el propósito de silenciarlo y apartarlo de toda posibilidad de ejercer su profesión y acallar sus denuncias.

Se inventó un delito, se falsificaron unas pruebas, se amañó un juicio, y hoy día el periodista José Rafael Ramírez es, desde hace 28 meses, un preso político más del régimen de Hugo Chávez Frías, sin derecho a  un proceso que le permita defenderse, demostrar la vileza de sus acusadores, y restablecer el Estado de Derecho, donde el periodismo crítico e independiente, no pueda ser hostilizado desde las esferas del alto gobierno.

En Venezuela el cerco que se cierne sobre los medios de comunicación autónomos, libres, críticos e independientes, es la constatación de que no existen libertades individuales, y de que el disenso y la crítica al gobierno y sus funcionarios, se penaliza con la cárcel y el mayor ostracismo posible.

 Preso y sin juicio

El periodista José Rafael Ramírez Córdova fue detenido por funcionarios del  Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), en una operación organizada y ejecutada por un particular, sin intervención del Ministerio Público, organismo que en Venezuela tiene la potestad exclusiva de dirigir la averiguación penal.

El acusador es Wilmer Ruperti, un empresario multimillonario cuyos negocios se han desarrollado bajo el amparo del gobierno y pertenece a la recién acuñada nueva burguesía bolivariana, que la opinión pública ha denominado “boliburguesía”.

El señor Wilmer Ruperti, se sintió ofendido por las denuncias que en su contra publicaba el periódico Reporte de la Economía, donde laboraba el periodista José Rafael Ramírez. Reporte de la Economía afirmaba que el señor Ruperti utilizaba sus influencias con el gobierno, para hacer fraudes con cargamentos de petróleo.

El asunto estriba en que esas denuncias no las hacía José Rafael Ramírez sino otro de los periodistas que trabajaban en ese medio. Pero una campaña de intimidación contra el mencionado medio comunicacional, estaba por iniciarse.

 Efectivamente, el día 12 de junio de 2007 se montó una celada para llevar preso al periodista JOSE RAFAEL RAMIREZ CORDOVA. Esa acción fue ejecutada por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-delegación Chacao, dirigidos por el comisario Ricardo José Merente Álvarez, obedeciendo órdenes superiores. Todos ellos actuaron usurpando las funciones del Ministerio Público, órgano rector del proceso penal en Venezuela, cuyos representantes aparecieron en escena muchas horas después de ejecutada semejante arbitrariedad, y sólo para hacerse cómplices avalando esa acción. Y dándole inicio a la violación sistemática y cínica de los Derechos Humanos de un comunicador social.

El periodista José Rafael Ramírez, acaba de cumplir dos años y cuatro meses preso, recluido en un calabozo. Para su ilegal detención “se grabó la reunión que ha sido profusamente divulgada. Tal grabación es ilegal y constituye delito sancionado con cárcel, pero los autores de tal hecho no son sometidos a ningún proceso a pesar de estar convictos y confesos, cuando en la propia Asamblea Nacional y en cadena nacional de televisión, aceptaron haber cometido ese delito. La referida grabación no solo es ilegal, sino que además fue adulterada, es decir, fue montada y hasta le colocaron subtítulos, lo cual prueba que su edición original fue editada, es decir, trabajada en un laboratorio de guerra sucia. La descontextualizaron, con la única intención de inventarle al periodista un delito que jamás cometió. Es tan manifiesta la ilegalidad y el montaje de esa grabación, que el propio y parcializado juez Jesús Manuel Izaguirre Carvajal, del Tribunal 52º de Control, quien privó a Ramírez de su libertad personal, rechazó la grabación. Es decir: no la admitió como prueba en el proceso, y además, la declaró ilícita.”

El periodista José Rafael Ramírez es victima de una venganza, con el ingrediente político incluido en su contra, por todas las denuncias que ha hecho contra altos personeros del régimen. La primera prueba de esta afirmación lo constituye el siguiente hecho: Inmediatamente después de haberse producido su arbitraria detención, ejecutada por funcionarios del CICPC, que usurparon las funciones del Ministerio Publico, se produjo una inusual rueda de prensa, en la sede de la Disip, es decir: de la policía política. La rueda de prensa fue ofrecida nada menos que por Pedro Carreño, quien para aquel entonces era ministro de Interior y Justicia. En ese encuentro con las cámaras de televisión, Carreño calificó al periodista José Rafael Ramírez de peligroso delincuente. En esa oportunidad, y representando al gobierno nacional, Carreño dijo:

“El periodista José Rafael Ramírez extorsionaba a empresarios y funcionarios a quienes sometía a escarnio público a través de su columna. El caso que ha provocado su detención es la extorsión a un empresario de la industria petrolera sobre quien publicó informaciones que le implicaban en acciones irregulares. Cuando el empresario le llamó para una rectificación, Ramírez le dijo que “todo tenía un precio y que debían transarse”. Ayer estaba recibiendo 5.000 US $ con los que debía trasladarse a Miami donde iban a hacerle entrega de 400.000 US $.”. Allí mismo el ministro Carreño instó al juez que debía conocer su causa, a que le aplicara a Ramírez todo el rigor de la ley, además que aprovechó para poner en tela de juicio el ejercicio del periodismo en Venezuela.

