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Sección: Política

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Morochas perversas

Editorial REV On Line

Viernes, 4 de noviembre de 2005

Se puede decir que Poncio Pilatos fue el primero en violar las leyes religiosas las cuales Roma trataba de respetar. En Venezuela, la Sala Constitucional (SC) del Tribunal Supremo de Justicia, actuó igual que Pilatos, lavándose las manos al declarar improcedente (más no inadmisible) la acción en contra de las morochas electorales presentada por Acción Democracia, a pesar que no consideró los argumentos de las partes sobre el fondo. En otras palabras, la sentencia no resolvió la legalidad de las morochas, y le pasó el problema a la Asamblea Nacional (AN). Mientras tanto, el principio constitucional de representación proporcional, establecido en el artículo 63 de la Constitución, fue violado. Según el dictamen de la SC, “No encontró pruebas, alegatos, o argumentos que permitieran evidenciar contradicciones entre el mecanismo denominado las ‘morochas’ y normas constitucionales, más aún cuando el mecanismo no se encuentra prohibido por las leyes”. La ley del sufragio venezolano contempla que 60% de los diputados a la AN deben ser electos nominalmente y el 40% restante electos proporcionalmente. Actualmente el oficialismo controla 53% de la AN, pero para poder llevar a cabo cambios sustanciales a la Constitución como eliminar el Art. 350 (que permite la desobediencia civil), asegurar la reelección infinita del presidente o redefinir el concepto de propiedad privada) o las principales leyes, se requiere de una mayoría calificada, es decir, el 72% de los votos (más de las 2/3 partes del total de 167 parlamentarios). Para poder obtener esa mayoría calificada, el chavismo recurrió a un perverso sistema electoral conocido como morochas, que le permite al partido mayoritario asumir mas del 80% de los puestos con un poco mas del 50% de los votos. Muestra de cómo las morochas violan principios constitucionales quedo demostrado en las elecciones regionales del 7 de agosto de 2005: El MVR y su morocha UVE obtuvieron con apenas 36,8% de los votos el 61% de los cargos; es decir, casi el 50% de los cargos que no hubieran obtenido de haberse aplicado la representación proporcional que manda la ley. Para las elecciones de la AN de no haberse validado el uso de las morochas el régimen hubiese obtenido un máximo de 86 diputados (51 nominales y 35 por lista), mientras que la oposición pudo haber logrado 76 diputados (46 nominales y 30 lista), pero gracias a las morochas el oficialismo obtendrá el 4 de Dic. 85 diputados por vía nominal y 49 por lista para un total de 134 diputados (82% de los escaños), mientras que lo máximo que la oposición puede aspirar son 28 diputados (12 nominales y 16 por lista); esto deja bien claro la desproporcionalidad y el desconocimiento de la voluntad del pueblo al votar. Y es justamente esta violación al principio constitucional de representación proporcional que le cercena el derecho participativo a las minorías, lo que el TSJ ha validado con su decisión. Esta desafortunada decisión le asegura al proceso revolucionario la institucionalización legal de un régimen totalitario y comunista similar al que existe en Cuba. Para lograr cambios necesitan contar con la mayoría calificada en la AN, y ahora gracias al TSJ, que demostró que en Venezuela existe un sólo poder –el del líder de la revolución-, le permitirá a Chávez establecer su supuesto Socialismo del Siglo XXI, que no es más que un comunismo al mejor estilo del establecido por Castro en Cuba; pero con la atenuante que cada una de las actuaciones de Chávez está avalada por un conjunto de leyes redactadas a su favor. El hecho que se hayan cuadrado a favor de las morochas, el TSJ, el Fiscal General, Isaías Rodríguez, el Defensor del Pueblo, Germán Mundaraín y el CNE, con los del MVR, demuestra el gran desbalance institucional que existe y la ausencia total de Estado de Derecho. Pero las morochas no son el único problema asociado con el proceso electoral, también está la manipulación del Registro Electoral Permanente, las máquinas de votar, las cazahuellas, los cuadernos electrónicos, el escrutinio electrónico y el conteo manual de tan sólo 37% de las cajas (preseleccionadas por el régimen). Los partidos de oposición debieron haber retirado sus candidaturas tan pronto se supo la decisión del TSJ, pero prefirieron asegurar sus 28 escaños y legitimar un proceso electoral plagado de irregularidades, y cuyos resultados están vaticinados. A los observadores internacionales no les quedará otra que aceptar estos resultados, por muy amañados que estos sean. Los representantes de Primero Justicia, Acción Democrática, COPEI y el MAS declararon que no piensan retirarse de los comicios ya que lo fundamental es seguir trabajando por la mayoría, para lograr quitarle respaldo popular al Gobierno. ¿Cuándo entenderán que la mayoría oposicionista no quiere participar en un proceso viciado y repleto de perversiones jurídicas, en el cual se estima una abstención de al menos 80%? En conclusión, para seis de los siete magistrados del TSJ, el principio democrático de las mayorías prela sobre las minorías en caso de conflictos, y por ello optaron por avalar la ilegalidad que le asegurará a Chávez su permanencia en el poder hasta el 2030, tal como él mismo tanto ha anunciado.

(*): Editorial del 02/11/2005 de la prestigiosa Revista Económica Venezolana On Line. www.rev.com.ve

(**): Versión en inglés, Evil Twins

revecon@cantv.net

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