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Todo el peso de la ley Carlos Eduardo Ruiz Martes, 18 de diciembre de 2001 En la maratónica sesión organizada por la minoría chavista, el sábado 15 de diciembre en el palacio federal legislativo, para conmemorar el segundo aniversario de la constitución "bolivariana"; el "jefe del proceso" dijo unas palabras que han sido resaltadas por todos los medios de comunicación: "gobernador, alcalde -o lo que sea- que se declare en contra de la constitución y las leyes le tendrá que ser aplicada la constitución y las leyes" y señalando hacia los miembros de los otros poderes públicos presentes en el acto les dijo: "ustedes tampoco pueden permitir que las leyes no se cumplan". ¿Quién le tiene miedo al lobo feroz? ¡¡ Todo eso es un parapeto para hacer lo que realmente quiere hacer y que resumió en estas palabras: "No me obliguen a dictar medidas de emergencia entonces..." !!. Unas medidas de emergencia que tienen el único propósito de mantenerlo en el poder gracias a la represión de sus opositores, porque sabe que su gobierno ha perdido tota legitimidad, y que más del 90% de los venezolanos no está dispuesto a acatar leyes elaboradas en secreto, de espaldas al país, y violando la constitución y las leyes vigentes. La ley empieza por casa y el derecho a rebelión es CONSTITUCIONAL Como la ley empieza por casa, ningún venezolano debe aceptar ni el más mínimo intento por parte del gobierno de "aplicarles todo el peso de la ley" por desacatar los inconstitucionales e ilegales decretos-ley emitidos por el jefe del proceso en función de la ley habilitante, al estar los venezolanos -ejerciendo su legítimo derecho -y mandato- establecido en el artículo 350 de la constitución nacional, a desacatar esos decretos-ley; Y MUCHO MENOS si los poderes públicos a quienes compete, no le aplican antes, todo el peso de la ley, a Hugo Chávez Frías y a sus incondicionales diputados de la asamblea nacional. Artículo 350 de la Constitución Nacional: "El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, DESCONOCERA cualquier REGIMEN, LEGISLACION o AUTORIDAD que contraríe los valores, principios y garantías democráticas o menoscabe los derechos humanos." Hugo Chávez Frías y sus diputados de la asamblea nacional aprobaron un convenio internacional que trasgrede una de las "leyes" de la habilitante El mismo sábado 15 de diciembre de 2001, mientras la minoría chavista lanzaba amenazas contra el pueblo ordenándole no atreverse a desacatar "las leyes de la habilitante", el periodista de El Nacional, Alfredo Carquez Saavedra, nos informaba que la asamblea nacional -con los votos en contra de los diputados de la oposición, había aprobado un acuerdo internacional de producción de orimulsión entre China National Petroleum Corporation y Petróleos de Venezuela, que viola una de las leyes de la habilitante (La Ley Orgánica de Hidrocarburos): "Este convenio fue ratificado –a pesar de los votos salvados de la oposición– bajo el marco de la vieja Ley de Hidrocarburos, instrumento en el que se establece una regalía de entre 1% y hasta 16,2/3%, y una tasa de impuesto sobre la renta de 34 %. Además, se permite la mayoría accionaria por parte de una empresa extranjera. Estas condiciones son inferiores a los topes mínimos contemplados en la nueva Ley Orgánica de Hidrocarburos elaborada por el Ministerio de Energía y Minas y promulgada por el Presidente de la República en el Centro de Refinación Paraguaná, estado Falcón.". La compañía chino-venezolana que se crearía mediante este convenio, tendría una composición accionaria en la que Petro China Fuel Oil controlaría el 70% y Bitúmenes del Orinoco sólo el 30%. Eso violaría la nueva "ley" orgánica de hidrocarburos, si las operaciones que realicen los chinos incluyen "actividades primarias" (exploración en busca de yacimientos, extracción de hidrocarburos en estado natural, su recolección, transporte y almacenamiento iniciales), ya que la ley ordena un control accionario del Estado en un 50%. No se violaría le ley, si los chinos sólo se dedican a realizar actividades de refinación y/o comercialización, en las que los particulares pueden tener "cualquier participación accionaria". Lo que dice el decreto-ley chavistaLa "Ley" Orgánica de Hidrocarburos -fruto de la ley habilitante del 13 de noviembre de 2000-, contiene una extensa introducción que como una especie de exposición de motivos, explica el porqué de las normas que contiene dicha "ley". En el aparte titulado "Régimen Fiscal: dice textualmente: "El promedio de la participación fiscal en los últimos 24 años (1976-2000) ha sido del 54%, en un escenario de costos crecientes y de una deficiente estructura de fiscalización para controlarlos. Este escenario introduce una gran variabilidad e inestabilidad en los ingresos nacionales, lo cual incide desfavorablemente en la formulación de presupuestos y planes nacionales con la certeza requerida. Es propósito del Decreto Ley armonizar la participación por concepto de la regalía con el ingreso proveniente de lo establecido en las