En este punto hay destacar que es falaz es esa afirmación de que el periodista “…estaba recibiendo 5.000 US $ con los que debía trasladarse a Miami donde iban a hacerle entrega de 400.000 US $.”, y ella queda desvirtuada de la siguiente manera:

1°) Para la fecha José Rafael Ramírez tenía su pasaporte vencido

2°) Jamás en su vida ha solicitado una visa para viajar a los Estados Unidos; y

3°) No posee ninguna cuenta bancaria en ese país y menos para una transacción de esa naturaleza.

No conforme con semejante show, el régimen, en la persona del diputado Luís Tascón, (muy conocido en el país por su celebre y excluyente lista Tascón) amigo personal de la supuesta víctima WILMER RUPERTI PERDOMO, montó una función de circo en la Asamblea Nacional, presentándole al país el ilegal video montado, para terminar de descalificar públicamente al periodista J.R.Ramírez, y no solo a él, sino al ejercicio del periodismo libre en Venezuela.

Interpelaron a WILMER RUPERTI PERDOMO. Allí, él mismo en persona y, con el país de testigo, reconoció que no conocía al periodista José Rafael Ramírez, que jamás habló con él, ni personal, ni telefónicamente ni a través de ningún otro medio, amén de que aseguró, que jamás habló de extorsión alguna.

En esa misma “Sesión Extraordinaria” de la Comisión designada para tal efecto, ampliamente difundida en vivo y en directo por varias televisoras nacionales, se dijo que para salvaguardar su derecho a la defensa, también sería interpelado José Rafael Ramírez. Varias veces, sus abogados defensores, José Luís Tamayo y Carlos Ramírez López, solicitaron por escrito que lo llevaran a la Asamblea Nacional a declarar, tal y como fue aprobado, y todavía se está a la espera que los diputados y el país escuchen su versión de los hechos. Es decir, también le negaron el sagrado derecho a la defensa.

Con esas primeras actuaciones quedó claro que José Rafael Ramírez era y es un preso de la dirigencia política gubernamental.

Hay que advertir que José Rafael Ramírez es diabético, enfermedad que se le agravó en la prisión, donde no existen las más mínimas condiciones para la atención médica. Esto lo colocó al borde de la muerte, y en varias oportunidades lo llevaron al Hospital Militar, esposado a una camilla, en una ambulancia rodeada y custodiada por funcionarios policiales fuertemente armados. Agrupados en una escandalosa caravana.

En el Hospital Militar le colocaban sueros y otros medicamentos y lo regresaban a la cárcel, con la misma parafernalia policial. El juez de la causa al que se le denunció esta situación, ordenó una evaluación de Medicatura Forense, la cual emitió un informe, certificando la gravedad del padecimiento del periodista José Rafael Ramírez y la imposibilidad de ser tratado en aquel lugar de reclusión.

La argucia contra el periodista José Rafael Ramírez quedó en total evidencia, cuando en horas de la tarde del día martes 22 de enero de 2008, el Juzgado 17º en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo del doctor GILBERTO PIÑERO CAMPOS, en atención a la solicitud interpuesta el día 17 de diciembre de 2008 por los abogados defensores del comunicador social, y tomando en cuenta principalmente la salvaguarda del Derecho a la vida y salud del periodista JOSÉ RAFAEL RAMÍREZ CÓRDOVA, acordó sustituir la Medida Privativa de Libertad decretada en su contrapor las medidas cautelares sustitutivas previstas en los ordinales 3º y 9º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, presentación ante este Despacho cada ocho (8) días y la prohibición de realizar juicios de valor, o emitir opiniones e informaciones en medios de comunicación, relacionadas con el caso que se encuentra bajo estudio y consideración de este Despacho”. Sin embargo, la dirección del penal, en complicidad con algunos fiscales, le negó la libertad al periodista Ramírez, lo que originó diversos reclamos por parte de sus abogados defensores, JOSÉ LUÍS TAMAYO RODRÍGUEZ y CARLOS RAMÍREZ LÓPEZ, durante toda la tarde y noche de ese día. Al no obtener una respuesta positiva, a las nueve de la mañana del día siguiente, (miércoles 23/01/2008)  se presentaron a la sede del Juzgado 17º en funciones de Juicio, y se consiguieron con la sorprendente e insólita noticia de que el juez de ese juzgado, doctor GILBERTO PIÑERO CAMPOS, había sido destituido de su cargo por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, a las 11:00 de la noche del día anterior, es decir, del martes 22 de enero de 2008.

