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Corte Constitucional de Colombia legaliza el suicidio médicamente asistido

Este 11 de mayo la Corte Constitucional de Colombia informó que legalizó el suicidio médicamente asistido (SMA) como un procedimiento para acceder a la muerte digna.

El SMA es avalado bajo los mismos términos con los que se permite una eutanasia: un paciente diagnosticado con una lesión corporal, una enfermedad grave y que no tiene cura una persona que sufra dolores físicos intensos también dolores psíquicos. Todos malestares que no permitan una “vida digna”.

Tras una demanda presentada por los ciudadanos Lucas Correa Montoya y Camila Jaramillo Salazar, del Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB), quienes estaban en contra del artículo 107 del Código Penal colombiano que penalizaba la inducción el suicidio, fue legalizada la medida.

Según El Tiempo, dicha ley sentenciaba entre 16 y 36 meses de prisión a quienes ayudaran a inducir o apoyar un suicidio.

Debate tras la medida

Miembros del Ejecutivo colombiano manifestaron su oposición a la medida ya que consideran que “el suicidio no protege la vida digna”.

“El derecho a morir dignamente no implica que las personas no tengan el deber de evitar los riesgos de la salud a otras personas, pues existe un deber fundamental de respeto a la vida ajena, en este punto”, manifestó el Ministerio de Justicia a la Corte Constitucional.

Por su parte, el Ministerio de Salud de Colombia (Minsalud), considera que la aprobación de la medida debió estar a cargo del Congreso, pues se trata de un tema complejo que además debe estar incluido en el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Sugieren que el SMA necesita de una “estructura de acceso a medicamentos, así como una red de prestación para su dispensación, vigilancia y control, que debería ser distinta a la que se usa en eutanasia”, reseñó El Diario.

Asimismo, la institución agregó que si ya estaba legalizado el acceso a la eutanasia no era necesario legitimar el SMA si responde a las mismas circunstancias para ser aplicable.

Eutanasia y suicido médico asistido

Según la ONG Derecho a Morir Dignamente, la diferencia entre ambos procesos se resume a la persona responsable de administrar el medicamento. En el caso de la eutanasia, un personal médico es el encargado de suministrar el fármaco, mientras que, en el suicidio, el paciente lo autoadministra.

Hasta ahora, Colombia, Suiza, Países Bajos, Luxemburgo, Canadá, Australia, España, Alemania, son los países donde el SMA es legal.

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