ActualidadActualidad Internacional

¿Es de origen legítimo el dinero que usa Ruperti para pagar defensa de los Flores?

Por Maibort Petit
@maibortpetit

El fiscal general de Nueva York, Preet Bharara descubrió en el mes de abril de 2016 que era una sola persona la que pagaba la costosa defensa de los sobrinos de Cilia Flores, Efraín Antonio Campos Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas, acusados por los Estados Unidos de conspirar para transportar 800 kilos de cocaína a los Estados Unidos. El nombre del empresario chavista Wilmer Ruperti pasó al conocimiento del diligente funcionario y generó varias interrogantes.

Lo primero que hizo Bharara fue solicitar a la corte la realización de una audiencia curcio, para tratar en ella lo relacionado al conflicto de intereses que ocurre cuando un solo individuo paga los abogados de dos acusados. Bharara advirtió que los primos Flores debían entender las consecuencias de ese hecho. En aquella comunicación, el fiscal estaba blindado en caso, ya que de llevarse a cabo el juicio y de ser condenados los sobrinos presidenciales, los defensores podían acudir a una corte de apelaciones para denunciar que los derechos constitucionales de los defendidos habían sido violados por no advertirles sobre el conflicto.

Una fuente de la fiscalía nos comentó que vendrían nuevos pasos sobre el tema del pago de la defensa, luego de aquella audiencia realizada el 12 de mayo de 2016, cuando los Flores respondieron al cuestionario del gobierno y donde ambos acusados confesaron al juez Paul Crotty que Sí conocían quién les pagaba la defensa.
La Fiscalía al acecho

Es responsabilidad del gobierno de los Estados Unidos investigar si es legítimo el origen de los fondos con los que un tercero paga la defensa de un caso de narcotráfico, o si por el contrario, y como ha ocurrido en múltiples ocasiones, el dinero proviene de la misma actividad criminal por la cual la persona beneficiaria está siendo juzgada.

El inusual cambio de abogados en el caso de los sobrinos de la pareja presidencial venezolana generó suspicacia en las autoridades desde el mes de diciembre de 2015.

Desde su aprehensión, la fiscalía neoyorquina ha recibido dos solicitudes formales para que se abra una investigación sobre la naturaleza del dinero usado por los acusados para costear la defensa, motivado a que existen suficientes indicios para intuir que los recursos tienen origen ilegítimo, bien sea porque provienen de negocios del tráfico de drogas u de una organización delictiva ilegal, o sean el fruto de la malversación de fondos públicos del Estado venezolano. Ver aquí más información sobre este tema.

Tras la confesión del mismo empresario chavista Wilmer Ruperti de ser él el benefactor que corre con los costosos gastos de los honorarios profesionales de los dos bufetes se abre una variedad de oportunidades para que la fiscalía concrete una averiguación sobre el origen del dinero que reciben los muy habilidosos defensores de los primos Flores.

Según las leyes estadounidenses, es un delito el uso de ingresos provenientes de la venta de narcóticos, de la corrupción pública, del robo, así como cualquier ganancia que provenga de organizaciones criminales de carácter ilegítimo.

De acuerdo a Eduardo Palmer, ex fiscal federal y abogado con amplia experiencia en casos criminales basado en Miami, muchas veces las investigaciones sobre el origen de los fondos no se producen porque, por lo general, los fiscales que llevan a cabo las acusaciones “están saturados de trabajo” y, aún más, carecen de presupuesto suficiente para llevar una averiguación paralela, por lo que prefieren enfocarse en la causa mayor, que es la que inició el proceso contra los acusados y dejar por fuera ese otro aspecto.

No obstante, son los abogados contratados por los imputados quienes deben ser los primeros en verificar la legitimidad de los fondos con que se les paga. Si los defensores reciben dinero sucio y esto se descubre, corren el riesgo de que sus honorarios sean confiscados por el gobierno federal y, además, pueden enfrentar difíciles y complicados procesos judiciales que pueden llevarlos a la cárcel, a ser objeto de sanciones disciplinarias y hasta a perder sus licencias.

