TSJ declara improcedente recurso introducido por RCTV Internacional
La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó este miércoles sin lugar la medida cautelar introducida por RCTV Internacional Corp. para restablecer su transmisión a través de la modalidad de televisión por suscripción.
La medida intentaba que se emitiera una orden al Director General de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones para que se le permitiera a la televisora inscribirse en el registro de Producción Nacional Audiovisual.
RCTV también solicitaba que se les permitiera a las compañías de televisión por suscripción volver a transmitir la señal del canal en su programación.
El canal alegó que la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión es incompatible con la Constitución de la República, y que las medidas de Conatel violaban los artículos 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos y 23 y 122 de la Carta Magna, relativos al derecho a la libertad de expresión.
La Sala Político Administrativa alegó que una persona jurídica no puede someterse a derechos consagrados para las personas naturales, por lo que declaró improcedente el recurso.