La Constituyente y la eliminación de dos órganos

Hugo Cabezas

Tomando en consideración que el proceso constituyente refiere un conjunto de acciones que el conglomerado social ejecuta en el tiempo, para obtener como resultado un nuevo orden colectivo que esté en concordancia con sus expectativas, es menester recordar al lector la complejidad y heterogeneidad de nuestro querido país. Esto supone caminos difíciles a la hora de idear el proyecto nacional, para lograr el acuerdo entre los actores políticos que lleve a la reconstrucción de una nueva sociedad.

Ahora bien, con la inminente conformación de la Asamblea Nacional Constituyente, se reunirán 131 personas electas por el pueblo soberano, las cuales, en un plazo de seis meses tendrán la difícil tarea de transformar el inoperante Estado actual y diseñar una nueva constitución que le dará agilidad funcional y coherencia. En este sentido, la Asamblea formulará el proyecto preliminar que oriente la base programática sobre la cual se desarrolle la discusión.

Indudablemente el pueblo jugará, una vez más, un papel importante a la hora de elegir sus representantes ante la Asamblea, manteniendo como nota característica el repudio que siente hacia los personeros de ese dañino, cupular y antiguo régimen de complicidades. Alerta debemos estar, por tanto, para no elegir personas que hace algunos meses hicieron votos por el fracaso de este proceso indetenible y que hoy, con su caradurismo típico, persiguen un curul en la Asamblea, para de esta forma seguir pugnando, por no perder sus privilegios. En todo caso, estos ex detractores, ahora convertidos mágicamente a la idea constituyente, no son otra cosa que la antítesis del proceso.

Dos órganos a nuestro juicio tienen que ser materia de revisión de primer orden en la Asamblea.

De un lado, consideramos lógico que el Congreso debe ser disuelto, una vez que se instale la Constituyente. Esta disolución no la planteamos como el producto de la retaliación política, como quieren hacer ver los partidos opositores al Gobierno, sino como la expresión genuina de la situación eminentemente práctica que generará la nueva Constitución. Por este hecho no percibimos el objeto de continuar la actividad legislativa de este órgano, y las que no tengan carácter legislativo, también podría asumirlas la Asamblea.

Del otro lado, planteamos la eliminación del Consejo de la Judicatura, por el hecho de que este órgano fue creado para influir sobre los jueces a través de los partidos políticos (actualmente opositores). Este órgano, sin duda, degeneró en un ente eminentemente subjetivo y partidista. A nuestro juicio, por tanto, es pertinente considerar que la misión de gobernar el Poder Judicial tiene que ir de la mano de la Corte Suprema de Justicia.

Consejero universitario
Universidad de los Andes
El Nacional On Line, 7 de junio de 1999