Estado y mercado

Francisco Vivancos C.

En la mayor parte de los discursos oficiales, machaconamente se alude a la búsqueda de una vía intermedia para la fundamentación de la política económica. Una especie de compromiso entre el 'neoliberalismo' (el nada elegante 'capitalismo salvaje') y la planificación centralizada. Es de presumirse que en el afán pedagógico se exagere una dicotomía que ha sido desdibujada por esta década.

La naturaleza pública o oprivada de una actividad deriva de dos factores: a) la definición de los derechos de propiedad con los que históricamente se ha dotado una nación y que como ocurre para el resto de las instituciones, deben ser juzgados en términos de su eficiencia; y, b) las características tecnológicas asociadas a la producción de un bien o servicio.

Por el primer elemento, el monopolio de las riquezas del subsuelo heredado de la legislación colonial, algunas comunicaciones, la prestación de servicios que se consideran estratégicas desde el punto de vista de la seguridad nacional; son algunas de las razones que tradicionalmente se presentaron para resguardar ciertos sectores o actividades al Estado. Por supuesto, garantizar su provisión a cualquier costo, esto es, por sobre la más elemental lógica económica puede llegar a imponer tales sacrificios a la población que al final incluso gobiernos con fuertes preferencias por la intervención se han visto forzados a abandonar sectores reservados al Estado.

Afortunadamente, el debilitamiento de la bipolaridad y la creciente extensión de las relaciones cooperativas entre naciones ha actuado a favor de utilizar el comercio y la especialización como el instrumento más eficiente de proveerse las cestas de bienes que domésticamente sea más costoso generarlas. Ello ha tenido un efecto demoledor sobre argumentos como los de la seguridad alimentaria, el complejo industrial básico y, más a fondo, sobre la protección comercial misma.

Por el segundo elemento, el de la provisión de bienes públicos, debe insistirse que en una sociedad organizada con base en las transacciones de mercado y con el conocimiento tecnológico hoy disponible, suelen generar dificultades para producirlos por medio de las iniciativas privadas. Bienes o servicios como justicia, defensa nacional, alumbrado público o vialidad urbana contienen en su oferta una característica especial: una vez que son producidos, no puede evitarse su consumo para aquellos sujetos que no contribuyeron a costearlos. Esta presencia de un 'consumidor gratuito', en vistas a la imposibilidad o altos costos de tarifar el acceso a su disfrute, junto con rigideces tecnológicas o indivisibilidades en su producción (no se pueden producir, generalmente, cantidades reducidas); determina la ausencia de un precio directo a pagarse por el bien. El mercado, en consecuencia, no puede producirlos, al menos hasta que tecnológicamente no sea posible medir a bajo costo el uso efectivo del mismo o la valoración honesta de las preferencias que por ese bien muestre el consumidor. Si por ilustrar una posibilidad que aún hoy luce remota, existiese la posibilidad de cuantificar de manera automática (supóngase a través de un chip incorporado o de un lector óptico inserto en el documento de identidad) el uso específico que un peatón realiza del alumbrado público o de la calzada en una cierta zona urbana buena parte del 'problema de los comunes' estaría resuelto.

Mientras esa tecnología no esté disponible, la única posibilidad de garantizar su abastecimiento es utilizando la potestad fiscal que tiene el Estado para recaudar fondos que puedan dirigirse al financiamiento de su producción, de allí su carácter indispensablemente público.

Fuera de esta colección reducida de bienes y servicios, ningún otro bien, por definición, es público. Lo será por diseño, por un acto puro de voluntad que termina reflejado en el marco legal que se adopte. Y éste, como todo acuerdo voluntario, está sujeto a revisión. El petróleo, el oro, el aluminio, el acero, la electricidad, la educación, la salud o el aseo urbano son bienes o servicios técnicamente privatizables y, por tanto, la discusión sobre la conveniencia de producirlos bajo una forma de propiedad pública o privada, no puede ser descartada por la vía sumaria de los principios. Que en buena parte de esos servicios se considere apropiado financiar transparentemente su acceso a los sectores de menores recursos, a través de becas o de transferencias directas y con cargo fiscal, no significa que no puedan y no deban ser producidos bajo criterios de rentabilidad privada porque es justamente ese principio, bien regulado por la competencia o por la supervisión pública, lo único que garantiza que se provea al menor costo social posible.

Profesor UCV y UCAB
email: fvivancos@eud.com
El Universal Digital, 13 de agosto de 1999