En el caso de los primos Flores existen registros públicos donde queda en evidencia la relación en el pasado de algunos de los escritorios jurídicos contratados por los acusados con empresas propiedad del Estado venezolano (Citgo y Pdvsa), en cuyas cabezas se encuentra la familia directa de los indiciados, como lo es el presidente Nicolás Maduro y la primera dama y actual diputada a la Asamblea Nacional, Cilia Flores.

Ahora se pone sobre la mesa el hecho que el empresario Wilmer Ruperti se beneficia de contratos millonarios de la estatal Petróleos de Venezuela, Pdvsa, siendo el último de $138 millones de dólares, otorgado esta misma semana. Curiosamente la entrevista del empresario con el periódico The wall Street Journal se produce una semana antes del anuncio de que su empresa Maroil Trading Inc se hiciera de la millonaria contratación para supuestamente eliminar una gran cantidad de coque de petróleo en el terminal de sólidos de Jose, en el estado de Anzoátegui.

En los corrillos de la corte escuchamos que Ruperti había decidido revelar su identidad para adelantarse a los acontecimientos que vendrían luego de conocerse que su empresa fue la inusual ganadora del millonario contrato de Pdvsa, otorgado en un momento donde las finanzas de la estatal petrolera han sufrido un grave revés, no sólo por la baja del precio del petróleo sino por los escandalosos casos de corrupción que han surgido en Pdvsa.

Ojo visor

En Estados Unidos existe una amplia jurisprudencia que obliga a los abogados contratados por los acusados a realizar investigaciones sobre el origen legítimo de los recursos con los que un tercero, en este caso Wilmer Ruperti, paga la defensa de los acusados.

Los expertos advierten que más allá de la obligación legal y las consecuencias penales, los defensores de Efraín Antonio Campos Flores y Franqui Francisco Flores de Freitas tienen la responsabilidad moral y ética de dejar en claro la legitimidad del dinero que reciben por sus servicios de representación.

Los abogados Michael D. Mann y David M. Rody, de la firma Sidley Austin LLP, son los defensores de Flores de Freitas. Y Randall W. Jackson y John T. Zack, del escritorio Boies, Schiller & Flexner LLP; representan a Campos Flores en el proceso criminal cuyo juicio fue fijado para el 7 de noviembre de 2016.

Motivado al incremento de casos en los cuales los acusados de delitos de narcotráfico usaban dinero proveniente de sus actividades delictivas para pagar su defensa, el gobierno creó un complejo entramado jurídico que hace cada vez más difícil que los defensores de narcotraficantes reciban dinero sucio, contribuyan a que sus clientes laven dinero en el sistema financiero norteamericano, o conviertan en valor legitimado a través de gastos legales los fondos de origen irregular.

Preet Bharara Bryan Smith, fiscal de Nueva York/foto: Maibort Petit
Preet Bharara Bryan Smith, fiscal de Nueva York/foto: Maibort Petit

Regulaciones para los abogados de criminales

Desde la década de los años 80, el Departamento de Justicia de Estados Unidos impuso drásticas medidas contra los abogados que representan a los acusados de traficar drogas al territorio norteamericano. Las medidas son tan feroces que, en muchos casos, el gobierno ha llegado —inclusive— a apoderarse de los honorarios de varios abogados defensores de narcotraficantes a través de la figura del decomiso, creando con ese dinero un fondo público nacional.

Las medidas legales tomadas por el Gobierno Federal fueron motivadas por el miedo que existía en los años ochenta de que el Estado perdiera la guerra contra las mafias que tenían el control del negocio de las drogas. En esa época, los capos contrataban a prestigiosos abogados para que manejaran sus casos ante la justicia federal por lo cual pagaban millonarias fortunas.

A mediados de la citada década el Congreso aprobó leyes muy duras contra el lavado de dinero, entre las cuales destacan la Ley de Reforma de Sentencias de 1984 y la Ley de Lavado de Dinero de 1986, que dio a los fiscales federales herramientas más eficaces para combatir a las organizaciones criminales.

