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CNE simplificó trámites para la gestión de actas de defunción

Tania D´ Amelio, rectora del Consejo Nacional Electoral (CNE), informó que el ente comicial simplificó los trámites para la gestión de actas de defunción al prohibir la solicitud en dicho proceso de documentos demostrativos de parentesco y filiación por consanguinidad o afinidad.

A través de su cuenta oficial de twitter @taniadamelio publicó que dicha medida exime a las Oficinas y Unidades  de Registro Civil de exigir fotocopias de actas de matrimonio, de unión estable de hecho y de nacimiento para la declaración del deceso de un ciudadano.

Esta medida esta publicada en la Gaceta Oficial Nº 41.094, del 13 de febrero de 2017, la cual establece que las actas de defunción constituyen en sí mismas en un documento demostrativo del fallecimiento de una persona.

Asimismo, la rectora del ente rector señaló que existen otros documentos que demuestran el parentesco  o afinidad con el difunto. Además, expresó que no se exigirá rectificaciones de actas de defunción o modificar datos de ascendientes o descendientes de la persona fallecida.

 

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