Emma Castellanos
Es una garantía emitida por un banco bajo el nombre de Carta de Crédito irrevocable y consiste en un instrumento emitido por cualquier institución bancaria como emisor a solicitar de un cliente a favor de un tercero que representa una emisión de pago que asume el banco emisor a través de una Carta de créditro para garantizar al beneficiario un pago por incuplimiento de obligaciones contraídas por el ordenante con el beneficiario y detalladas en las Cartas de Crédito; ejercible contra una simple declaración del beneficiario testimoniando que dichas obligaciones no han sido cumplidas por el ordenante.
Este tipo de servicio sólo se le otorga a clientela selecta que quiere presentar a terceros una garantía bancaria, por el incumplimiento de obligaciones que dichos clientes contraigan con aquellos. Misma que usualmente esta respaldada o se deriva de un contrato.
Ventajas
Entre las ventajas que ofrece una Carta de Crédito para el vendedor (exportador) y para el comprador (importador) se encuentran:
Exportador |
Importador |
| Reduce la necesidad de verificar el credito del comprador. El exportador evalua el credito del banco emisor, no del ordenante. Conoce perfectamente los terminos y condiciones a cumplir para obtener su pago. |
Esta seguro de que los documentos exigidos en la carta de credito seran
examinados por expertos. Tiene la certeza de que el pago se efectuara unicamente cuando concuerden los documentos con los terminos y condiciones de la carta de credito. |
La documentación que generalmente se solicita en un crédito comercial es: giro de la empresa, factura comercial, conocimiento de embarque y si la cotización es CIF (cuando la mercancía es depositada en el puerto destino) se requiere la póliza de seguro. Pudiéndose requerir y de acuerdo con la mercancía de que se trate, certificados de peso, calidad de origen, fumigación o lista de empaque o de peso, etc.
Conocimiento de embarque
Debe solicitarse en juego completo y normalmente se requiere consignado al banco emisor en virtud de que al establecrse la Carta de Crédit, se le esta otorgando crédito al importador, y por lo tanto la mercancía representa una garantía para el banco y el poseedor de este documento es en realidad quien tiene el control de la misma.
Es indispensable que en todos los casos la mercancía este asegurada, ya que esta representa una garantía para el banco, y dado que su transporte trae consigo la posibilidad de pérdida o daño, el seguro proteje tanto los intereses del cliente como los del banco emisor.
La ley obliga a los compradores mexicanos que deseen asegurar sus mercancías lo hagan prescisamente con compañías de seguros mexicanas, por lo que la póliza de seguros no es un documento que deba ser presentado por el vendedor, a menos que la mercancóia haya sido vendida bajo la cotización CIF ( dependiendo de los riesgos cubiertos con la clase de la mercancía, misma que deberá especificarse).
Por lo que toca a las cotizaciones de mercancías, existen varios términos de venta; pero los mas utilizados en las cartas de crédito son:
FAS: Libre al costado del barco o medio transporte. En este término de venta, el vendedor cubre únicamente el valor de la mercancía a un costado del barco o medio transporte. Debido a los riesgos y gastos de estiba y dado que el comprador no esta en posibilidades de vigilar la misma, no es aconsejable es este término, salvo que se autorice el pago de los mismos, para obtener unconocimiento de embarque a bordo.
FOB: libre abordo. En este término, el vendedor se compromete a poner la mercancía sobre el medio de transporte. El seguro y el flete son por cuenta del comprado como en el caso anterior.
C&F: Costo y Flete. En este término el vendedor cubre el costo de la mercancía y flete de la misma desde el lugar de origen hasta el puerto de destino convenciso, entendiéndose que el seguro queda a cargo del comprador.
Este documento hace ir al embarque si es necesario por conducto de varios transportistas desde el punto de origen hasta el punto de destino, es decir es el que avala la mercancía. Ya que los principales datos que figurarán en el son:
Nombre y dirección del destinatario, origen y destino de la mercancía, número de bultos, peos, cantidad, volumen o dimensión de la mercancía, monto de la mercancía, riesgos cubiertos por el seguro, además de algunos documentos necesarios para exportar, factura comercial, permiso de exportación, etc.
En embarques marítimos el conocimiento de embarque deberá ser presentado en juego completo, a menos que se haya estipulado lo contrario, debiendo estar firmado por la compañía naviera o por sus representantes autorizados para ello.
Los conocimientos de embarque deberán ser limpios, esto quiere decir que no deberán tener cláusulas que indique que la mercancía se encuentra dañada que la misma viaja sobre cubierta expuesta a diversos daño, considerándose en este caso un conocimiento de embarque sucio, que no debe aceptarse.
Los pasos que debe seguir un comprador/importador para solicitar la apertura de una carta de crédito a favor de un vendedor/exportador son los siguientes:
1. Las cartas de crédito derivan de operaciones comerciales previamente acordadas entre compradores y vendedores. Normalmente, una vez que las partes han definido las características técnicas de la operación como pueden ser la mercancía objeto de la negociación, precio, tiempos de entrega, volúmenes, calidad, etc., firman un contrato de compra-venta o levantan un pedido o una orden de compra, en donde claramente se estipula que la forma de pago se realizará mediante una carta de crédito irrevocable, pagadera a la vista contra documentos de embarque (o a plazo, dependiendo los acuerdos a que lleguen) y de preferencia confirmada por el banco del vendedor/exportador.
2. Con la información previamente acordada con su contraparte, el comprador se dirige a su banco local (banco emisor) y le da instrucciones para que emita una carta de crédito a favor de la empresa vendedora/exportadora (beneficiario), misma que deberá enviar a su banco corresponsal (banco notificador/confirmador) vía télex o SWIFT, dirigida al Departamento. de Cartas de Crédito.
3. Una vez recibida la carta de crédito en el banco notificador/confirmador, después de revisar que el texto de la misma se ajusta a la práctica internacional para manejo de cartas de crédito, se entrega al vendedor/exportador.
4. Tan pronto como el vendedor recibe la carta de crédito y encuentra que puede cumplir con todos los términos y condiciones ahí estipulados, procede a despachar las mercancías.
5. Posteriormente, el vendedor entrega al banco notificador/confirmador los documentos probatorios del envío de la mercancía, solicitados en el texto de la carta de crédito.
6. Una vez que el banco notificador/confirmador certifica que los documentos cumplen estricta y literalmente con los términos estipulados en la carta de crédito, procede de la siguiente manera:
a) solicita los recursos correspondientes al banco emisor
b) efectúa pago al vendedor/exportador
c) envía al banco emisor los documentos solicitados en la carta de crédito para su posterior entrega al comprador y retiro de la aduana correspondiente .
Es importante señalar que el servicio de cartas de crédito que ofrecen los bancos a nivel mundial genera comisiones por el manejo de las operaciones tanto en el banco del comprador como del vendedor, por lo que ambas partes deben conocer las tarifas que aplican los bancos con los que trabajan y así reflejarlo en la operación que estén manejando. En la práctica internacional normalmente las comisiones bancarias las absorben tanto comprador como vendedor en sus respectivos países; sin embargo, este es un punto de negociación entre las partes.