Un tema explosivo
Tal como el precio de la gasolina, la
libertad de expresión, resulta ser un tema explosivo y al
igual como sucedió durante el intento de reforma
constitucional en 1992, el asunto comenzó "a levantar
roncha".
En aquella oportunidad la presión ejercida
por algunos sectores, con los empresarios de la
comunicación a la cabeza, llevó el proyecto de reforma
liderizado por el entonces senador Rafael Caldera al fondo
de una gaveta.
Pero, ¿qué establecen esos artículos que
tanta polémica han despertado? Veamos:
"Artículo.-La comunicación es libre y
plural, y comporta los deberes y responsabilidades que
indique la Ley. Todos tienen derecho a la información
oportuna, veraz e imparcial, de acuerdo a los principios de
esta Constitución, así como a la réplica y a la
rectificación cuando se vean afectados por informaciones
inexactas o agraviantes.
"Artículo.- Se crea la figura del
defensor del usuario de los medios para garantizar los
derechos del mismo y atender sus quejas, sus reclamos o
sugerencias sobre los contenidos informativos. La ley
regulará su funcionamiento.
"Artículo.- Los funcionarios que
representan los poderes públicos están obligados a
informar sobre las materias encomendadas a su dirección,
salvo aquellas clasificadas como secretas de acuerdo con la
Ley.
"La Ley regulará lo concerniente a la
clasificación de documentos de contenido confidencial o
secreto.
"Artículo.- Para garantizar la
independencia de los profesionales de la información en el
ejercicio de sus funciones, la ley regulará el ejercicio de
la actividad periodística y reconocerá el derecho a la
cláusula de conciencia y a participar en el diseño y
aplicación de las políticas informativas de los medios de
comunicación social".
Quienes están en contra centran en el
adjetivo "veraz" el motivo de su protesta.
Sostiene que nadie está en capacidad de determinar qué es
verdad y qué no. Temen que el gobierno pueda apoyarse en
esto para establecer censores "disfrazados" en la
figura del defensor del usuario.
Quienes apoyan la medida, consideran que la
adjetivación no constituye el fondo de la queja, sino que
ésta es sólo una mampara para esconder el verdadero motivo
del rechazo. Aseguran que el derecho a réplica, vigente en
la legislación actual y nunca ejercido, y la cláusula de
conciencia y la participación de los periodistas en el
diseño y aplicación de las políticas informativas de los
medios, son la verdadera razón para oponerse.
Aclaran los propulsores de la norma, que el
defensor del usuario no es una figura impuesta por el
gobierno u otra instancia del poder, sino que ésta debe ser
instituida por los mismos medios de comunicación y por lo
tanto sería un empleado más. Esta defensor del usuario ya
existe en algunos medios del mundo entero. En Venezuela el
Diario El Nacional cuenta con ella, y El Mundo ya ha
anunciado su creación.
¿Quién tiene la razón? No nos atrevemos a
pronunciarnos. Lo que sí creemos es que el tema amerita,
necesita, una amplia discusión, un debate nacional que tal
permita una salida intermedia, un punto de equilibrio. Las
páginas de Venezuela Analítica invitan a la participación
en este debate y están abiertas a recibir su opinión,
amigo lector.
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