leyes impositivas, a fin de asegurar una participación justa y razonable para la República. En efecto, con la finalidad de reducir las referidas inestabilidad e incertidumbre, en beneficio de la programación nacional, este Decreto Ley establece una regalía mínima del 30% que, en armonía con una tasa de impuesto sobre la renta del 50%, la cual será fijada mediante un Decreto Ley dictado conforme a la Ley Habilitante y simultáneamente con el presente Decreto Ley, se aspira así la participación fiscal nacional en el mencionado rango promedio del 54%. El nivel de regalía establecido puede ser superado mediante el régimen de ventajas especiales. Se prevé que el Ejecutivo Nacional podrá rebajar dicha regalía hasta un límite de veinte por ciento (20%), siempre que se demuestre a su satisfacción que un yacimiento maduro o de petróleo extrapesado de la Faja Petrolífera del Orinoco no es económicamente explotable con esa regalía; así mismo en los casos de proyectos de mezcla de bitúmenes económicamente inviables podrá rebajarse la regalía hasta el límite de 16 2/3%, quedando igualmente facultado el Ejecutivo en ambos casos para restituir la regalía, total o parcialmente hasta alcanzar de nuevo el treinta por ciento (30%)." Luego la "ley" orgánica de hidrocarburos, establece esos límites máximos y mínimos de la regalía en su artículo 44: "Artículo 44.— De los volúmenes de hidrocarburos extraídos de cualquier yacimiento, el Estado tiene derecho a una participación de treinta por ciento (30%) como regalía. El Ejecutivo Nacional, en caso de que se demuestre a su satisfacción que un yacimientomaduro o de petróleo extrapesado de la Faja del Orinoco, no es económicamente explotable con la regalía del treinta por ciento (30%) establecida en este Decreto Ley, podrá rebajarla hasta un límite de veinte por ciento (20%) a fin de lograr la economicidad de la explotación y queda facultado igualmente para restituirla, total o parcialmente, hasta alcanzar de nuevo el treinta por ciento (30%), cuando se demuestre que la economicidad del yacimiento pueda mantenerse con dicha restitución. El Ejecutivo Nacional, en caso de que se demuestre a su satisfacción que proyectos para mezclas de bitúmenes procedentes de la Faja Petrolífera del Orinoco, no son económicamente viables con la regalía de treinta por ciento (30%) establecida en este Decreto Ley, podrá rebajarla hasta el límite de dieciséis dos tercios por ciento (16 2/3%), a fin de lograr la economicidad de tales proyectos y queda igualmente facultado para restituirla, total o parcialmente, hasta alcanzar de nuevo el treinta por ciento (30%), cuando se demuestre que la rentabilidad de los proyectos pueda mantenerse con dicha restitución.". Al gobierno chavista, su "ley" le importa un pitoPero el "jefe del proceso" que "promulgó" hace apenas unos días atrás -y con bombos y platillos- en Paraguaná, estado Falcón, esta "ley" orgánica de hidrocarburos, firma un convenio internacional con China donde le establece una regalía entre un mínimo del uno (1) porciento y un máximo del 16 dos tercios por ciento, violando flagrantemente la "ley" que su desgobierno acaba de "promulgar". Y sus diputados, en una de las más patéticas muestras de incondicionalidad y servilismo, ratifican dicho convenio internacional, alzando sus manos "con la señal de costumbre". Este absurdo se produce, porque, como le habían dicho hasta el cansancio los expertos petroleros no chavistas al gobierno, nadie en su sano juicio invertiría en negocios de hidrocarburos en Venezuela, si sus afamada "ley" de hidrocarburos era promulgada. Particularmente, por la leonina regalía allí establecida. China, que venía desde hace años negociando este convenio, amenazó con retirarse del negocio si esa ley entraba en vigencia. Entonces -como diría el chavo del ocho- "no contaban con la 'astucia' de Chávez", quien violó la "ley promulgada" por él mismo, para mantener el negocio con los chinos. Tecnicalidad tramposa:
"Técnicamente" ni el "jefe del proceso" ni sus diputados han violado la nueva "ley" orgánica de hidrocarburos, porque ésta contiene una vacatio legis, y no entraría en vigencia sino a partir del primero de enero de 2002. Pero nadie puede creer, que los chinos se van a sentir felices, firmando un convenio cuyas reglas de juego, cambiarán totalmente en dos semanas; cuando precisamente, al conocer de antemano dichas normas, amenazaron con retirarse del negocio. Existe pues la deliberada intención del gobierno, de no cumplir la nueva "ley" de hidrocarburos. ¿Qué van a hacer los poderes públicos competentes? ¿Le permitirán al "jefe del proceso" violar la ley impunemente? Si es así, ni siquiera piensen en "aplicarle todo el peso de la ley" a cualquier otro venezolano. La ley entra por casa. Tampoco habrá necesidad alguna de que el "jefe del proceso" cumpla con su VERDADERA intención: "No me obliguen a dictar medidas de emergencia entonces"; porque el que el gobierno desee violar la ley no es una causal para decretar el estado de emergencia.
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