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Claves: Los Protocolos de Minnesota y Estambul en caso del militar Acosta Arévalo

La muerte del capitán de corbeta Rafael Acosta Arévalo, cuando se encontraba detenido y bajo custodia del Gobierno de Nicolás Maduro, además de generar la condena nacional y fuera de nuestras fronteras, ha hecho que que la Asamblea Nacional inste a la alta comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, a aplicar, por lo menos, los Protocolos de Estambul y de Minessota para investigar y denunciar casos de torturas como patrón sistemático en Venezuela.

En efecto, las ONG como Cofavic y el Foro Penal (FP) han solicitado la utilización de estándares internacionales para documentar los presuntos crímenes (art. 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela) con base en el Protocolo de Minnesota para la investigación de ejecuciones extrajudiciales y Protocolo de Estambul para casos de torturas.

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De hecho, el director del FP, Gonzalo Himiob detalló que además del Protocolo de Estambul (referido a las pautas de investigación de las torturas) en casos de muertes potencialmente ilícitas, también resulta aplicable el Protocolo de Minnesota sobre la investigación de muertes potencialmente ilícitas.

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Lo cierto es que en el caso del asesinato del capitán de Corbeta, Rafael Acosta Arévalo, detenido por efectivos de la Dgcim y en el que tiene que ver con el concejal metropolitano Fernando Albán, detenido por efectivos del Sebin en octubre del 2018, la sociedad civil exige que se aplique el Protocolo de Estambul para una investigación independiente y rechazan que se pretenda cerrar el caso de Acosta Arévalo responsabilizando a dos funcionarios del Dgcim por “homicidio” y en el de Albán, que se quede como presunto “suicidio”.

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Vale resaltar que los afectados o los familiares de las víctimas pueden apelar a ambos protocolos en los casos que se sigue la pista a los crímenes de lesa humanidad o en los que exista presunta ejecución por parte de efectivos policiales.

Claves de los tratados de Minessota y Estambul

  • Tanto el tratado de Minessota y el tratado de Estambul son protocolos modelos para la Investigación Legal de las Ejecuciones Extralegales, Arbitrarias o Sumarias adoptados por la Organización de Naciones Unidas (ONU).
  • Ambas guías implantan unos esquemas de prácticas técnicas que deben usar en las autopsias para establecer si una persona fallecida fue ejecutada.
  • Los dos tratados cobran importancia para el reciente suceso con el militar Rafael Acosta Arévalo, a quien detuvieron el 21 de junio del corriente año por presuntamente estar involucrado en un plan de golpe de Estado contra Nicolás Maduro. Estuvo recluido en la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim) hasta el 28 de junio. Ese día fue trasladado a tribunales penales para su presentación.

¿De qué trata el Protocolo de Minnesota?

  • El Protocolo de Minnesota es un conjunto de normas para investigar una muerte potencialmente ilícita. El protocolo establece principios y directrices para los Estados, instituciones y personas que participen en la investigación. Se hizo para complementar los Principios de las Naciones Unidas relativos a una eficaz prevención e investigación de las ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias.
  • Su objetivo es “proteger el derecho a la vida y promover la justicia, la rendición de cuentas y el derecho a una reparación mediante la promoción de una investigación eficaz de toda muerte potencialmente ilícita o sospecha de desaparición forzada”.

¿Qué establece?

  • Las obligaciones jurídicas de los Estados y directrices comunes relativas a la investigación de muertes potencialmente ilícitas.
  • La obligación de que toda persona que participe en la investigación debe tener las normas de ética profesional más estrictas.
  • Orientación y descripción de buenas prácticas aplicables a los participantes en un proceso de investigación. Incluida la policía, los médicos y juristas.
  • Directrices pormenorizadas sobre algunos aspectos de la investigación, aunque no trata todos los aspectos de ella ni es un instructivo para profesionales.
  • Tiene un glosario, anexos y esquemas anatómicos e impresos para utilizar en la práctica de autopsia.

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¿Cuándo es pertinente su aplicación?

  • En casos de una muerte potencialmente ilícita y de toda sospecha de desaparición forzada. Pero también prevé tres situaciones más:
  • Cuando la muerte pudo haber sido causada por actos u omisiones del Estado, de sus órganos o agentes. Esto incluye muertes causadas por grupos paramilitares, milicias o «escuadrones de la muerte» que actúen bajo dirección del Estado.
  • Cuando la muerte sucedió mientras la persona estaba detenida o bajo custodia del Estado, sus órganos o agentes.
  • Cuando la muerte podría ser resultado del incumplimiento del Estado de su obligación de proteger la vida.

El Protocolo de Estambul

  • Aquí, el Manual de Investigación y Documentación Efectiva sobre Tortura, Castigos y Tratamientos Crueles, Inhumanos o Degradantes, más conocido como el Protocolo de Estambul, es el primer conjunto de normas internacionales para documentar la tortura y sus consecuencias.
  • Fue adoptado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en el 2000. Su propósito es servir como guía internacional para la evaluación de las personas que han sido torturadas, a fin de investigar casos de posible tortura y reportar los hallazgos a la justicia o a las agencias investigadoras.
  • El manual contiene estándares y procedimientos reconocidos internacionalmente de cómo reconocer y documentar síntomas de tortura. De esta forma, ayuda a que la documentación recopilada cumpla con los requisitos pertinentes para servir como evidencia válida ante los órganos de justicia.
  • El protocolo representa una guía útil para los doctores y abogados que desean investigar si una persona ha sido torturada o no, y reportar los hallazgos a la justicia o a las agencias investigadoras.
  • El Protocolo de Estambul es un documento no vinculante. Aun así, la ley internacional obliga a los gobiernos a investigar y documentar los incidentes de tortura y otras formas de maltrato, así como castigar a los responsables de manera completa, efectiva, tácita e imparcial.

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