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Carta Democrática: Activada, suspendida y retomada

Desde que inició el 2017 la oposición venezolana habló de retomar la Carta Democrática Interamericana, situación que generó dudas en algunos debido a los diferentes discursos sobre, si fue o no activada en 2016.

En este sentido, la Asamblea Nacional y la comisión permanente de Política Exterior, presidida por el diputado Luis Florido, explicó que la CDI si está activada desde el 31 de mayo de 2016, cuando 20 estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), votaron a favor.

Aunque, se ha dicho que el proceso de activación fue suspendido cuando se inició el diálogo entre la oposición y el Gobierno venezolano a finales de 2016 con la mediación del Vaticano y la suspensión en el parlamento de un juicio político al presidente Nicolás Maduro, que pretendía establecer su responsabilidad en la «crisis humanitaria» que vive el país.

Sin embargo, la canciller de Venezuela, Delcy Rodríguez y distintos voceros del Estado han manifestado en reiteradas ocasiones que no es así y que por el contrario el instrumento invocado por el secretario de la OEA, fue desactivado luego de que el pasado jueves 23 de junio de 2016 el consejo discutiera el informe presentado por Luis Almagro -quien a su juicio lo hizo a petición de la Asamblea Nacional- sin votar una decisión al respecto.

Por su parte, la Asamblea Nacional declaró emergencia alimentaria en el país y nombró a una Comisión, integrada por la Juta Directiva de la Asamblea Nacional, Julio Borges, Freddy Guevara y Dennis Fernández, y por los diputados Carlos Paparoni, Manuela Bolívar, Carlos Valero, Andrés Eloy Camejo y Mariela Magallanes, que estarían encargados de investigar los actos de corrupción y violación a los Derechos Humanos que según el presidente del Parlamento son hechos que demuestran el abandono de cargo del Ejecutivo Nacional.

Este martes 14 de marzo, después de que diversas organizaciones no gubernamentales, diputados y familiares de presos políticos solicitaron a la OEA la activación de la CDI, el diputado Luis Florido informó que la comisión de Política Exterior, aprobó solicitar, nuevamente, la activación del mecanismo interamericano y respaldar el informe presentado por Almagro, en el cual llama a realizar elecciones generales en Venezuela con presencia de la observación internacionales y profundización de la presión internacional, como mecanismos para salir de la crisis.

Documento que piensan estudiar y agregarle a la solicitud de Almagro de que haya comicios en 30 días, condiciones igualitarias “es decir si hay una elección presidencial el Gobierno no puede elegir quien participa y quien no”.

Además, parlamentarios y familiares de presos políticos han manifestado su solicitud de que se active el artículo 20 de la CDI, que establece que al producirse la alteración del orden Constitucional en cualquiera de los países miembros de la OEA, el Secretario General o algún otro estado miembro puede solicitar la convocatoria del Consejo Permanente.

De ser activado este artículo también daría paso al 21, en el cual plasma que si la OEA constata «que se ha producido la ruptura del orden democrático en un Estado miembro y que las gestiones diplomáticas han sido infructuosas (…) tomará la decisión de suspender a dicho Estado del ejercicio de su derecho de participación en la OEA con el voto de las dos terceras partes (18 votos)».

Artículo 20

En caso de que en un Estado Miembro se produzca una alteración del orden constitucional que afecte gravemente su orden democrático, cualquier Estado Miembro o el Secretario General podrá solicitar la convocatoria inmediata del Consejo Permanente para realizar una apreciación colectiva de la situación y adoptar las decisiones que estime conveniente.

El Consejo Permanente, según la situación, podrá disponer la realización de las gestiones diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios, para promover la normalización de la institucionalidad democrática. Si las gestiones diplomáticas resultaren infructuosas o si la urgencia del caso lo aconsejare, el Consejo Permanente convocará de inmediato un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General para que ésta adopte las decisiones que
estime apropiadas, incluyendo gestiones diplomáticas, conforme a la Carta de la Organización, el derecho internacional y las disposiciones de la presente Carta Democrática.

Durante el proceso se realizarán las gestiones diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios, para promover la normalización de la institucionalidad democrática.

Artículo 21

Cuando la Asamblea General, convocada a un período extraordinario de sesiones, constate que se ha producido la ruptura del orden democrático en un Estado Miembro y que las gestiones diplomáticas han sido infructuosas, conforme a la Carta de la OEA tomará la decisión de suspender a dicho Estado Miembro del ejercicio de su derecho de participación en la OEA con el voto afirmativo de los dos tercios de los Estados Miembros. La suspensión entrará en vigor de inmediato.

El Estado Miembro que hubiera sido objeto de suspensión deberá continuar observando el cumplimiento de sus obligaciones como miembro de la Organización, en particular en materia de derechos humanos. Adoptada la decisión de suspender a un gobierno, la Organización mantendrá sus gestiones diplomáticas para el restablecimiento de la democracia en el Estado Miembro afectado.

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