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TSJ instó al CNE aceptar postulaciones a alcaldes de la Junta Ad Hoc de Copei

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó al Poder Electoral representando en el Consejo Nacional Electoral (CNE) aceptar solo las postulaciones a alcaldes que presente Miguel Salazar, representante de la Junta Ad Hoc del partido Copei.

“Se ordena al Consejo Nacional Electoral recibir las postulaciones que presente el ciudadano Miguel Salazar en representación de la organización política Copei, quien fue autorizado el 30 de octubre de 2017 por los miembros de la Junta Ad hoc designada por esta Sala, y abstenerse de procesar aquellas que no fuesen efectuadas por Salazar”, dictó el TSJ a través de la Sala Constitucional».

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El dirigente nacional de Copei, Roberto Sánchez denunció la intervención del partido por parte del TSJ con una sentencia que calificó como “express“, la cual aseguró desconoce el ordenamiento jurídico interno y afecta el normal funcionamiento de la organización política.

Informó que “ayer miércoles en la noche, cuando Copei ya había inscrito centenares de candidatos a alcaldes en toda Venezuela, la Sala Constitucional del TSJ publicó una sentencia para favorecer al sector partidista vinculado con algunos jerarcas del chavismo”.

Señaló que esta decisión del TSJ “evidencia la profunda relación que existe entre elementos del Gobierno y dirigentes de Copei”.

Lea la sentencia completa aquí

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