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Aún hay chance de sacar a Maduro en 2016

Por Sarai Coscojuela

El referendo revocatorio para el presidente Nicolás Maduro se puede realizar entre octubre y noviembre de este año, a pesar de la lentitud y el retraso por parte del Consejo Nacional Electoral para validar el 1% de las firmas del Registro Electoral.

La Constitución establece en su artículo 72 que transcurrida la mitad del periodo de los funcionarios electos por votación popular, un número no menor del 20% de los electores inscritos en el Registro podrán solicitar la convocatoria de un referendo para revocar su mandato.

El CNE, a falta de una ley que regule los referendos, ha venido implementando reglamentos para los diferentes procesos que se han realizado durante los últimos 17 años.

En el año 2007, el Poder Electoral en gaceta electoral N° 405 del 18 de diciembre, modificó su reglamento relacionado a los referendos revocatorios colocando más trabas para la solicitud de este derecho. Ahora antes de recolectar el 20% de los ciudadanos inscritos en el Registro Electoral se debe consignar el 1% de las firmas para conformar la «Agrupación de Ciudadanos». Además se dan hasta 30 días continuos para recoger lo que serían 197.978 firmas del registro electoral. Este proceso fue cumplido ya por la MUD en un tiempo que para algunos fue récord.

Se supone que después de este paso, el CNE tiene un lapso de cinco días continuos para constatar si la solicitud de constitución de la Agrupación de Ciudadanos cuenta con la totalidad de las firmas requeridas y, de ser así, luego esta agrupación tendría cinco días hábiles para llevar a cabo la verificación de las rúbricas, en el cual además se tiene contemplada la utilización de la captahuella. Hasta este jueves, iban 40 días.

Digitalizar y digitar las firmas finalizó el 1 de junio cuando el alcalde del municipio Sucre, Carlos Ocariz informó que en el proceso solo se encontraron 1.300 rubricas duplicadas de un total de 1.908.370 recabadas.

Cuando el CNE lo anuncie, la MUD tendrá cinco días hábiles para convocar a los electores a que validen su firma, usando el captahuella. La fecha anunciada en principio por la rectora Socorro Hernández fue el 2 de junio pero el CNE no se pronunció para dar los parámetros, una urgencia por la que ha reclamado la MUD y el gobernador del estado Miranda, Henrique Capriles Radonski, en sucesivas movilizaciones de calle y declaraciones públicas.

Este sí es el año

El rector del CNE Luis Emilio Rondón informó en horas de la noche del pasado jueves 9 de junio que el proceso de validación se daría entre el 20 y el 24 de junio, este último será feriado, y al día siguiente la presidenta del Poder Electoral Tibisay Lucena dio más detalles señalando que los ciudadanos que deseen validar tendrán que hacerlo en las sedes de las juntas regionales, es decir, en las capitales de cada estado.

Luego de validar las manifestaciones de voluntades, el CNE tiene 20 días hábiles para constatar que ese paso cumplió con los requisitos: del 27 de junio hasta el 22 de julio. Luego, de superar ese requisito, se podrá solicitar el Referendo Revocatorio Presidencial formalmente y el CNE tendrá dos días hábiles, que serían el 25 y 26 de julio, para emitir una constancia de presentación.

Cumplido este paso, el ente electoral tendría 15 días continuos, desde el 27 de julio hasta el 10 de agosto, para revisar y emitir la resolución de la procedencia del evento para luego tener 15 días continuos más, del 11 al 25 de agosto, para que la Junta Nacional Electoral proponga al directorio del CNE los centros donde se recolectarán el 20% de las firmas.

Con todos estos requisitos completados es que viene el tan ansiado 20% y se tienen solo tres días continuos para recolectar las firmas, lo que sería del 26 al 28 de agosto. En este proceso también se utilizará la captahuellas más las firmas.

Posterior a ese paso, la Junta Nacional Electoral en un lapso de 15 días continuos, 29 de agosto al 12 de septiembre, verificará los datos recogidos y, de lograrse esas casi 4 millones de voluntades, el CNE tendrá un lapso de tres días continuos, del 13 al 15 de septiembre, para convocar el referendo revocatorio presidencial.

El Poder Electoral dispone de un lapso máximo de 90 días continuos para llevar a cabo el referendo revocatorio, siendo su fecha límite el 14 de diciembre.

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