Actualidad Nacional

Plantean reformar Ley Orgánica de Procesos Electorales

La Ley Orgánica de Procesos Electorales -promulgada en el año 2009- debe ser reformada para que pueda garantizar, entre otros principios, la representación proporcional de las fuerzas políticas en la elección de cuerpos colegiados.

En el marco del Seminario Internacional sobre Integridad Electoral organizado por el Centro de Estudios Políticos de la Universidad Católica Andrés Bello se propuso, al menos, la modificación de cinco aspectos claves de la actual ley electoral.

Según Jesús María Casal, director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UCAB, el sistema electoral venezolano no cumple con los principios constitucionales de representación proporcional y de personalización del sufragio establecidos en la Constitución Nacional.

Casal -citando un estudio del profesor José Molina- indicó que en la práctica Venezuela posee un sistema «mixto paralelo» que tiende a propiciar mayorías parlamentarias sobre representando a las fuerzas grandes y subrepresentando o excluyendo a las medianas y pequeñas.

Para corregir esta situación desde la UCAB se proponen tres líneas básicas de acción: 1) Utilizar un sistema mixto proporcional con voto preferencial en la lista; 2) Adoptar un sistema mixto proporcional con distribución de escaños con base en el voto uninominal; 3) Discutir la aplicación de un sistema electoral de representación proporcional con voto preferencial en listas abiertas o en listas cerradas y no bloqueadas.

Casal indicó que las reformas a la ley también deben orientarse a regular los referendos revocatorios de mandatos. Además pide que se legisle para garantizar la regularización del financiamiento de la política y establecer controles más precisos para garantizar que los rectores electorales carezcan de lealtades partidistas.

Según Casal la nueva normativa electoral también debería profundizar los elementos que amplíen las garantías del sufragio durante la votación y durante el proceso de escrutinio; además de incluir una metodología y pautas claras para la resolución de conflictos electorales.

Paridad y alternabilidad de género

Las mujeres están excluidas de la política venezolana y para garantizar su acceso a cargos de elección popular la legislación electoral debe garantizar la paridad y alternabilidad de género.

Según Evangelina Prince, directora del «Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres» es prioritaria la reforma legal que obligue a las organizaciones políticas a presentar listas paritarias y alternas en cuanto a género.

La directora del Observatorio coloca como ejemplo la última reforma electoral de México la cual obliga a una relación de 40/60 en la listas de candidaturas. Esta norma establece que en las listas de aspirantes a cargos públicos estará elaborada según un mínimo de 40% y máximo 60% de candidatos de un género específico.

Prince recordó que a partir de 1999 existe en Venezuela un «creciente deterioro y retroceso en la normativa y en las posibilidades» de que las mujeres para acceder a cargos de elección popular. Incluso, recriminó a los partidos políticos permitir que se eliminara la cuota mínima de 30% de mujeres postuladas a cargos de elección popular que establecía la derogada Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

Alertó que la brecha de exclusión de género en Venezuela alcanza la dramática cifra de 72%, el peor indicador de Latinoamérica.

Un debate democrático para la reforma

Los integrantes del Observatorio Electoral Venezolano (OEV) exhortaron a los diputados de la Asamblea Nacional -así como a los rectores del CNE- a liderizar el proceso conducente para reforma la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre).

Luís Lander del OEV recordó que el artículo 298 de la Constitución Nacional establece que la ley que regule los procesos electorales no podrá modificarse entre el día de la elección y los seis meses inmediatamente anteriores al proceso, por esta razón piden a los parlamentarios «un debate democrático entre actores políticos y sociales sobre las reformas necesarias en nuestra legislación».

En forma concreta los integrantes del OEV sugieren debatir e incluir en la Lopre los siguientes elementos: la necesidad de restablecer la representación proporcional y el financiamiento de la política y, más específicamente de las campañas; garantizar el acceso de todas las corrientes políticas a los medios públicos y privados durante las campañas; lograr el control de la propaganda gubernamental y en general de los recursos públicos, regular la actividad de los funcionarios públicos durante las campañas; definir el método para escoger a los representantes indígenas ante cuerpos colegiados y establecer criterios claros para la definición de las circunscripciones electorales.

Adicionalmente se planteó la necesidad de propiciar reformas constitucionales puntuales. En este sentido el OEV exhortó a discutir la vialidad de modificar el artículo 233 de la Carta Magna (que establece el tiempo para realizar una elección en caso de la falta absoluta del Presidente de la República) para adecuarlo a la realidad técnica del proceso. Además exigen retomar los límites legales a la posibilidad de reelección de los funcionarios de elección popular porque los procesos electorales venezolanos han demostrado que aquellas personas que están en el poder disfrutan durante las elecciones de una ventaja abrumadora sobre sus adversarios electorales.

Sin coutas políticas

Con relación a la designación de los nuevos rectores del CNE, los observadores nacionales recomendaron a los parlamentarios «no pensar en cuotas para sus respectivas fuerzas políticas», a la vez que les recordaron que tienen la obligación de «designar venezolanos honestos que, por no ser incondicionales a ninguna línea partidista, no despierten desconfianza a ningún actor político y sean vistos por los electores como capaces de llevar adelante los procesos electorales en condiciones de igualdad, confiabilidad y transparencia».

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