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IPYS Venezuela: El Estado se ensaña contra Teodoro Petkoff

En septiembre de este año la justicia venezolana decretó la muerte en vida de Teodoro Petkoff, sobre quien pesaban siete procedimientos judiciales. “El juez Aris La Rosa Álvarez lo declaró sin proceso legal, incapaz o entredicho. Su capacidad jurídica como ser humano quedó limitada a lo que apruebe su tutor provisionalmente designado. Esto es lo que los romanos llamaban la muerte civil de sus ciudadanos”, afirmó Humberto Mendoza D´Paola, abogado defensor del director de Tal Cual, en un artículo publicado en dicho medio. El hecho ocurrió dos meses antes de que el diario suspendiera su versión impresa y pasara a estar activo solo en la plataforma digital.

En conversación con IPYS Venezuela, Mendoza señaló que, en toda su carrera, no ha conocido ningún precedente de este caso en el país. Además explicó que la sentencia sobre las competencias civiles de Petkoff solo la puede tomar un juez con propiedad en esa materia y La Rosa no la tiene. Afirmó que sus decisiones “están viciadas de abuso de autoridad y extralimitación de funciones”.

Los antecedentes de esta decisión tuvieron lugar a finales de agosto de 2017 cuando, sin notificar a la defensa y durante el período de vacaciones judiciales, el periodista fue visitado en dos ocasiones en su residencia por el juez La Rosa, acompañado de un equipo de médicos —además de guardias nacionales ­armados—, presuntamente para verificar cuál era su estado de salud y por qué no se había presentado ante el tribunal que lleva su causa.

Mendoza señaló que Petkoff fue examinado por un médico forense, un psiquiatra y una psicóloga, quienes se limitaron a entrevistarlo, revisar los informes de sus médicos privados y observar, a simple vista, exámenes de imágenes complejas como TAG, RMG, y escaneos cardiovasculares.

El 5 de septiembre del 2017 los doctores consignaron un informe en el que concluían que Teodoro Petkoff padece de demencia cardiovascular sin especificación y que su condición física no es apta para afrontar un proceso penal sometido a medidas, como lo había venido soportando desde febrero de 2014”, detalló Mendoza.

Al constatar que la condición de salud de Petkoff no era la más óptima, el juez La Rosa dictó la decisión del sobreseimiento de la causa aplicando el artículo 300, ordinal segundo del Código Orgánico Procesal Penal (Copp), por considerar que Petkoff es inimputable, es decir, que no puede ser responsable penalmente de un ilícito ya que no está en condiciones de comprender su accionar o las consecuencias de éste. El abogado aclaró que dicho diagnóstico es tan solo uno de los supuestos que considera la junta médica que trata a Petkoff, de manera que no es una conclusión sino una hipótesis que se está observando.diario tal cual pasa completamente a ser un medio digital

La decisión fue conocida el 28 de septiembre del 2017, después de que el diputado de la Asamblea Nacional Constituyente y vicepresidente del partido oficial, Diosdado Cabello, anunciara que el sobreseimiento y la medida a favor de Teodoro Petkoff había sido acordada por el juez. Sobre esta resolución, Mendoza insistió en que no se trataba de un acto de benevolencia o buena voluntad con respecto a Petkoff, porque su condición de enfermedad ya era conocida por Cabello según el expediente y de acuerdo a los informes presentados por los abogados desde hace más de tres años.

Humberto Mendoza señaló que no habría nada que objetar a la decisión de declarar a Petkoff inimputable si se hubiese respetado el debido proceso. “Si se hubiera hecho sin atropello, notificando a las partes, sin la presencia de la Guardia Nacional Bolivariana y en el período correspondiente, sería normal dicha decisión porque además era algo que estábamos solicitando desde hace tiempo”, indicó Mendoza.

Luego de que el abogado solicitó al juez La Rosa una copia certificado de las actuaciones para apelar, con la intención de presentarlas ante organismos internacionales como una más de las violaciones de los derechos humanos a Teodoro Petkoff y su familia, el referido juez le notificó a Mendoza que no se le entregaría ninguna copia porque cesaba sus funciones como abogado defensor de Petkoff.

En conformidad con lo establecido en el Código Civil venezolano, el juez decidió que Neujim Pastori, esposa de Teodoro Petkoff, fuese su apoderada. En relación con esta medida Mendoza señaló que el proceso de interdicción en Venezuela está reservado exclusivamente al juez de primera instancia en lo civil.