Ese aparataje jurídico permitió poner tras las rejas a quienes recibían dinero proveniente del tráfico de drogas u otras actividades ilegales, incluyendo a los abogados defensores de narcotraficantes y delincuentes de cuello blanco.

Esta normativa generó un rechazo entre los abogados de defensa criminal. En los primeros años de la década de los 90, un grupo de abogados criminalistas dijo públicamente que se sentían amenazados por las nuevas regulaciones, y por esa razón cabildearon ante el Congreso logrando que se aprobara una enmienda en 1994 que excluía el pago de honorarios de abogados de defensa criminal del listado punible, basados en “el derecho a la representación garantizado por la Sexta Enmienda de la constitución”.

La mayoría de los abogados en Estados Unidos toman el célebre caso EEUU vs. Hodge y Zweig (1973) como un modelo para la clase de responsabilidad profesional. Los principales temas de este caso de apelación son: si la información demandada por el Servicio de Impuestos Internos (IRS) a los abogados está protegida por el principio del privilegio de confidencialidad abogado-cliente; lo establecido en la quinta enmienda de la constitución que versa sobre la prohibición de la auto-incriminación en un juicio criminal; o la regla que prohíbe la emisión de una citación del IRS para un propósito impropio.

EEUU vs. Hodge y Zweig es también citado por los expertos cuando se ventila un caso que incluye el requerimiento a los defensores para divulgar la información confidencial del cliente o de las terceras partes, ligadas al cliente, que pagan honorarios profesionales por defensa en delitos de narcotráfico.

La regla recomienda que en casos en los cuales terceros pagan la defensa penal de los procesados, los abogados deben averiguar el origen de los recursos. Si no se logra verificar la procedencia se recomienda que los defensores rechacen la representación e informen al gobierno para que el proceso sea asignado a un abogado de oficio nombrado por la corte.

sobrinos-cilia-flores

Hay que demostrar la procedencia de los fondos

Bennet Gershman, académico de las universidades de Nueva York y de la Universidad de Cornell, explicó que a pesar de que la experiencia indica que muchas veces no es posible demostrar la procedencia de los fondos, sobre todo cuando los mismos provienen de otros países, debe hacerse todo lo posible para aclarar el origen de ese dinero.

Gershman considera que es difícil poder determinar la naturaleza del dinero al no poder llevar a cabo procedimientos fuera de su jurisdicción. De cualquier manera sostiene que deben hacerse todos los esfuerzos posibles para obligar a este tercero a demostrar de dónde saca los recursos para el pago del o los abogados.

En Estados Unidos los defensores pueden recibir pagos en dinero en efectivo por sus servicios de defensa, siempre y cuando conozcan el origen legítimo de los fondos y los declaren a la oficina de impuestos (IRS por sus siglas en inglés). Ryan Jurney, abogado de defensa criminal de Miami, dijo que cuando un abogado recibe dinero en efectivo como parte del pago de servicios de defensa, está obligado a verificar de dónde viene el dinero: “Se debe averiguar si el dinero viene de la venta de un carro, una casa u otra propiedad cuya compra no incluya dinero sucio”.

El mismo cuidado hay que tener cuando se pagan las fianzas de los clientes en la corte. Se debe establecer la naturaleza de los fondos, dice el experto.

Jurney señaló además que muchos abogados han establecido una comunicación efectiva con el gobierno federal, y cuando están frente a un caso de esta naturaleza hacen llamadas a la fiscalía para explicar el caso en particular, las características del cliente y con base en ello, hacen del conocimiento de las autoridades sus dudas sobre el tema, con lo cual se cubren las espaldas y obtienen la autorización de la fiscalía para seguir con el caso o simplemente rechazarlo.

Leer más en Venezuela Política Maibort Petit

Fundado hace 28 años, Analitica.com es el primer medio digital creado en Venezuela. Tu aporte voluntario es fundamental para que continuemos creciendo e informando. ¡Contamos contigo!
Contribuir

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba