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TSJ declara procedente el embargo preventivo contra Odebrecht y Seguros Caroní

La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró este jueves como procedente la solicitud de medida cautelar de embargo preventivo contra las sociedades mercantiles Constructora Norberto Odebrecht S.A y Seguros Caroní S.A, por parte de la empresa Metro de Caracas, con ocasión a la demanda por cobro de bolívares y ejecución de fianzas de anticipo y de fiel cumplimiento interpuesta en su contra.

La sentencia N° 01239 recae sobre bienes muebles propiedad de las referidas sociedades mercantiles hasta por la cantidad de Bs. 21.960,90, así como hasta por el monto de 197.730.000 dólares, cuya ejecución quedará supeditada al sostenimiento o no de la “medida cautelar innominada autónoma”, decretada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, a través de la decisión N° 2017-00598 del 9 de agosto de 2017.

El fallo del Máximo Juzgado del país ordena oficiar a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg), a los fines de que determine los bienes muebles sobre los que recaerá la medida preventiva decretada en el presente asunto en lo que atañe a la sociedad mercantil Seguros Caroní, S.A.

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