La Fiscalía de la Audiencia Nacional solicita "la libertad de Augusto Pinochet"
El fiscal Rubira alega el tiempo pasado sin que se haya resuelto una apelación de octubre de 1998
Ernesto Ekaizer
El fiscal Pedro Rubira, en sustitución del que lleva el caso Pinochet, Ignacio Peláez, ha pedido a la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en un escrito del 29 de julio, la anulación del auto de prisión del general Augusto Pinochet dictado el 16 de octubre de 1998 por el juez Baltasar Garzón, titular del Juzgado Central de Instrucción número 5. Rubira dice también que las torturas cometidas en Chile no están tipificadas penalmente en España porque allí se hicieron "no para investigar hechos, sino para originar el terror", y aquí se exige "que se hubieran producido en el curso de una investigación policial o judicial y con el fin de obtener una confesión o un testimonio".
El fiscal Pedro Rubira pide "la libertad de Augusto Pinochet" en razón de que "han transcurrido más de cinco meses desde que se recurrió esta prisión". Su compañero Ignacio Peláez, en efecto, recurrió el 17 de octubre de 1998 el auto de prisión provisional a efectos de extradición dictado el día anterior, el 16, una resolución que dio lugar a la orden internacional de detención de Pinochet en la noche del 16 de octubre de 1998 en la capital británica.
Según Rubira, "este dilatado transcurso del tiempo sin que se haya resuelto dicho recurso hace que se haya vulnerado el artículo 17 de la Constitución Española [derecho fundamental a la libertad], debiéndose poner en libertad al señor Pinochet".
En apoyo de su petición, se limita a citar un voto particular, discrepante con su sección, del magistrado Juan José López Ortega respecto a otro caso, ocurrido el 27 de septiembre de 1998. No hay en el escrito referencia alguna a las circunstancias de dicho asunto ni a su posible relación con la situación de Pinochet. Fuentes judiciales consultadas han visto en la referencia a López Ortega el deseo de invocar precisamente a un juez que en su momento, noviembre de 1998, se expresó como un convencido de la jurisdicción española sobre los delitos investigados en Chile.
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional -formada por los magistrados Francisco Castro Meije, Ángela Murillo y Luis Martínez Salinas- resolverá el citado recurso de apelación y varios de la Fiscalía, respecto a la mayor parte de las resoluciones de Baltasar Garzón, en una vista que previsiblemente se celebrará en septiembre. Para ello, el juez ha elevado los gruesos volúmenes del sumario del caso Pinochet, con decenas de miles de folios, a esa sección.
Rubira explica que "la nulidad de pleno derecho abarca, según la tan conocida teoría del árbol envenenado, a los autos de procesamiento y a las ampliaciones, como a la propia extradición, al traer todas estas resoluciones causa de los autos de prisión recurridos por el fiscal, por lo que no fue necesario el recurrir cada uno de estos pronunciamientos dictados por el Juzgado Central".
El fundamento de dicha nulidad, que el escrito enuncia pero no razona, sería la sentencia de la Cámara de los Lores del 23 de marzo de 1999, según la cual Pinochet puede ser extraditado a España sólo por los delitos de tortura y conspiración para la tortura cometidos a partir del 8 de diciembre de 1988, fecha en que entró en vigor la "doble incriminación", por ser delitos en España y el Reino Unido.
El fiscal añade en el asunto de la tortura que en España "el artículo 204 bis del Código Penal derogado exigía, como elemento teleológico o ánimo, que las torturas se hubieran producido en el curso de una investigación policial o judicial y con el fin de obtener una confesión o un testimonio; en los autos recurridos nada se dice respecto a tan esencial principio jurídico.
Los torturadores chilenos lo hacían con la finalidad no de investigar hechos, sino para originar terror en la ciudadanía chilena o para obtener informaciones de otras personas; pero tampoco estos casos estaban tipificados en nuestro ordenamiento jurídico como delito de torturas al recoger sólo y exclusivamente las torturas como fin de obtener una confesión o un testimonio que afectaba a la persona torturada".
En el escrito también se aborda el carácter de jefe de Estado de Pinochet. "El fiscal tiene dudas", dice, "de que un jefe de Estado sea autoridad o funcionario a efectos del artículo 119 del Código Penal derogado. Nuestra Constitución de 1978, en su artículo 56.3, concede a la persona del Rey como no sujeta a responsabilidad, idea formada en nuestra primera Constitución de 1812".
El fiscal recuerda que, el 4 de marzo de 1999, la Sala de lo Penal de la Audiencia, al desestimar una querella contra Fidel Castro, "equiparó al Jefe del Estado con el Rey". Y, como Pinochet es senador, destaca esta circunstancia otorgándole la categoría de aforado. Por tanto, promueve elevar una consulta al efecto al Tribunal Supremo.