Al doctor Piñero Campos, le participaron mediante oficio vía fax, que su designación de juez provisorio “había sido dejada sin efecto” en “reunión extraordinaria” de dicha Comisión  del 22-1-2008. El oficio, al igual que ocurre con todos de la misma naturaleza, aparece suscrito por la Presidente de dicha Comisión, ciudadana LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO, quien además ostenta los cargos de Magistrada Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia y de su Sala Constitucional.

El destituido doctor PIÑERO CAMPOS tenía apenas poco más de OCHO MESES como juez de primera instancia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Había sido designado como Juez Provisorio por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en  Sesión de fecha 15-5-2007 y, venía ejerciendo el cargo de juez 17º en funciones de juicio. No tenía en curso ningún procedimiento disciplinario, ni tampoco había sido denunciado por faltas disciplinarias cometidas en el ejercicio de sus funciones como juez de la República.

Todo indica, que la inesperada e intempestiva remoción del juez GILBERTO PIÑERO CAMPOS, obedeció al hecho de haber dictado la decisión del 22-1-2008 que acordó Medida Cautelar Sustitutiva a favor del ciudadano JOSÉ RAFAEL RAMÍREZ CÓRDOVA, lo que queda corroborado con los hechos que se exponen en los puntos siguientes:

“…la imprevista remoción del juez GILBERTO PIÑERO CAMPOS, dadas las circunstancias en las cuales se produjo, podría ser constitutiva del delito de ACTO ARBITRARIO, previsto y sancionado en el Artículo 67 de la Ley contra la Corrupción, y en el mismo podría estar incursa la ciudadana Magistrada LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO, en su condición de Presidente de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia; y sólo la mencionamos a ella pues todo hace indicar que la decisión de remover al doctor PIÑERO CAMPOS fue una decisión unilateral suya y no de la Comisión Judicial como se publicó en la página Web del TSJ, dado que tres de los Magistrados que para el momento integraban dicha Comisión, se encontraban fuera del país; amén de que luce poco probable que todos los Magistrados de esa Comisión se hubiesen reunido a altas horas de la noche del día martes 22-01-2008 para tratar el asunto de la “urgente” destitución del juez PIÑERO CAMPOS y la designación de su sustituto, también acordada ese mismo día de manera “urgente”, solo para que revocara la medida a favor del periodista.

Semejante arbitrariedad generó un Recurso de Antejuicio de Mérito en contra de la Presidenta del TJS y de la Fiscal General, Luisa Ortega. Este recurso, hasta la fecha, aún sigue engavetado, sin trámite alguno en Sala Plena del Alto Tribunal.

De la simple revisión del expediente de la causa seguida al periodista RAMÍREZ CÓRDOVA desde el día 12 de junio de 2007, se evidencia la serie de abusos y atropellos que han ocurrido a lo largo del desarrollo de proceso. Merecen ser destacados, entre otros muchos,  los siguientes:

1º.  Fue detenido merced de un ilegal y tramposo procedimiento tramado por su acusador en complicidad con funcionarios del CICPC de Chacao, para ponerlo preso; 

2º. El juez de control, en la audiencia de presentación del día 14 de junio de 2007, convocada para “oír al imputado”, le impidió rendir declaración, pese a que de manera expresa pidió hacerlo;

3º. Jamás fue imputado formalmente de los delitos por los cuales se le acusó posteriormente;

4º. Le fue negadas injustamente la evacuación de fundamentales diligencias de investigación para desvirtuar las imputaciones que se le hacían, pese a haber sido solicitadas en tiempo hábil y fundamentadas adecuadamente, en especial, la concerniente a la RECONSTRUCCIÓN DE LOS HECHOS; y, para esa negativa, el juez 52º de control llegó, inclusive, a adulterar opiniones doctrinarias.

5º. El juez de control que conoció inicialmente de su causa fue separado de ella, por decisión de la Corte de Apelaciones, por graves sospechas de parcialidad;

6º. El recurso de apelación que se intentó contra la medida privativa de libertad tardó más de SEIS MESES en ser decidido, merced de la inepta actuación procesal de los jueces integrantes de la Sala 9 de la Corte de Apelaciones, de este Circuito Judicial Penal. 