Pese a la absolución de Petkoff, el proceso contra los directivos de TalCual: Manuel Puyana, Juan Antonio Golia y Francisco Laysisse, dirigido por el diputado Diosdado Cabello, se mantiene. A este respecto Humberto Mendoza expresó que reiteraba su compromiso con todas las instituciones nacionales e internacionales que han respaldado a Teodoro Petkoff, que seguirán adelante en esta lucha y el resto de los procesados contarán con su solidaridad y auxilio.

El abogado explicó además que hay cinco motivos para causas de sobreseimiento en el Código Penal, y que una de ellas es la solicitud de la parte acusadora, la cual implica que se ha producido el perdón. “Esto quiere decir que si lo que ocurrió con Teodoro Petkoff equivalió al perdón que le otorgara el señor Cabello, significa que dicho perdón tiene que ser inmediatamente extendido a los demás procesados”, señaló.

Asedio contra Petkoff

A sus 85 años de edad, el periodista y político venezolano fundador del diario Tal Cual continúa siendo víctima de un sistema judicial que viola los derechos humanos más fundamentales de los países democráticos. Ahora, luego de haber sido sobreseído de sus procesos penales por condiciones de salud, Teodoro Petkoff se enfrenta a una “muerte civil”.

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Los Antecedentes

Desde que Hugo Chávez asumió el poder, el periodista y político Teodoro Petkoff se convirtió con su irreverencia y postura crítica en una piedra en el zapato para el Gobierno. Así lo dejó claro el ex presidente de la República, Hugo Chávez, cuando en 1999 ejerció presión en la directiva de la Cadena Capriles para sacar Petkoff y cerrar El Mundo, diario que dirigía en ese momento.

El periodista no se dejó amilanar y en el año 2000 decidió fundar Tal Cual, un medio desde el que continuó develando las irregularidades del Gobierno y de Funcionarios Públicos a través del histórico “Hola Hugo”, título de su primer Editorial diciendo “Aquí estamos otra vez, creyeron que nos iban a callar”. Con Chávez y, actualmente con el presidente Nicolás Maduro, el diario ha sido objeto constante de vejaciones.

“Hemos soportado todo tipo de ataques. Desde el Seniat, pasando por el Ministerio del Trabajo hasta los tribunales han sido empleados para callarnos. Los juicios se han multiplicado ante una justicia que tiene una venda roja en sus ojos. Como todo lo anterior no fue suficiente, emplearon el corte del suministro de papel como otra herramienta para lograr la censura”, declaró Xavier Coscojuela, actual director del medio, cuando el 2 de noviembre de 2017 tuvieron que poner fin a su edición impresa.

En enero del 2014, Petkoff, Manuel Puyana, Juan Antonio Golía, Francisco Layrisse, y Carlos Genatios, fueron demandados por difamación luego de que Genatios publicara un artículo de opinión. Posteriormente, en 2015, Diosdado Cabello impuso una nueva acusación a veinticinco personas, entre ellas el fundador de Tal Cual, esta vez por la réplica que se hizo en varios medios de comunicación de un reportaje publicado en el diario español ABC, en el que se implicaba al demandante con el tráfico de drogas. Desde entonces ninguno de los acusados puede abandonar el país y tienen que presentarse mensualmente ante el tribunal que lleva la causa.

Aunque el artículo 230 del Código Penal establece que ningún caso puede exceder un plazo máximo de dos años, la causa que pesa sobre los directivos de este medio impreso data de más de tres años y medio. Humberto Mendoza señaló que, en el caso de la difamación, la ley establece una prescripción especial de un año. Por lo que es una pena anticipada la que les aplican, dado que los lapsos para los juicios han vencido.

“La prohibición de la salida del país y las presentaciones mensuales al tribunal durante estos cinco años se han convertido en una restricción inconstitucional y violatoria de todos los derechos a la libertad de movimiento y desempeño de los procesados”, declaró Mendoza.

Este hecho se enmarca en un uso abusivo del poder estatal vinculado a acciones legales en contra de medios de comunicación. IPYS Venezuela ha expresado su preocupación ante las demandas penales por los llamados delitos de opinión, la cuales representan una violación al ejercicio a la libertad de expresión y el derecho a la información por incentivar la censura.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) recomendó a Venezuela en 2014 a modificar las leyes penales ambiguas o imprecisas que limitan la libertad de expresión de manera desproporcionada con el fin de eliminar el uso de procesos penales en los que se pretenda inhibir el libre debate democrático sobre los asuntos de interés público y el pleno ejercicio de los derechos políticos.

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