El árbol envenenado, teoría de la inacción
E. E
El ministro de Relaciones Exteriores de Chile, Juan Gabriel Valdés, escribía en su carta del 23 de julio en referencia a las recomendaciones judiciales elevadas al Gobierno español: "El Gobierno de Chile ha tomado nota de que el ministerio público español, después de cinco meses de inacción, ha entablado, desde el 2 de mayo pasado, 'con el fin de velar por la pureza del procedimiento', varios recursos de reforma en contra de los autos del Juzgado Central de Instrucción número 5 que versan tanto sobre dichas anomalías procesales como sobre la falta de jurisdicción española en la materia".
Por lo que puede verse, el escrito del fiscal Pedro Rubira tranquiliza a Valdés y explica
la inacción con la teoría del árbol envenenado: "No fue necesario el recurrir cada
uno de estos pronunciamientos dictados por el Juzgado Central".
La verdadera razón de la inacción, según fuentes de la propia Fiscalía, no fue que el
árbol estuviera envenenado. Fue otra: la confianza en que, tras anularse el fallo del 25
de noviembre de 1998, el Reino Unido, finalmente, no haría la faena de enviar a Pinochet
a España. Para qué, reconocen esas fuentes, recurrir las resoluciones de Baltasar
Garzón.
A partir del 14 de abril, fecha en que el ministro británico del Interior, Jack Straw,
vuelve a autorizar el procedimiento de extradición -por tortura y conspiración para la
tortura a partir del 8 de diciembre de 1988-, y de los autos de Garzón de la última
semana de abril, la Fiscalía vuelve a ponerse en movimiento.
El escrito de Rubira tiene la impronta del fiscal jefe, Eduardo Fungairiño, aquél que
afloró con su nota del 2 de octubre de 1997 sobre los casos de Chile y Argentina. Según
explicaba Fungairiño, allí los militares provocaron un golpe de Estado con el objetivo
de restablecer, tras un periodo temporal, la Constitución.
Según Rubira, aquí los delitos en cuestión no serían de tortura, porque los militares
y policías chilenos torturaban para sembrar el terror u obtener información sobre
terceras personas, mientras que en España sería delito si concurriese "el elemento
teleológico" si la tortura es practicada en medio de una investigación policial o
judicial "con el fin de obtener una confesión o un testimonio".
Pero lo que el escrito no razona es por qué la resolución de los lores y de Straw de
seguir adelante con la extradición por tortura y conspiración para la tortura supone
"la nulidad de pleno derecho" de las resoluciones de Garzón. Una de las
sentencias aceptó todas las conductas tipificadas por el juez; la otra las recortó. Pero
con ese recorte, y el apoyo por segunda vez del Ministerio del Interior, quedan a partir
del 8 de diciembre de 1988 casi 60 casos.
El Gobierno de Chile ve cerca el final del conflicto
Manuel Delano
Santiago .-El canciller chileno, Juan Gabriel Valdés, reiteró ayer que no se han realizado negociaciones secretas con el Gobierno español para lograr el término del proceso contra el ex dictador Augusto Pinochet, de 83 años, detenido en Londres desde hace más de nueve meses.
No obstante, el Gobierno de Santiago se muestra optimista ante la posibilidad de que el proceso esté próximo a su fin. En la Cancillería interpretan las reacciones suscitadas en España y Gran Bretaña -después de la petición formulada a Madrid de acudir a un arbitraje- como una señal en ese sentido.
Valdés interpreta las declaraciones en Londres de que se dejaría a Pinochet en libertad
si España retirara su petición de extradición, y la afirmación de Matutes de que no se
opondría si Gran Bretaña diera razones humanitarias para liberar al actual senador
vitalicio, como que "las perspectivas de término de este proceso pueden ser oteadas
en el horizonte".
Valdés defendió el arbitraje como un "instrumento perfectamente válido" para
solucionar el caso Pinochet, según declaró en Santiago y a la cadena SER. Para
replicar a las críticas que ha suscitado en España su petición de arbitraje, el
responsable chileno de Exteriores sostiene que la iniciativa constituye una salida
jurídica y no política, pues se apela a la Convención Internacional contra la Tortura,
la misma por la que se quiere juzgar a Pinochet.
Arbitraje
Valdés indicó que en Madrid le contestaron que la propuesta de arbitraje era digna de
examen. "Nosotros esperamos una respuesta". También dijo que su Gobierno no
negociará con Garzón, pues no le corresponde hacerlo, y criticó que el entusiasmo de
este magistrado lleve a una situación "en la cual no hay ley internacional, no hay
tribunales internacionales, sino que hay una persona que se constituye en juez
mundial". "En Chile", añadió el titular de su diplomacia, "sería
inconcebible que un juez se dirigiera al ministro de Relaciones Exteriores. Tendría que
hacerlo a través de los conductos oficiales y recurrir primero a la Corte Suprema para
que lo autorizara".
El pinochetismo aplaudió ayer a Valdés porque éste "le ha movido el piso al Gobierno español", como dijo el presidente de Renovación Nacional, Alberto Cardemil, un ex subsecretario del régimen militar. Y acusó de debilidad a la Administración de Aznar porque no tiene fuerza ni "pantalones frente a las demasías de un juez" por temor a la opinión pública.
El País Digital(España), 6 de agosto de 1999