Constituyentes la fiebre de la década

Amarelis Vásquez S.
Patricia Spadaro G.

El proceso que hoy vive Venezuela no es nuevo. Ya ha sido ensayado, en esta década, por otras naciones de la región. El jurista argentino Héctor Masnatta; los constituyentistas colombianos Antonio Navarro Wolff y Carlos Lemos; Angel Polibio Chaves, ex miembro de la Asamblea y actual ministro del Trabajo de Ecuador; y el experto constitucional peruano Domingo García Belaúnde, hicieron un balance, en conversación con El Nacional, sobre las experiencias en sus respectivos países

En cada punto del mapa por la que ha pasado, la ola reformadora tuvo génesis distinta. En Argentina, el deseo de Carlos Menem de continuar sentado en la silla de la Casa Rosada impulsó la reforma constitucional; en Colombia, lo hizo el anhelo de la paz y la necesidad de lavarle la cara a los poderes públicos; la crisis institucional ecuatoriana generada por la destitución de un jefe de Estado desembocó en una convocatoria constituyente; mientras que en Perú la presión de la comunidad internacional, como respuesta al "Fujimorazo", obligó al presidente a retomar el cauce democrático, impulsando la redacción de una nueva Constitución.

Las asambleas constituyentes, independientemente de que pueden satisfacer el deseo individual de los gobernantes de turno o buscar una salida válida a crisis históricas de la democracia, han servido para poner a tono las constituciones con los nuevos tiempos al dejar plasmadas las normas para consolidar el sistema; perfeccionar el equilibrio entre los poderes del Estado; afianzar la independencia de la justicia; fortalecer los organismos de control; y establecer mecanismos descentralizadores con miras a lograr un sistema más democrático que permita una mayor participación de la sociedad civil.

Otra constante en las cartas reformadas es el carácter de jefe supremo de las Fuerzas Armadas que se otorga al presidente de la República. Reglas generales se observan también en lo que se refiere a los sistemas de control: en todos ellos existe un Ministerio Público y una Contraloría General.

Independencia de los poderes, establecimiento de las carreras administrativa y judicial y un régimen económico mixto, completan el conjunto de normas comunes que se lee en unas y otras constituciones sudamericanas, que han introducido en sus páginas una actualizada concepción del estado social de derecho, con una dimensión más amplia del concepto clásico. Los derechos de tercera generación constituyen una de las manifestaciones más nítidas de ello.

"El movimiento humanitario dentro del cual se enmarca esa nueva categoría se refiere no al individuo como tal o como sujeto incorporado a una sociedad nacional, sino que se dirige a todos los hombres: derecho a la paz, al desarrollo, al aprovechamiento y defensa de los recursos naturales, al ambiente sano, al acceso y fomento de la cultura, todos ellos visto como un patrimonio común de cada habitante de la tierra", señala el analista político colombiano Jorge Mario Eastman, quien escribió un libro sobre el tema.

Algunos de los consultados consideran que más que una nueva constitución -Asamblea Constituyente mediante- habría sido más beneficioso para su país una reforma. Todos coinciden, sin embargo, que cualquiera sea la vía que se recorra, sólo si existe voluntad política puede llevarse al país a puerto seguro.

El Nacional On Line, 6 de junio de 1999