El juez de control que conoció la fase intermedia de su caso desechó, sin brindar ninguna explicación válida ni jurídica, los contundentes alegatos defensivos esgrimidos en su favor, desconociendo arbitraria y deliberadamente la jurisprudencia reiterada de la Sala de Casación Penal respecto a la insoslayable necesidad de imputación posterior de los detenidos en flagrancia;

8º. Para “dejar sin efecto” la orden de excarcelación decretada a su favor, tres fiscales del Ministerio Público designados intempestivamente por la ciudadana Fiscal General de la República LUISA ORTEGA DÍAZ para intervenir en la causa, pues nunca antes lo habían hecho, pidieron a la Juez 17º de Juicio sustituta, AURA ALEMÁN MARCANO -designada a la medianoche del día 22-01-2007 por la Magistrada LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO-, en escrito redactado en papel membrete del “Despacho del Fiscal General de la República”, y dirigido a la Corte de Apelaciones y no al tribunal de juicio, como correspondía, la aplicación del efecto suspensivo del Artículo 374 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), no obstante que la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su Sentencia Nº 370, de fecha 4 de julio de 2007, con ponencia de la Magistrada Blanca Rosa Mármol de León, declaró que el efecto suspensivo previsto en los artículos 374 y 439 del Código Orgánico Procesal Penal no es aplicable al Auto que acuerda la libertad” y que “… mantener la privación de libertad de una persona, pretextando el efecto suspensivo de la apelación, contra el auto que acuerda la libertad, es una violación al principio de la libertad garantizado en el texto constitucional”.

9º. Pese a que el trámite de la apelación fiscal donde se solicitó la aplicación del “efecto suspensivo”, fue acordado inmediatamente por la juez sustituta, siguiendo el procedimiento especialísimo previsto en el artículo 374 del Código Orgánico Procesal Penal, que ordena a la Corte de Apelaciones resolver  “dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes contadas a partir del recibo de las actuaciones”, la Sala 8 que conoció del recurso acogió el procedimiento previsto en el artículo 450 eiusdem a los fines de su resolución.

10º. Después de muchos otros episodios de consecutivas arbitrariedades y abusos, el periodista José Rafael Ramírez cumplió ya dos años y cuatro meses privado de su libertad y sin juicio aún. No ha habido manera de que le permitan debatir los cargos: Más que detenido, secuestrado, sin ley y sin derechos.

11°. Según el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal Venezolano no se puede mantener a ninguna persona privada de su libertad por mas de dos años sin sentencia condenatoria. Es el lapso máximo que la ley fija para que se haya llegado al final del proceso. Esos dos años se cumplieron hace cuatro meses, pero insólitamente, y sin motivo alguno, el Ministerio Público pidió una prórroga de dos años más, es decir, que se extendiera la prisión del periodista más allá de ese lapso máximo de dos años. Argumentaron las fiscales en su escrito que el retardo procesal no ha sido culpa de Ministerio Publico. Con tan simple y banal argumento, solicitaron que el periodista siga en la cárcel, sin juicio, sin condena, y con la presunción de inocencia que le otorga la Constitución a su favor, pero conculcada.

11º. Finalmente, es un hecho, el gravísimo y delictivo episodio ampliamente narrado, de haber sido desobedecida flagrantemente la orden judicial que ordenó su liberación.

Todo este gran cúmulo de arbitrariedades, abusos, atropellos y excesos cometidos desde el poder oficial, son más que demostrativos de que no se trata de un hecho de delito común, sino de un asunto de Estado.

Queda así demostrado que el periodista José Rafael Ramírez es un preso del Estado Venezolano. Todo ese ensañamiento con el que se ha tratado y sigue tratando el caso de éste periodista preso, se debe a que él denunciaba constantemente las corruptelas de altos funcionarios judiciales, (entre ellos a la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, Luisa Estela Morales Lamuño, y al entonces Fiscal General de la República y hoy embajador de Venezuela en España, Julián Isaías Rodríguez) que es un terrible mal que azota a nuestra sociedad, y eso es lo que le están cobrando. Los denunciados de ayer por él, son sus jueces de hoy.

El no está preso en base a ley, está preso por venganza, por abuso y, a manera ilustrativa, recordamos que en la rueda de prensa ofrecida en el Consejo Superior Penitenciario el 9 de julio pasado, la presidenta del TSJ, Luisa Estella Morales, fue consultada por la periodista Vanesa Gómez Quiroz, quien está destacada en la cobertura de temas judiciales por el diario El Nacional, sobre la afirmación de varios juristas que criticaron la actuación de la Sala Constitucional. En respuesta Gómez Quiroz obtuvo una clara amenaza: “Bueno, Vanessa (…) tal vez si me conocieras desde antes, como otros que sí me conocen, ¿verdad, Eligio (Rojas)? Es peligroso meterse conmigo porque yo también soy como el espinito, que en la sabana florea; ustedes todavía no me conocen, pero revisen”. Así se refirió la magistrada al licenciado Eligio Rojas, periodista de Últimas Noticias que dejó de cubrir las pautas del TSJ desde abril de 2007, luego de publicar una nota que daba cuenta de una orden de Morales con la que prohibía la circulación, dentro del TSJ, de los periódicos Reporte, La Razón y la revista Zeta.

jrramirezc@hotmail.com

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