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Russián asegura que la AN tiene la soberanía suficiente para decir en el caso del magistrado Velásquez Alvaray

El contralor general de la República, Clodosvaldo Russián, consideró este jueves que los parlamentarios de la Asamblea Nacional tienen la soberanía necesaria para determinar y acoger si así fuera las sanciones contra el magistrado Luis Velásquez Alvaray, por el caso de los presuntos ilícitos en la adquisición de Ciudad Lebrún.

Russián en una entrevista concedida a Venezolana de Televisión, dejó claro que «en todo caso, tienen (los parlamantarios) total soberanía para decidir si acogen las sanciones al magistrado y lo remueven del cargo o sí por el contrario, consideran que no tiene consistencia, que no tiene fundamento la decisión del Consejo Moral Republicano, y continúa en su condición de magistrado».

Acotó el contralor general de la República, que para la remoción del cargo de magistrado de Luis Velásquez Alvaray, se requiere la votación calificada de las dos terceras partes de los parlamentarios. Señaló además que la Asamblea Nacional tiene la obligación de invitar al magistrado, para que ejerza ante esta instancia su legítimo derecho a la defensa.

«La Asamblea Nacional está en el deber de invitarlo, de convocarlo a una sesión, para que él exponga en esa oportunidad los alegatos que a bien tenga. Le corresponderá al magistrado Luis Velásquez Alvaray decidir si comparece a esa invitación, que le formulará la AN o no», explicó Clodosvaldo Russián.

Puntualizó que la decisión del Consejo Moral Republicano viene dada por las pruebas presentadas por el Ministerio del Interior y Justicia y los documentos a los que tuvieron acceso los miembros del organismo, lo que les permitió encontrar que existieron violaciones a la ley de licitaciones.

«Encontramos que hubo violación a la ley de licitaciones, habida cuenta, que si bien es verdad que los inmuebles no son licitados, porque se trata ejemplo de la calle 14 del Valle, eso es una sola calle y no pueden buscar otra, pero esta de por medio también, en lo que a inmuebles de refiere del precio justo y razonable, lo que significa cuanto se ha pagado por el inmueble, para eso es necesario que se haga un avaluó, la DEM no tiene un órgano interno distinto al del Tribunal Supremo de Justicia y este no tiene tampoco las posibilidades para hacerlo», detalló Russián.

Agregó que la Contraloría General de la República realizó por intermedio de sus técnicos una valoración del precio pagado por la DEM para la edificación en la que se construye la Ciudad Judicial Lebrún y determinó que había sobre precio.

«Una valoración del precio del inmueble y consideró que había en este caso un sobreprecio en este sentido y además que para los bienes inmuebles no estaban obligados ha hacer la licitación, pero sí para los bienes muebles y resulta que al hacer un contrato de llave en mano, presuntamente por 36 millardos de bolívares, era necesario haber licitado todo el equipamiento y la adecuación de ese edificio para poder allí instalarse los servicios que la DEM requiere», apuntó el contralor general de la República.

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