Actualidad Nacional

Colegios privados deberán mantener precios del año escolar 2006-2007

En Gaceta Oficial fue publicada la resolución mediante la cual se mantienen para el año escolar 2007-2008 los montos cobrados durante el año escolar 2006-2007 para la matrícula y mensualidades escolares de los planteles educativos privados que impartan enseñanza en los niveles de educación inicial, básica y media diversificada y profesional.

Los ministerios del Poder Popular para Industrias Ligeras y Comercio, así como para la Educación, publicaron dicha resolución, de seis artículos, en la Gaceta Oficial número 38.712, de fecha lunes 25 de junio de 2007 y que circuló este martes.

En esta resolución también se establece mantener vigentes para el año escolar 2007-2008 el número de mensualidades que cada plantel educativo privado estableció para el año escolar 2006-2007, así como las condiciones de pago, salvo que se establezcan otras que brinden mejores oportunidades de pago para los padres y representantes.

De conformidad con el artículo 57 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación, el lapso de inscripción deberá realizarse en el segundo período del año escolar, comprendido entre el primer día hábil de la segunda semana de julio y el último día hábil del mismo mes.

El Ministerio del Poder Popular para la Educación ejercerá, de conformidad con la Ley Orgánica de Educación, la supervisión de los planteles educativos privados, a fin de garantizar el cumplimiento de la resolución.

La resolución establece a quienes infrinjan las disposiciones establecidas en esta publicación oficial, o que realicen prácticas evasivas de cualquier naturaleza para no cumplir con lo que esta disposición señala, sanciones según lo dispuesto en la Ley Orgánica de Educación y en la Ley de Protección al Consumidor y la Usuario sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en otras legislaciones.

Esta resolución entra en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.

Asimismo, recuerda que la educación es un derecho humano, un deber social fundamental y un servicio público esencial asumido por el Estado como función primordial e indeclinable.

Igualmente, la resolución señala que el Estado tiene la obligación de dictar todas aquellas medidas que permitan garantizar el equilibrio en las diferentes áreas de actividad económica, lo cual incluye la fijación de los precios por concepto de matrícula y mensualidades para la prestación del servicio educativo.

El decreto número 2.304, de fecha 5 de febrero de 2003, declara como servicio de primera necesidad para todo el territorio nacional la matrícula y mensualidades en todos los niveles de educación.

Corresponde al Ministerio del Poder Popular para Industrias Ligeras y Comercio, por medio del Instituto Autónomo para la Defensa y Educación del Consumidor y del Usuario (Indecu), velar por el mantenimiento del orden económico del país.

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