Actualidad Nacional

CNE suspendió cuñas de Arias Cárdenas y William Lara

Como medida cautelar, el directorio del CNE decidió suspender la transmisión
de las cuñas electorales de televisión de los candidatos Francisco Arias
Cárdenas y William Lara, respectivamente, basado en los artículos 55,
numeral 18, 214 y 204 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación
Política (LOSPP), así como en concordancia con el 8, numerales 1 y 3, de la
reforma al Reglamento Parcial N° 5 sobre Publicidad y Propaganda.

Así lo determinó la comisión de Legislación Electoral y Sustanciación de
Denuncias del organismo comicial, liderada por los miembros Leonardo Pizzani
e Ignacio Avalos, en reuniones extraordinarias efectuadas los días 11 y 12
del presente mes.

La cuña suspendida del aspirante presidencial Arias Cárdenas es en la que
aparece la imagen difuminada de los ex presidentes de la República, Luis
Herrera Camping, Rafael Caldera, Carlos Andrés Pérez y, del actual
Presidente, Hugo Chávez, porque contraviene lo estipulado en el artículo 8,
numeral 3, del reglamento que prohíbe “la reproducción de (…) imagen
(…), de cualquier persona viva sin autorización …”.

La del candidato a la Gobernación del estado Miranda, William Lara, sale del
aire por contener expresiones denigrantes y ofensivas en contra esa
institución pública, así como del actual gobernador y aspirante a la
reelección.

En la pieza publicitaria, Lara denuncia que Enrique Mendoza, utiliza la
Gobernación para sabotear la gestión de Chávez, posición ratificada por el
propio presidente de la República – en la misma cuña – acusando abiertamente
a Mendoza de boicotear el Plan Bolívar 2000 en esa región.

Para este caso, la comisión de Legislación Electoral tomó como base lo
dispuesto en el artículo 204 de la LOSPP, según el cual “no se permitirá la
propaganda (…) que atenta contra la dignidad de la persona humana u ofenda
la moral pública…”

Continúa el articulado que fundamente la decisión del directorio “que
tampoco podrá utilizarse con fines de propaganda electoral lemas que
comprendan el nombre o los apellidos o una derivación o una combinación de
nombre o de los apellidos de una persona natural, o los símbolos de otra
organización política, sin su autorización”.

La medida legal del CNE obliga a los medios de comunicación social,
específicamente las televisoras por las cuales han sido transmitidas, a no
difundir más, dichas piezas publicitarias.

Fuente: Prensa CNE

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