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Maduro se acerca cada vez más a la Corte Penal Internacional

Luego de que el secretario general de la OEA, Luis Almagro, enviara su informe detallado a la fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), Fatou Bensouda; faltan pocos pasos (no así tiempo) para que el presidente Nicolás Maduro sea juzgado por crímenes de lesa humanidad en los tribunales de la comunidad internacional.

Si bien el informe de Almagro no logra nada por sí solo, sí enciende la mecha para que algún otro país miembro del Estatuto de Roma tome la iniciativa de denunciar al gobernante venezolano ante la CPI, considerando el Articulo 13 de este instrumento:

Artículo 13

La Corte podrá ejercer su competencia respecto de cualquiera de los crímenes a que se refiere el artículo 5 de conformidad con las disposiciones del presente Estatuto, si:

a) Un Estado Parte remite al Fiscal, de conformidad con el artículo 14, una situación en que parezca haberse cometido uno o varios de esos crímenes;
b) El Consejo de Seguridad, actuando con arreglo a lo dispuesto en el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, remite al Fiscal una situación en que parezca haberse cometido uno o varios de esos crímenes; o
c) El Fiscal ha iniciado una investigación respecto de un crimen de ese tipo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.

Fuentes citadas por la agencia EFE indicaron al inicio de esta semana que aunque uno o más países remitieran el informe a la Corte Penal Internacional “no se abriría una investigación”, aunque esa consideración merece algunas precisiones.

En conversación telefónica con Analitica.com, el especialista en Derecho Penal Internacional, Carlos Armando Figueredo, aclaró y enfatizó que cualquier país perteneciente al Estatuto de Roma puede denunciar ante la CPI y esto haría que se abra una investigación.

Que deberá pasar mucho tiempo antes de ser considerada por una sala de la CPI para ejecutarse, sí; pero, efectivamente, Maduro puede ser denunciado por un Estado-nación por cometer crímenes de lesa humanidad.

«La OEA no tiene iniciativa para hacer acusaciones», aseguró el profesor Figueredo y agregó: «lo que hizo Almagro fue enviar a la fiscal de la CPI el informe de los expertos para que ella lo anexara a la investigación, que ya había abierto previamente, y también le pidió a los estados miembros de la OEA, que son parte del Estatuto, que acusaran».

Luis Almagro ya había asegurado en una entrevista que cuatro países han mostrado interés en seguir sus pasos y denunciar directamente a Venezuela, siendo Chile uno de los principales, lo que activaría el artículo 14 del Estatuto de Roma, carta fundacional de la Corte Penal Internacional en 1998.

Artículo 14

1. Todo Estado Parte podrá remitir al Fiscal una situación en que parezca haberse cometido uno o varios crímenes de la competencia de la Corte y pedir al Fiscal que investigue la situación a los fines de determinar si se ha de acusar de la comisión de tales crímenes a una o varias personas determinadas.

2. En la medida de lo posible, en la remisión se especificarán las circunstancias pertinentes y se adjuntará la documentación justificativa de que disponga el Estado denunciante.

«Si cualquier estado, sea Chile o Canada, acusa a Maduro ante la CPI, independientemente de ese informe, -que le puede servir nada mas como prueba-, tienen que abrir la investigación. Eso esta muy claro en el Estatuto de Roma», puntualizó Figueredo.

Ninguno se ha atrevido a hacerlo hasta ahora, aseguró también el jurista, pero ahora con el respaldo del secretario general de la OEA y el informe de los expertos, sí lo pueden hacer.

Aún así, indicó que la CPI se puede tardar muchísimo en emitir una sentencia. Sin embargo, «durante este proceso de investigación se pueden tomar medidas, que incluso pueden llegar al arresto».

Paises OEA

Venezuela ya forma parte de un examen preliminar -un paso previo a la investigación formal-, abierto por la Fiscal Bensouda en febrero de este año.

La abogada nombró a una serie de expertos para que determinaran si hay méritos para abrir una investigación, comprobar si la Justicia venezolana ha hecho investigaciones genuinas sobre los hechos denunciados, su gravedad o si los delitos entran en su jurisdicción.

«Si la comisión dice que sí, Bensouda puede pedirle a la Sala de Cuestiones Preliminares (SCP) que abra una investigación. Esa Sala es la que va a definir si se abre o no», asegura Figueredo.

Por otro lado, si la Fiscalía llegara a la conclusión de que se cumplen los requisitos para iniciar la investigación formal, podría hacerlo directamente sin pedirle autorización a la SCP.

Figueredo manifiesta que la vía del Consejo de Seguridad de la ONU está cerrada, pues, Rusia y China tienen el poder del veto, países que tienen una afinidad pública y notoria con el presidente Maduro. Sin embargo, considera que el proceso está muy adelantado «y es muy probable que sea Chile o Canadá los que acusen«.

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