La misma historia
Guido Grooscors
El debate público sobre el tema de la libertad de expresión y el derecho
a
la información, con el propósito de que la cuestión sea debidamente
incorporada al nuevo texto constitucional, apunta a un calco de lo que ya ha
ocurrido en nuestro país, en otras ocasiones, ante situación parecida.
En efecto, la controversia no es nueva y enfrenta, tradicionalmente, a
quienes sostienen, por una parte, que la libertad de expresión no requiere
de añadidos distintos a los de su simple reconocimiento en el texto
fundamental, en abono a la tesis extrema de que la mejor ley de prensa es
aquella que no existe. Por el contrario, una fuerte corriente doctrinaria
aprecia que, sin cercenar el contenido de la libertad de expresión,
asignándole el rango prioritario que le atañe conforme al estado de derecho,
es perfectamente pertinente desarrollar, bajo los términos legales
apropiados, la noción de que, en la práctica, la información libre y plural
consagra, sin duda, el ejercicio pleno de la misma. Bajo esta óptica, ambos
conceptos se complementan sólidamente, a tal punto que uno y otro funcionan
por igual para garantizar el respeto que les corresponde conforme a los
principios democráticos.
Pero la cuestión presenta escollos insalvables que derivan de la
"naturaleza propia de las cosas". Por ello, no vacilo en afirmar que la
propuesta presentada por la Subcomisión sobre el Derecho a la Información y
la Libertad de Expresión de la ANC, pese a sus innegables méritos, será
difícilmente acogida en el plenario. Ya están alineadas las fuerzas que
dispararán no precisamente salvas de artillerías, sino plomo grueso, para
impedir que la información veraz, oportuna e imparcial, como también el
derecho a réplica y la figura del defensor del usuario, tengan cabida en el
articulado constitucional por venir. Sobre estas dos últimas propuestas
confieso que tengo dudas en cuanto a su inclusión en el articulado de la
nueva carta constitucional. El derecho a réplica debe ser objeto de
tratamiento legal, por supuesto, pero no necesariamente tiene por qué
alcanzar rango de norma constitucional, puesto que se trata de una extensión
necesaria que completa el derecho a la información. Y en cuanto al defensor
del usuario, definitivamente creo que se trata de una iniciativa susceptible
de ser acogida o no por cada medio conforme a sus propias políticas
comunicacionales y no el resultado de una previsión legal.
Si a lo apuntado en los párrafos precedentes, se agregan las reacciones bien
publicitadas del Bloque de Prensa, de la Sociedad Interamericana de Prensa,
del jefe del Estado y de varios constituyentistas, todas coincidentes en la
necesidad de encontrar una salida política al tema, por demás espinoso, es
la razón que abona mi creencia de que la historia volverá a repetirse. Todo
seguirá como hasta ahora y así como la vieja clase política engavetó la
reforma constitucional de 1995 para no enfrentarse al empresariado
mediático, así la nueva clase, la que en el seno de la ANC se regodea en
autocalificarse de revolucionaria, seguramente sacrificará en el altar de la
revolución y de la V República, los principios doctrinarios que contiene el
conjunto de iniciativas del mencionado órgano constituyentista y, maquillaje
mediante, se contentará con actualizar las disposiciones sobre la materia de
la "moribunda" de 1961.
Los próximos días serán de encuentros y desencuentros a propósito de un
debate que, ciertamente, tendrá un resultado previsible. Para las escuelas
de periodismo, sin embargo, será útil analizar la abundante argumentación
(quizás no tanta, más bien "vueltas a la noria", por la cansina reiteración
de la misma) que presenta los aspectos negativos de cada una de las
iniciativas asomadas, las cuales aislada y globalmente, todo a un tiempo,
serán calificadas de atentados contra la libertad de expresión, de
pretensión al control de los medios y de aspiración a imponer la censura por
parte del Estado, por decir lo menos. O sea, la misma historia bien contada
por conocida.